DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 108 Miércoles, 5 de junio de 2024 Pág. 34019

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

EXTRACTO de la Orden de 27 de mayo de 2024 por la que se modifica la Orden de 20 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para realizar el Programa de formación dual para personas con discapacidad intelectual en los centros especiales de empleo (CEE) y se efectúa su convocatoria plurianual (2023 a 2026) en el marco del Plan de recuperación, transformación y resiliencia, financiado por la Unión Europea, NextGenerationEU (código de procedimiento TR341X).

BDNS (Identif.): 723311.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Modificación del título de la orden

El título de la orden queda modificado como sigue: Orden de 20 de octubre de 2023 por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para realizar el Programa de formación dual para personas con discapacidad intelectual en los centros especiales de empleo (CEE) y se efectúa su convocatoria plurianual (2024-2027) (código de procedimiento TR341X).

Segundo. Modificación de las anualidades

Para la concesión de estas ayudas se destinan seis millones de euros (6.000.000 euros), repartidos por anualidades.

– Año 2024: un millón quinientos mil doscientos euros (1.500.200 euros).

– Año 2025: dos millones cincuenta y cinco mil seiscientos euros (2.055.600 euros).

– Año 2026: dos millones doscientos cuarenta y cuatro mil doscientos euros (2.244.200 euros)

– Año 2027: doscientos mil euros (200.000 euros).

Tercero. Modificación de los plazos de justificación

Las entidades beneficiarias de las ayudas deberán justificar la inversión conforme a la resolución de concesión y presentar la documentación justificativa de la ayuda conforme a lo indicado en los artículos 26 y 27, en los siguientes plazos máximos, o en los que se indiquen en la resolución de concesión, en su caso:

– Anualidad 2024 (que comprende desde el 16 de enero de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2024): el 10 de noviembre de 2024.

– Anualidad 2025 (que comprende desde el 1 de octubre de 2024 hasta el 30 de septiembre de 2025): el 10 de noviembre de 2025.

– Anualidad 2026 (que comprende desde el 1 de octubre de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2026): el 10 de noviembre de 2026.

– Anualidad 2027 (que comprende desde el 1 de octubre de 2026 hasta el 15 de enero de 2027 o hasta el día anterior a que se cumplan 3 años desde el inicio de la actividad formativa): el 10 de febrero de 2027.

Santiago de Compostela, 27 de mayo de 2024

José González Vázquez
Conselleiro de Empleo, Comercio y Emigración