DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Jueves, 5 de octubre de 2023 Pág. 55891

III. Otras disposiciones

Universidad de Santiago de Compostela

RESOLUCIÓN de 26 de septiembre de 2023 por la que se acuerda la modificación de la Resolución de 21 de abril de 2022 por la que se delegan competencias en determinados órganos universitarios.

El cambio del titular del Vicerrectorado de Política Científica propició una reordenación de las competencias entre el actual equipo de gobierno, fruto de la experiencia en la gestión en los últimos años y, en particular, de la experiencia con la configuración del equipo actual de gobierno desde el año 2022.

Por este motivo, este rectorado, en el uso de las atribuciones conferidas por los artículos 50 de la Ley orgánica del sistema universitario y 85 de los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela,

RESUELVE:

Primero. Modificar el apartado segundo relativo a las competencias atribuidas al Vicerrectorado de Política Científica, que queda redactado como sigue:

«Segundo. Vicerrectorado de Política Científica

1. El Vicerrectorado de Política Científica será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

– La propuesta, diseño y promoción de la política científica de la Universidad, de sus grupos y líneas de investigación.

– La promoción, la dirección y la evaluación de la producción científica y de las actividades de I+D+i de la USC.

– La supervisión de las infraestructuras científicas de la USC de apoyo a la investigación, en coordinación con la Gerencia.

– La supervisión de las estructuras de investigación.

– La promoción de acciones orientadas a mejorar la proyección internacional de los grupos y estructuras de investigación, en coordinación con el Vicerrectorado de Titulaciones e Internacionalización.

– La validación de informes de seguimiento e informes finales de los proyectos y acciones de investigación con cargo a la financiación externa.

– La representación legal de la Universidad en las solicitudes y gestión de proyectos y otras ayudas de investigación, cualquiera que sea la institución convocante, debiendo informar previamente al Rectorado de dichas solicitudes y su resolución.

– La concesión de permisos y licencias, con motivo de estancias de investigación, al personal contratado con recursos captados por I+D+i.

– La difusión y divulgación de la investigación, en coordinación con el Gabinete del Rector.

2. Las siguientes unidades dependerán funcionalmente del Vicerrectorado de Política Científica:

– El Área de Proyectos y Promoción Internacional, compartida con el Vicerrectorado de Titulaciones e Internacionalización

– El Área de Infraestructuras de Investigación, compartida con la Gerencia

– La red de centros de difusión y divulgación científica, compartida con el órgano responsable de la comunicación».

Segundo. Modificar el apartado séptimo relativo a las competencias atribuidas al Vicerrectorado de Transformación Digital e Innovación, que queda redactado como sigue:

«Séptimo. Vicerrectorado de Transformación Digital e Innovación

1. El Vicerrectorado de Transformación Digital e Innovación será el responsable de la dirección y coordinación de las siguientes materias:

– La elaboración y seguimiento de los planes estratégicos.

– La elaboración del proyecto de programación plurianual, de acuerdo con la Gerencia.

– La formulación, implantación y seguimiento de acciones orientadas a la visibilidad en los rankings nacionales e internacionales.

– El seguimiento del portal de investigación y el diseño de nuevas funcionalidades.

– La organización y publicación de datos y estadísticas, de acuerdo con la Gerencia.

– La coordinación de las acciones de mecenazgo, micromecenazgo, cátedras institucionales y otras estructuras especializadas al amparo del artículo 62 de los estatutos de la Universidad de Santiago de Compostela.

– La dirección estratégica en materia de tecnologías de la información y de las comunicaciones, en coordinación con la Gerencia.

– Los sistemas de ciberseguridad de la USC.

– El apoyo a la transformación digital en la USC, integrando y optimizando la gestión de recursos y la utilización de nuevas tecnologías dirigidas a la implantación efectiva de la docencia virtual y de la administración digital.

– El desarrollo y mantenimiento de las tecnologías destinadas a la docencia virtual.

– La elaboración de la memoria de responsabilidad social corporativa.

– Las competencias en materia de normalización lingüística.

– La promoción y fortalecimiento de acciones de sostenibilidad, para alinearlas con los principios de la economía circular y con los objetivos de desarrollo sostenible de la Agenda 2030.

2. Las siguientes unidades dependerán funcionalmente del Vicerrectorado de Transformación Digital e Innovación:

– El Área de Tecnologías de la Información y la Comunicación.

– El Servicio de Normalización Lingüística.

– La Oficina de Desarrollo Sostenible.

– El Servicio de Publicaciones e Intercambio Científico.

– La Biblioteca Universitaria

– El Archivo Histórico, sin perjuicio de lo estipulado para la parte administrativa».

Tercero. Modificar el epígrafe 6 en el apartado noveno añadiendo la siguiente competencia:

«– La tramitación y propuesta de actividades realizadas al amparo del artículo 60 de la Ley orgánica del sistema universitario (LOSU) y de convenios en los que se establezca la realización o colaboración por parte del profesorado de la USC en trabajos de carácter científico, técnico o artístico».

Cuarto. Añadir un nuevo epígrafe 8 en el apartado noveno relativo a las competencias atribuidas a la Gerencia, con la siguiente redacción:

«8. En materia de personal para colaborar en actividades y proyectos de I+D+i con vinculación no permanente:

– Las convocatorias públicas de selección de personal para colaborar en actividades y proyectos de I+D+i mediante contrato de duración no permanente y el nombramiento de sus comisiones de selección».

Quinto. Volver a numerar los epígrafes siguientes como 9 y 10.

Sexto. Añadir un nuevo apartado decimoctavo bis en el apartado IV sobre delegación en materia de permisos de personal con la siguiente redacción:

Decimoctavo bis. Propuesta de personal de administración y servicios colaborador en actividades y proyectos de I+D+i

Se delega en el personal docente e investigador que tenga la condición de personal investigador principal o responsable de actividades y proyectos de I+D+i la propuesta a la Gerencia del nombramiento del personal de administración y servicios para colaborar en las actividades mencionadas, de conformidad con la regulación aplicable en la USC.

Disposición final

Esta resolución tendrá vigencia desde el día siguiente a la fecha de publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 26 de septiembre de 2023

Antonio López Díaz
Rector de la Universidad de Santiago de Compostela