DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 99 Jueves, 23 de mayo de 2024 Pág. 31059

III. Otras disposiciones

Consellería de Hacienda y Administración Pública

EXTRACTO de la Orden de 8 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca la XXVII edición del Premio Manuel Colmeiro, para trabajos de investigación que tengan como objeto la Administración pública de Galicia (código de procedimiento PR771A).

BDNS (Identif.): 762360.

De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, se publica el extracto de la Orden de 8 de mayo de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca la XXVII edición del Premio Manuel Colmeiro, para trabajos de investigación que tengan como objeto la Administración pública de Galicia, cuyo texto completo se puede consultar en la Base de datos nacional de subvenciones (http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index).

Primero. Personas destinatarias

Podrán participar en esta convocatoria personas individuales o grupos de trabajo de cualquier nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea. Se guardará reserva sobre la identidad de cuantas personas participen en el premio y únicamente serán objeto de publicidad el nombre y los apellidos de la persona o personas ganadoras.

En el supuesto de que se trate de grupos de trabajo, se acreditará expresamente la persona física responsable de la dirección del equipo, que será la persona que figure como solicitante en el modelo normalizado de solicitud, así como el porcentaje de participación de cada integrante del grupo en el trabajo presentado.

No podrán acceder a este premio las personas afectadas por alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Segundo. Objeto y régimen jurídico

El objeto del premio es fomentar y distinguir trabajos de estudio e investigación sobre las administraciones territoriales, institucionales y los entes públicos instrumentales del sector público de la Comunidad Autónoma (código de procedimiento PR771A).

La concesión del premio se regirá por estas bases; por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y, subsidiariamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones.

Este premio se alinea con la RIS3 y está relacionado con el objetivo estratégico 4 y el programa 4: personas y talento.

La concesión del premio regulado en esta convocatoria será incompatible con la de cualquier otro premio de similares características financiado con fondos públicos.

Tercero. Bases reguladoras

La concesión del premio se regirá por estas bases; por la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; por el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia; y, subsidiariamente, por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, así como por el Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento general de subvenciones.

Cuarto. Dotación económica del premio

La dotación económica del premio es de 3.500 euros, que estará sujeta a la correspondiente retención fiscal. También se entregará a la candidatura ganadora un diploma acreditativo de tal condición.

En caso de que el trabajo premiado lo presente más de una persona, la dotación económica del premio se distribuirá proporcionalmente entre todas las personas integrantes del grupo de trabajo.

Quinta. Plazo de presentación de solicitudes

El plazo de presentación de las solicitudes y de los trabajos comenzará con la entrada en vigor de esta orden y finalizará el 21 de octubre de 2024.

Sexta. Otros datos

Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud y/o trabajo de investigación presencialmente, se requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

La solicitud deberá ser firmada electrónicamente por la persona solicitante o representante o por aquella que se responsabilice de la dirección del grupo de trabajo, en su caso.

Con el objeto de garantizar el anonimato, en los trabajos de investigación presentados no figurará ningún dato personal de la persona autora de ellos, sino únicamente el título en la primera página. Asimismo, dicho trabajo será presentado en un archivo independiente al del resto de la documentación. En el mismo sentido, la Dirección de la EGAP facilitará al jurado, para el desarrollo de sus funciones, únicamente el documento que contenga el texto de los trabajos presentados y mantendrá custodiada la identidad de las personas autoras hasta que se resuelva el procedimiento.

Santiago de Compostela, 8 de mayo de 2024

Miguel Corgos López-Prado
Conselleiro de Hacienda y Administración Pública