DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 25 de octubre de 2023 Pág. 58638

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Soutomaior y Redondela (expediente IN407A 2021/094-4 modificado).

Expediente: IN407A 2021/094-4 modificado.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: modificación de la adecuación LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela entre apoyos 393 y 418.

Ayuntamientos: Soutomaior y Redondela.

Hechos:

Primero. El 7 de mayo de 2021, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, autorización administrativa de construcción y declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada adecuación LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela entre apoyos 393 y 418.

Segundo. El 13 de octubre de 2021, esta jefatura territorial dictó una resolución de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en los ayuntamientos de Soutomaior y Redondela (expediente IN407A 2021/094-4), publicada del Diario Oficial de Galicia (DOG) de 5 de noviembre de 2021 con las siguientes características:

Adecuación de la LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela, entre los apoyos 393 y 418 (longitud 4.225 metros), consistente en el desmonte de los apoyos 394, 401, 402, 407, 408, 409, 416 y 417, instalación de nuevos apoyos 394N, 402N, 407N, 408N y 416N, sustitución de los cables existentes LA-180 y AC50 –por otros iguales– entre los apoyos 415 y 418, y reinstalación del cable existente en el resto de los tramos. Se mantiene el trazado y el número de alineaciones.

La declaración de utilidad pública fue concedida debido la afección de una parcela para la instalación del apoyo 416N.

Tercero. El 12 de mayo de 2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. presentó una modificación al proyecto original. En esta modificación se indica que, salvo las modificaciones introducidas en este modificado, se mantiene la validez de todos los datos del proyecto original.

El proyecto modificado, firmado el 6 de marzo de 2023 por el ingeniero técnico Miguel A. Alba Benito, visado 549/23Y, recoge que la obras de adecuación de los apoyos en la LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela consisten en la retirada de los apoyos 401 y 402 para instalar el apoyo 402N en otra localización, y de los apoyos 416 y 417 para instalar el apoyo 416N. Además, no se realiza la actuación correspondiente a la sustitución de los apoyos 407, 408 y 409, y la instalación de nuevos apoyos 407N y 408N.

Por lo tanto, las obras que se realizarán finalmente serán:

Una primera actuación desde los apoyos 393 y 403, de adecuación de 1.839 metros mediante el desmontaje de los apoyos existentes 394, 401 y 402, e instalación de nuevos apoyos 394N y 402N; el retensado de los cables existentes LA-180 y AC-50, entre los apoyos 393 y 395 y los apoyos 400 y 403, y la instalación de nuevo cable AC-50 entre los apoyos 393 y 394N.

Una segunda actuación desde los apoyos 415 y 418, de adecuación de 526,7 metros mediante el desmontaje de los apoyos 416 y 417 y la instalación del apoyo 416N, y la sustitución de los cables existente LA-180 y AC-50 entre los apoyos 415 y 418.

Non se desmontarán los apoyos 407, 408 y 409, y no se instalarán los apoyos 407N y 408N.

Conforme a los planos que figuran en ambos proyectos (original y modificado), el apoyo 416N está situado en la parcela con referencia catastral 36045A016007250000WE, por lo que no hay variación con relación con la declaración de utilidad pública ya otorgada.

Cuarto. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Soutomaior, el Ayuntamiento de Redondela, ADIF, Telefónica de España, S.A.U. y el Servicio del Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos por ADIF y Telefónica de España, S.A.U.

Los demás organismos no emitieron los condicionados técnicos, entendiéndose, en consecuencia, su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio) y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercero. Las características técnicas finales da instalación son las que a continuación se describen:

Adecuación de la LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela, entre los apoyos 393 y 418 (longitud 2.365,70 metros), que consiste en el desmonte de los apoyos 394, 401, 402, 416 y 417, instalación de nuevos apoyos 394N, 402N y 416N, sustitución de los cables existentes LA-180 y AC50 –por otros iguales– entre los apoyos 393 y 394N y los apoyos 415 y 418, y retensado de los cables existentes entre los apoyos 393 y 395 y los apoyos 400 y 403. Se mantiene el trazado y el número de alineaciones.

Conforme a lo indicado,

Resuelvo:

Primero. Mantener la declaración de utilidad pública, en concreto, de la instalación eléctrica adecuación LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela entre los apoyos 393 y 418, lo que lleva implícita la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa, que fue dictada en la Resolución de 13 de octubre de 2021.

Segundo. Dejar sin efecto el otorgamiento de la autorización administrativa previa y de autorización administrativa de construcción de la instalación eléctrica adecuación LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela entre los apoyos 393 y 418 en los ayuntamientos de Soutomaior y Redondela (expediente IN407A 2021/094-4).

Tercero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada modificación de la adecuación LAT 66 kV Ponte Sampaio-Redondela entre apoyos 393 y 418, expediente IN407A 2021/094-4 modificado, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en la modificación del proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Cuarto. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular cuanto establecen el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Quinto. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada, ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 2 de octubre de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra