DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 203 Miércoles, 25 de octubre de 2023 Pág. 58633

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 2 de octubre de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa, declaración, en concreto, de utilidad pública y la necesidad de la urgente ocupación que lleva implícita y de autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Marín (expediente IN407A 2023/037-4).

Expediente: IN407A 2023/037-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: instalación telecontrol en el apoyo 9XLFKHBL//60 de la LMTA LOZ808B.

Ayuntamiento: Marín.

Hechos:

Primero. El 25 de enero de 2023, la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa, la autorización administrativa de construcción y la declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica denominada Instalación telecontrol en el apoyo 9XLFKHBL//60 de la LMTA LOZ808B.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad la instalación de un interruptor telecontrolado en el apoyo 9XLFKHBL//60 de la LMTA LOZ808B. Como consecuencia será necesario sustituir el apoyo de hormigón 9XLFKHBL//60 por uno nuevo apoyo de celosía C-1000-14, retirar el interruptor telecontrolado actual (36HGR1) y retensar los vanos entre los apoyos 59 y 61 en LAC-80. Las actuaciones están previstas en el lugar de Mogor, en la parroquia de San Xulián, en el ayuntamiento de Marín (Pontevedra).

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Marín, el Instituto de Estudios del Territorio y Augas de Galicia. La empresa promotora manifestó su conformidad con el condicionado emitido por el Ayuntamiento de Marín.

Los demás organismos no emitieron los condicionados técnicos, entendiéndose en consecuencia su conformidad con la autorización de construcción de la mencionada infraestructura eléctrica, conforme a lo dispuesto en el artículo 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, sin perjuicio de la autorización que les corresponda otorgar.

Tercero. No fue posible efectuar la notificación de la solicitud de declaración de utilidad pública de la instalación eléctrica a las personas que figuran afectadas en la relación de bienes y derechos aportada por la empresa promotora, por lo que esta jefatura publicó los correspondientes anuncios en el Diario Oficial de Galicia (DOG) de 21 de marzo de 2023 y en el tablón edictal único (TEU) del Boletín Oficial del Estado (BOE) de 4 de abril, con el fin de realizar la notificación por comparecencia.

Cuarto. El proyecto se sometió al trámite de información pública mediante la Resolución de 6 de marzo de 2023, publicada en los siguientes medios:

DOG (Diario Oficial de Galicia): 30 de marzo de 2023.

Periódico Faro de Vigo: 28 de marzo de 2023.

Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Marín, desde el 15 de marzo hasta el 17 de abril de 2023, según certificado emitido por el propio ayuntamiento.

Durante este trámite no se recibieron alegaciones.

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG nº 126, de 4 de julio) y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 22, de 1 de febrero).

Segundo. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia.

– Ley de 16 de diciembre de 1954, sobre expropiación forzosa.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Decreto de 26 de abril de 1957 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de expropiación forzosa.

Tercero. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

Sustitución del apoyo 9XLFKHBL//60 de la línea de media tensión aérea (LMTA) LOZ808B Marín Busto 8 por un C-1000/14, en el cual se instala un interruptor telecontrolado.

Retensado de los vanos aéreos contiguos al apoyo proyectado (162 metros de conductor LAC-80 entre los apoyos 9XNDFFVT//59 y 9XK10601//61).

La instalación está situada en Mogor, parroquia de San Xulián de Marín, en el ayuntamiento de Marín (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

Resuelvo:

Primero. Otorgar a la empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada Instalación telecontrol en el apoyo 9XLFKHBL//60 de la LMTA LOZ808B, expediente IN407A 2023/037-4, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. Declarar la utilidad pública, en concreto, de la citada instalación eléctrica, lo que lleva implícito la necesidad de ocupación de los bienes o de adquisición de los derechos afectados e implica la urgente ocupación a los efectos del artículo 52 de la Ley de expropiación forzosa.

La empresa UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad. En todo momento se deberán cumplir las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 2 de octubre de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra