DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 217 Miércoles, 15 de noviembre de 2023 Pág. 63080

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de la Industria Forestal

RESOLUCIÓN de 13 de noviembre de 2023 por la que se amplía el plazo de justificación de las subvenciones convocadas al amparo de la Resolución de 20 de marzo de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 en régimen de concurrencia competitiva las ayudas a la valorización y a la segunda transformación de la industria forestal gallega y del contract (código de procedimiento IN500B).

Mediante la Resolución de 20 de marzo de 2023 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convocan para el año 2023 en régimen de concurrencia competitiva las ayudas a la valorización y a la segunda transformación de la industria forestal gallega y del contract (código de procedimiento IN500B).

El número 1 del artículo 32 de dicha resolución establece que «El plazo de justificación será para la anualidad de 2023 hasta el 15 de noviembre de 2023 inclusive y para la anualidad de 2024 hasta el 15 de abril de 2024. Asimismo, previa solicitud motivada de la persona beneficiaria y siempre que sea autorizado por el órgano que dictó la resolución de concesión, se tendrá en cuenta que las cantidades no justificadas por las beneficiarias en la anualidad de 2023 se podrán computar y justificar en la anualidad 2024, siempre y cuando no fuesen susceptibles de pérdida de derecho a su cobro, y lo solicitasen».

Teniendo en cuenta el largo proceso de evaluación y a fin de optimizar los procesos de gestión y dado que no se causa perjuicio a terceros, se modifica este artículo 32 de la resolución y se amplía el plazo de justificación hasta una fecha que permita una mejor justificación de la subvención por parte de las personas beneficiarias.

A tenor de lo expuesto, en virtud de las competencias que tiene atribuidas la Agencia y en el ejercicio de las atribuciones que me fueron conferidas,

DISPONGO:

Artículo 1. Artículo único

1. El número 1 del artículo 32 de la referida resolución queda redactado en los siguientes términos:

2. «El plazo de justificación será para la anualidad de 2023 hasta el 30 de noviembre de 2023 inclusive y para la anualidad de 2024 hasta el 15 de abril de 2024. Asimismo, previa solicitud motivada de la persona beneficiaria y siempre que sea autorizado por el órgano que dictó la resolución de concesión, se tendrá en cuenta que las cantidades no justificadas por las beneficiarias en la anualidad de 2023 se podrán computar y justificar en la anualidad 2024, siempre y cuando no fuesen susceptibles de pérdida de derecho a su cobro, y lo solicitasen».

Disposición última única. Entrada en vigor

Esta resolución entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 13 de noviembre de 2023

Jacobo Aboal Viñas
Director de la Agencia Gallega de la Industria Forestal