DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 238 Lunes, 18 de diciembre de 2023 Pág. 69103

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social y Juventud

RESOLUCIÓN de 5 de diciembre de 2023, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica el requerimiento dictado en el procedimiento de la Orden de 31 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Xove y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2023 (código de procedimiento BS306B).

Con fecha 1 de febrero de 2023 se publica, en el Diario Oficial de Galicia número 22, la Orden de 31 de diciembre de 2022 por la que se establecen las bases que rigen las ayudas enmarcadas en el programa Iniciativa Xove y se procede a su convocatoria para el ejercicio 2023 (código de procedimiento BS306B).

Según el artículo 20 de la orden de convocatoria, una vez emitida la resolución de concesión, la fecha límite para presentar la justificación es el día 30 de octubre de 2023. En el mismo artículo se determina la documentación necesaria para la justificación del proyecto.

Una vez revisadas las justificaciones presentadas, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores o por ser insuficiente para acreditar el cumplimiento de los requisitos para el pago de la ayuda.

De conformidad con el artículo 45.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, «transcurrido el plazo establecido de justificación sin haber presentado esta ante el órgano administrativo competente, este requerirá al beneficiario para que en el plazo improrrogable de diez días la presente a los efectos previstos en este capítulo».

El artículo 46.2 de dicho Decreto 11/2009, de 8 de enero, dispone que «cuando el órgano administrativo competente para la comprobación de la subvención aprecie la existencia de defectos enmendables en la justificación presentada por el beneficiario, lo pondrá en su conocimiento y le concederá un plazo de diez días para su corrección».

Asimismo, el artículo 27.1.j) de la Orden de 31 de diciembre de 2022 establece que «las personas beneficiarias de las ayudas deberán figurar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias –estatales y autonómicas– y de la Seguridad Social, no ser persona deudora, de acuerdo con resolución declarativa de procedencia de reintegro, y no tener ninguna deuda pendiente, por cualquier concepto, con la Administración de la Comunidad Autónoma. En caso contrario, no se hará el pago de la ayuda».

El artículo 12 de dicha Orden de 31 de diciembre de 2022 establece que se publicarán en el Diario Oficial de Galicia, de conformidad con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, los actos administrativos y las correspondientes resoluciones de este procedimiento y que esta publicación producirá los efectos de notificación.

Por todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia del acto administrativo de requerimiento dictado por el órgano instructor con fecha de 1 de diciembre de 2023, en el que figura la relación de las entidades y grupos beneficiarios requeridos para enmendar o presentar la documentación justificativa relacionada y exigida según lo establecido en las bases reguladoras, como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades y grupos recogidos en el anexo de que se les requiere para que en el plazo de diez (10) días, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, presenten la documentación justificativa relacionada en el artículo 20 de la Orden de 31 de diciembre de 2022 o enmienden los defectos apreciados en la justificación presentada que se especifican en el anexo. La falta de presentación o enmienda de la justificación en el plazo establecido comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de la documentación necesaria para la justificación, podrán dirigirse a la Consellería de Política Social y Juventud a través de los teléfonos 981 54 48 66 y 881 99 91 89.

Santiago de Compostela, 5 de diciembre de 2023

Cristina Pichel Toimil
Directora general de Juventud, Participación y Voluntariado

ANEXO

Requerimiento de enmienda de la documentación justificativa de las ayudas concedidas (código de procedimiento BS306B)

Acto administrativo: requerimiento de 1 de diciembre de 2023.

Órgano competente: órgano instructor del procedimiento administrativo.

Entidades y documentación requerida:

a) Relación de entidades y documentación requerida:

Nº exp.

Solicitante

NIF de la entidad

Documentación requerida

2023/016

Asociación Xeración

G70385091

– Anexos VII y IX firmados.

2023/035

Asociación Compostelana de Niñas y Niños Hiperactivos

G70228895

– Totalidad de la documentación justificativa.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/042

Asociación Sociocultural Entropía

G05462312

– Facturas 1, 6, 7, 10 y 11.

– Justificantes de pago de las facturas 1, 3, 4, 6, 7, 8, 9, 10, 11, 12, 18, 19 y 20.

– La factura 20 no tiene fecha.

– Acreditación de la titularidad de las tarjetas de
crédito/débito.

2023/051

Asociación Érguete de Prevención e Educación

G36124279

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/052

Asociación Cultural Break Inclán

G70468616

– Anexos VII, VIII y IX firmados.

– Personal laboral: documentos de cotización a la Seguridad Social y documento de ingreso de las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (modelo 111).

– Acreditación de la titularidad de la tarjeta de crédito/débito.

– Facturas 6 y 7.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/058

Asociación Cultural Jóvenes Científicos e Emprendedores Atlantic

G32407611

– Facturas y demás documentos justificativos del gasto.

– Documentos justificativos del pago.

2023/059

Asociación Ourensana de Esclerosis Múltiple, ELA, Párkinson y otras Enfermedades Neurodegenerativas

G32209983

– Personal laboral: contrato y partes de trabajo firmados por la empresa y la persona trabajadora en que consten las horas dedicadas al proyecto o actividad subvencionada, con descripción de las tareas realizadas.

– Justificante de pago de la factura 18 y de las dietas.

– Anexo X.

2023/063

Federación de Asociacións de Persoas Xordas de Galicia (FAXPG)

G15068091

– Personal laboral: documentos de cotización a la Seguridad Social y documento de ingreso de las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (modelo 111).

– Póliza del seguro.

2023/066

Asociación de Movilidad Humana para la Colaboracióny el Desarrollo

G70464334

– Reportaje fotográfico y vídeo ilustrativo de las actividades.

– Anexos VII y IX completos.

– Personal laboral: justificación de los gastos correspondientes al mes de octubre y documentos de cotización a la Seguridad Social.

– Acreditación de la titularidad de las tarjetas de crédito/débito.

2023/067

Asociación Colectivo Espazo 16

G94155298

– Anexos VII y IX con los importes correctos.

– Anexo VIII firmado.

2023/069

Asociación Sustinea

G32422834

– Totalidad de la documentación justificativa.

2023/070

Asociación Altair Galiza

G27439124

– Anexo VIII.

– Acreditación de la titularidad de las tarjetas de crédito/débito.

– Facturas 8 y 16.

– Justificantes de pago de las facturas 6 y 16.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/073

Asociación Xuvenil Xuntanza Xuvenil

G36744951

– Anexos VIII y X.

2023/074

Asociación Escolas Familiares Agrarias Piñeiral (EFA Piñeiral)

G15058977

– Anexos firmados correctamente.

– Facturas y demás documentos justificativos del gasto.

– Documentos justificativos del pago.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/076

Asociación de Estudiantes de Intercambio de Santiago de Compostela

G70521240

– Anexos VII, VIII, IX y X.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/077

Asociación Xuvenil Tir Na Nog

G27383785

– Anexos VII, VIII, IX y X firmados.

– Facturas 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12.

– Justificantes de pago de las facturas 1, 5, 6, 7, 8, 9, 10, 11 y 12.

2023/078

Cruz Roja Española

Q2866001G

– Anexos VIII y X.

– Justificante de pago de la factura 3.

2023/081

Asociación de Nenos e Nenas con Diabetes de Galicia

G94079050

– Justificación de los gastos de desplazamiento.

– Acreditación de la titularidad de las cuentas bancarias desde las que se realizan los pagos.

– Justificantes de pago de las facturas 3, 4 y 6.

2023/082

Asociación Ocionautas

G94114022

– Acreditación de la titularidad de la tarjeta de crédito/débito.

– Factura 6.

– Justificantes de pago de las facturas 6, 8, 18 e 19.

2023/085

Federación de Centros Xuvenís Don Bosco de Galicia

G15450828

– Reportaje fotográfico y vídeo ilustrativo de las actividades.

2023/086

Iniciativas Culturais e Deportivas Universitarias

G15411648

– Acreditación de la representación.

– Memoria de actividades completa, reportaje fotográfico y vídeo ilustrativo.

– Justificante de pago de la factura 6.

2023/087

Asociación Recreativa e Cultural Marexada

G36980605

- Memoria de actividades, reportaje fotográfico y vídeo ilustrativo.

2023/088

Asociación Clean Energy Ship Uvigo

G09819533

– Acreditación de la titularidad de la tarjeta de crédito/débito.

– Justificantes de pago de las facturas 15, 16 y 37.

2023/090

Asociación Nós Mesmas

G27718907

– Memoria de actividades.

– Justificantes de pago de las facturas 2 y 3.

– Personal laboral: documentos de cotización a la Seguridad Social.

2023/103

Asociación Musical Cultura Tirante

G94081809

– Anexos VII, VIII y IX firmados.

2023/106

Asociación Xurés Xoven

G06813703

– Memoria de actividades, reportaje fotográfico y vídeo ilustrativo.

– Factura 11 y justificante de pago.

– Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/107

Asociación Cultural Pesquedellas

G42985846

– Anexo VIII.

– Factura 5.

2023/109

Asociación Xuvenil Galiza Nova

G15221252

– Justificantes de pago de las facturas 1, 2, 3, 4 y 6.

2023/112

Asociación Grupo Scout ILEX

G32466187

– Anexos VII, VIII y IX.

– Facturas y demás documentos justificativos del gasto.

– Documentos justificativos del pago.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/113

Asociación Noia Limpa

G44662880

– Documentos justificativos de los gastos de desplazamiento.

– Justificante de pago de la factura 1 del anexo VII.

– Certificado de estar al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/114

Asociación Cultural Xaquedrum

G27336353

– Personal laboral: contrato, partes de trabajo, documentos de cotización a la Seguridad Social y documento de ingreso de las retenciones a cuenta del impuesto sobre la renta de las personas físicas (modelo 111).

b) Relación de grupos informales y documentación requerida:

Nº exp.

Solicitante

Representante

NIF

Documentación requerida

2023/056

Grupo Informal AiVídeo

Elena Rey García

***0137**

– Anexos VII y IX.

– Factura 71.

– Documentos justificativos del pago.

– Acreditación de la titularidad de la tarjeta de crédito/débito.

– Certificado de que Jaime José Regueiro Rodríguez está al corriente del pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

2023/057

Grupo Informal Mocidade Activa para o Fomento da Inclusión

Andrés Vilas Villamarín

***5937**

– Anexo VIII de Paula Rivera González.

– Anexo IX firmado.

– Ejemplar de la publicación financiada a través de la ayuda.

– Acreditación de la titularidad de las cuentas bancarias desde las que se realizan los pagos y de la tarjeta de débito/crédito.

2023/092

Grupo Informal As Segundas

Rocío López López

***0415**

– Acreditación de la titularidad de las cuentas bancarias desde las que se realizan los pagos.

– Justificantes de peaje en las dietas 14 y 15.

– Justificante de pago de la factura 25.

2023/099

Grupo Informal Barullo

Jorge Moral Vidal

***3578**

– Totalidad de la documentación justificativa.

2023/101

Grupo Informal Alquitrán

Ana Rodríguez-Corredoyra Bouza

***0706**

– Totalidad de la documentación justificativa.

2023/102

Grupo Informal Grupo 12

Gabriel Labrada

Fernández

***9041**

– Anexo VIII: uno por cada persona miembro del grupo informal.

2023/104

Grupo Informal La 10 Producciones

Alejandro Vargas Vizoso

***7411**

– Totalidad de la documentación justificativa.

2023/108

Grupo Informal 7 menos 2

Alma Varga Vizoso

***3594**

– Totalidad de la documentación justificativa.

Presentación de documentación y efectos:

Una vez publicada la resolución de concesión de la ayuda, la entidad o grupo informal beneficiario procederá, hasta el 30 de octubre de 2023, a la justificación de la totalidad del proyecto mediante la presentación de la siguiente documentación y en la forma en que se indica en los artículos 20 y siguientes de la orden de convocatoria.

Todas las entidades y grupos relacionados en el requerimiento deberán presentar y/o enmendar la documentación justificativa indicada en el plazo de diez (10) días hábiles contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. La falta de presentación o enmienda de la justificación en el plazo establecido comportará la pérdida del derecho al cobro total o parcial de la subvención, la exigencia del reintegro y demás responsabilidades establecidas en la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.