DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Jueves, 23 de mayo de 2024 Pág. 31062

III. Otras disposiciones

Consellería de Vivienda y Planificación de Infraestructuras

DECRETO 133/2024, de 6 de mayo, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Forcarei de tramos de trazado actual y antiguo de las carreteras EP-7001 y EP-7203.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de estas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados mediante decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en su artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de estas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La Diputación Provincial de Pontevedra, en la sesión extraordinaria del día 30 de enero de 2024, acordó el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Forcarei del tramo inicial y de un ramal de la carretera EP-7203 Soutelo-Covas y de dos tramos antiguos de la EP-7001 A Estrada-Forcarei.

El convenio firmado el 23.6.2022 entre Ayuntamiento y Diputación para la ejecución del proyecto denominado Mejora de la movilidad peatonal en la EP-7203, desde el p.k. 0+000 hasta el p.k. 0+380 en Soutelo de Montes, Forcarei, tiene el carácter de solicitud de inicio del procedimiento de transferencia al Ayuntamiento.

Los tramos antiguos de la carretera EP-7001, el tramo inicial de la carretera EP-7203 y el ramal de acceso a A Madanela de la carretera EP-7203 cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estos «solamente se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cuando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio al menos equivalente».

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por el servicio competente, formuló la propuesta favorable a la transferencia de titularidad de los tramos que se definen en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras, después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día seis de mayo de dos mil veinticuatro,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Forcarei de los siguientes tramos, de trazado actual y antiguo, de las carreteras EP-7001 e EP-7203:

Carretera

Denominación de la carretera

p.k. i

p.k. f

Long. (km)

EP-7203

Soutelo-Covas

0+000

0+380

0,380

Denominación

p.k.

Long. (km)

Tramo antiguo de la EP-7001 A Estrada-Forcarei

17+000 MI de la EP-7001

0,125

Tramo antiguo de la EP-7001 A Estrada-Forcarei

17+100 MD de la EP-7001

0,229

Ramal de la EP-7203 Soutelo-Covas, de acceso a A Madanela

0+500 MI de la EP-7203

0,500

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente al de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia.

La entrega de los bienes se formalizará con la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación en el plazo de los tres meses siguientes a esta publicación.

Artículo 3

Corresponde al Ayuntamiento de Forcarei, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que le pudiese corresponder como nueva Administración titular.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, seis de mayo de dos mil veinticuatro

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

María Martínez Allegue
Conselleira de Vivienda y Planificación de Infraestructuras