DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 96 Lunes, 20 de mayo de 2024 Pág. 29990

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

RESOLUCIÓN de 10 de mayo de 2024, de la Dirección General de Juventud, por la que se publica la Resolución de 9 de mayo de 2024 relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles, al amparo de la Orden de 3 de abril de 2024 por la que se convoca el procedimiento para la concesión del uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano de 2024 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A).

Mediante la Orden de 3 de abril de 2024 (Diario Oficial de Galicia número 75, de 16 de abril) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de la misma.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 9.5 de dicha orden de convocatoria y teniendo en cuenta las disposiciones adicionales segunda y tercera del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia, el órgano competente para resolver es la persona titular de la Dirección General de Juventud, por delegación de la persona titular de la consellería competente en materia de juventud.

Asimismo, el artículo 10 de dicha orden establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia (DOG), de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento. Esta publicación producirá los efectos de notificación.

Previa instrucción del procedimiento, con fecha de 9 de mayo de 2024 el órgano competente emite la resolución que finaliza el procedimiento de adjudicación del uso de instalaciones juveniles para realizar programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del contenido íntegro de la Resolución de 9 de mayo de 2024, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 3 de abril de 2024 por la que se convoca el procedimiento para la concesión del uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A), que se adjunta como anexo de esta resolución.

Segundo. Comunicar que la Resolución de 9 de mayo de 2024 que finaliza este procedimiento agota la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación a través de esta publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2024

Lara del Carmen Meneses Álvarez
Directora general de Juventud

ANEXO

Resolución de 9 de mayo de 2024, dictada en el procedimiento BS304A, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 3 de abril de 2024 por la que se convoca el procedimiento para la concesión del uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles (código de procedimiento BS304A)

Mediante la Orden de 3 de abril de 2024 (Diario Oficial de Galicia número 75, de 16 de abril) se establecieron las bases reguladoras y se convocó el procedimiento para adjudicar el uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles, en los términos establecidos en la orden y con la distribución de plazas recogida en el anexo I de la misma.

Una vez que el Instituto de la Juventud de Galicia, órgano instructor del procedimiento, comprobó las solicitudes, la Comisión de Valoración prevista en el artículo 9 evaluó las solicitudes admitidas a trámite de acuerdo con los criterios de adjudicación y por el orden de preferencia y prioridad que se recogen en el artículo 8.

A la vista del expediente y del informe de la Comisión de Valoración, el órgano instructor formuló la propuesta de resolución conforme a lo regulado en el artículo 9.

Esta dirección general de Juventud es competente para resolver, por delegación de la persona titular de la consellería competente en materia de juventud, según lo dispuesto en el artículo 9.5 y teniendo en cuenta las disposiciones adicionales segunda y tercera del Decreto 49/2024, de 22 de abril, por el que se fija la estructura orgánica de las consellerías de la Xunta de Galicia.

En base a lo expuesto,

RESUELVO:

Primero. Adjudicar el uso temporal de instalaciones juveniles para realizar programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles a las entidades relacionadas en el anexo I, en los términos que se exponen en dicha relación.

Segundo. Denegar el uso de instalaciones juveniles para realizar programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2024 para colectivos juveniles a las entidades relacionadas en el anexo II, por aplicación de los criterios de preferencia y prioridad recogidos en el artículo 8.

Tercero. Aceptar la desistencia de la solicitud presentada por la Asociación Sociocultural Raiceiros (expediente 2024/22) y declarar la terminación del procedimiento para este expediente.

Cuarto. Las entidades adjudicatarias deberán cumplir las obligaciones previstas en los artículos 12, 14 y 15 de la Orden de 3 de abril de 2024.

La documentación indicada en los citados artículos deberá presentarse electrónicamente y dirigirse al Servicio de Juventud y Voluntariado correspondiente a la provincia en la que esté la instalación adjudicada, conforme a lo señalado en los artículos 7, 12 y 14 de la orden.

Si transcurridos los plazos que se indican en los citados artículos no se hubieran cumplido las obligaciones correspondientes, previo trámite de audiencia de la entidad interesada, se declarará la pérdida del derecho a la instalación adjudicada, a través de la oportuna resolución, que será dictada en los términos del artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Quinto. La presente resolución agota la vía administrativa y contra ella se puede interponer recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 46 de la Ley 29/1988, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, en el plazo de dos meses, que comenzará a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

No obstante, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición, ante el mismo órgano que la dictó, en el plazo de un mes, que comenzará a contar a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, de acuerdo con lo establecido en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Sexto. La publicación de esta resolución producirá los efectos de notificación, en los términos establecidos en el artículo 10 de la Orden de 3 de abril de 2024 y en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

Santiago de Compostela, 10 de mayo de 2024. El conselleiro de Cultura, Lengua y Juventud. P.D. (artículo 9 de la Orden de 3 de abril de 2024), Lara del Carmen Meneses Álvarez, directora general de Juventud.

ANEXO I

Procedimiento BS304A

Entidades adjudicatarias:

Expediente

Entidad adjudicataria

Localidad

Instalación adjudicada

Fechas

Plazas

2023/2

Asociación cultural Escola de Música de Rianxo

Rianxo (A Coruña)

A. J. Marina Española

25.6-28.6

70

2024/6

Asociación cultural Os Tres Reinos

A Mezquita (Ourense)

A. J. Marina Española

1.9-10.9

30

2024/14

Asoc. Cultural Deportiva e Xuvenil Acuxuve

Vedra (A Coruña)

A. J. Marina Española

3.9-7.9

30

2024/18

Ayuntamiento de Viana do Bolo

Viana do Bolo (Ourense)

A. J. Marina Española

1.9-7.9

40

2024/21

Escola de Tempo Libre Arenaria

Padrón (A Coruña)

C.J. Virxe de Loreto

26.8- 4.9

40

2024/9

Ayuntamiento de A Estrada

A Estrada (Pontevedra)

C.J. Virxe de Loreto

26.8- 4.9

60

2024/16

Xuncas Diversia

Lugo (Lugo)

C.J. Virxe de Loreto

28.8-1.9

20

2024/1

Ayuntamiento de Negreira

Negreira (A Coruña)

C. J. Espiñeira

26.8- 4.9

50

2024/10

Ayuntamiento de Vedra

Vedra (A Coruña)

A. J. Area

21.6-29.6

100

2024/11

Organización Juvenil Española

A Coruña (A Coruña)

A. J. Benigno Quiroga

21.8-28.8

40

2024/4

Ayuntamiento de Portomarín

Portomarín (Lugo)

A. J. Benigno Quiroga

21.8-28.8

10

2024/20

Asociación Amigos Banda de

Música de Agolada

Agolada (Pontevedra)

C. J. A Devesa

27.8-30.8

50

2024/8

Ayuntamiento de Barbadás

Barbadás (Ourense)

C. J. A Devesa

2.9-4.9

40

2024/23

Asociación Galega de Familias de Acollida Acougo

Santiago de Compostela (A Coruña)

C. J. Os Chacotes

26.8-4.9

32

2024/13

Asoc. Sociocultural ASCM

Ferrol (A Coruña)

A. J. As Sinas

25.6-29.6

23

2024/19

Asociación Limisi

Xinzo de Limia (Ourense)

A. J. As Sinas

24.6-29.6

20

2024/15

Ayuntamiento de San Cibrao das Viñas

San Cibrao das Viñas

(Ourense)

A. J. As Sinas

21-29.6

77

2024/7

Asociación solidaria en actividades de ocio y tiempo libre Mar de Touro

Ribeira (A Coruña)

C. J. Pontemaril

26.8-1.9

58

2024/17

Ayuntamiento de A Baña

A Baña (A Coruña)

C. J. Pontemaril

26.8-4.9

20

2024/12

Asociación de Nenos e Nenas con Diabetes de Galicia

Pontevedra (Pontevedra)

C. J. Illa de Ons

21.8-28.8

60

ANEXO II

Procedimiento BS304A

Entidades no adjudicatarias:

Expediente

Entidades no adjudicatarias

Motivo

2024/5

Ayuntamiento de Touro

Aplicación de los criterios de preferencia y prioridad regulados en el artículo 8 de la orden