DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 190 Jueves, 5 de octubre de 2023 Pág. 55896

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

RESOLUCIÓN de 27 de septiembre de 2023 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de los Premios de investigación sobre VIH y/o otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2023.

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (en adelante, Acis) es una agencia pública autonómica que se encuadra dentro de las entidades públicas instrumentales reguladas en el título III de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, siéndole de aplicación la citada regulación, excepto lo relativo al personal y a los elementos de su organización, que se regirán por lo dispuesto en la Ley 8/2008, de 10 de julio, de salud de Galicia, y en su normativa específica, de conformidad con lo previsto en la disposición adicional sexta de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre.

La Acis, adscrita a la consellería competente en materia de sanidad a través del Servicio Gallego de Salud, tiene personalidad jurídica propia, patrimonio y tesorería propios y autonomía en su gestión, en los términos que precisen las leyes.

La Acis tiene como fines generales y objetivos básicos actuar, en régimen de descentralización funcional, como un instrumento de gestión de la formación en el Sistema público de salud de Galicia, el fomento y la coordinación de la investigación en las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, la coordinación y el impulso de la actividad innovadora de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, y la evaluación de tecnologías y servicios sanitarios, así como la formación continuada de los profesionales de las instituciones sanitarias.

El artículo 19 de los estatutos de la Acis, aprobados mediante el Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos, atribuye al Área de Planificación y Promoción de la Investigación Sanitaria «la planificación, promoción, coordinación, ejecución y evaluación de la investigación sanitaria del Sistema público de salud de Galicia», a través del desempeño de las siguientes funciones:

«Artículo 19.j). Proponer la convocatoria de becas, ayudas y premios, y otras medidas de fomento de la investigación sanitaria, así como su seguimiento, asesoramiento, difusión de resultados y apoyo a investigadores y registros de la materia».

A principios de los años 80 del siglo XX irrumpe en todo el mundo el VIH (virus de inmunodeficiencia humana), que provocaba una enfermedad mortal llamada sida (síndrome de inmunodeficiencia adquirida). Esta enfermedad generó una gran alarma social debido a que era una enfermedad mortal, de causa y vías de transmisión desconocidas. Desde ese momento, se inicia una intensa actividad investigadora multidisciplinar que permitió identificar al agente causal de la enfermedad, disminuir de un modo muy importante su mortalidad y aumentar la calidad de vida de las personas afectadas.

Desde el año 2000, especialmente a partir de 2010, se produjo un incremento gradual del número de infecciones de transmisión sexual (ITS), situándose como un importante problema de salud pública en el mundo. Más allá de su efecto inmediato, las ITS pueden tener consecuencias graves (infertilidad, muerte prenatal o neonatal, cánceres ….). Por ello, son necesarias nuevas herramientas para poder frenar el avance de estas enfermedades y los riesgos que conllevan, y de ahí la importancia de apoyar las líneas de investigación en estrategias de prevención, tecnologías de diagnóstico y opciones de tratamiento, entre otros aspectos, en este tipo de infecciones.

La Dirección General de Salud Pública de la Consellería de Sanidad es el órgano encargado de la promoción y protección colectiva de la salud de la población gallega y del desarrollo de programas sanitarios en materia de salud pública.

En el ámbito de la prevención y control de las enfermedades transmisibles, dispone del Plan gallego anti-VIH y otras infecciones de transmisión sexual. Este plan establece, entre sus políticas y tareas, el estímulo y apoyo de la investigación, así como poner en valor las investigaciones realizadas por los diferentes equipos investigadores de nuestra comunidad. El sistema sanitario público y las universidades constituyen las instituciones que vienen liderando la investigación sobre el VIH y el sida en Galicia. La investigación sobre otras ITS también está cobrando importancia en los últimos años por la emergencia que se está produciendo en alguna de estas infecciones, como es el caso de la gonococia, la sífilis y el LGV.

La salud pública, con su visión multidisciplinar, transversal y intersectorial, es y deberá seguir siendo la columna vertebral que dé respuesta a las diferentes amenazas para la salud. Deberá, por tanto, liderar la generación de conocimiento en este ámbito, planificando la formación, facilitando la investigación e innovando en las fórmulas de gestión empleadas en la relación con los diferentes agentes sanitarios, económicos y sociales.

Para ello se creó la Escuela Gallega de Salud Pública, mediante el Decreto 86/2022, de 19 de mayo, por lo que se establece la creación y el marco normativo regulador de las actividades de la Escuela Gallega de Salud Pública, como una iniciativa orientada a fomentar la formación y la investigación científica en materia de salud pública, necesaria para dar respuesta a los desafíos y peligros para la salud de la población y ante amenazas sanitarias globales.

La Escuela Gallega de Salud Pública se configura, por tanto, como un instrumento de participación, intercambio de conocimientos, experiencias y aprendizaje compartido en materia de salud pública, que facilite las actividades investigadoras desarrolladas por los profesionales del Sistema público de salud de Galicia y de diferentes organismos, públicos y privados, de distintos ámbitos profesionales y sociales, impulsando y formalizando las relaciones con otros departamentos u organizaciones que tienen impacto en la salud.

Entre sus actividades está la de definir y fomentar la investigación en salud pública por su capacidad innegable para poner en valor las actuaciones que se realizan o para identificar nuevas estrategias a llevar a cabo, creando una red de investigación en salud pública que favorezca la generación y transferencia de conocimientos, preste apoyo a los profesionales, promueva el trabajo en equipo y cree alianzas entre los diferentes organismos implicados en la salud.

Para llevar a cabo las actividades que la integran, y para lograr los fines previstos, la Consellería de Sanidad podrá establecer encomiendas, acuerdos o convenios de colaboración con cualquier entidad pública o privada.

Con motivo del ejercicio del fomento de lainvestigación sanitaria que la Acis tiene encomendada y, en particular, con base en las funciones asignadas en el citado artículo 19.j) de sus estatutos, la Presidencia de la Acis, a la vista de la propuesta formulada por el Área de Planificación y Promoción de la Investigación Sanitaria y de la certificación relativa al control por parte del Consejo Rector de la Agencia de la convocatoria de los premios, ha resuelto aprobar la propuesta de la convocatoria de los Premios de investigación del VIH y/o otras infecciones de transmisión sexual 2023.

Por lo expuesto, y en el uso de las facultades que tengo atribuidas por la legislación vigente,

RESUELVO:

Artigo 1. Objeto

1. Aprobar las bases reguladoras de los Premios de investigación sobre VIH y/o otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2023, que se incorporan a esta resolución como anexo I.

2. Los premios son los siguientes:

– El primer premio constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de tres mil euros (3.000,00 €).

– El segundo premio constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de mil quinientos euros (1.500,00 €).

– El primer accésit constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de quinientos euros (500,00 €).

– El segundo accésit constará de un certificado acreditativo y de una dotación en metálico de quinientos euros (500,00 €).

Artigo 2. Financiación

Para el financiación de estos premios está previsto un crédito de cinco mil quinientos euros (5.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 12A1-411A-480.00/Proyecto 2018-00003 premio investigación VIH y otras infecciones de transmisión sexual de sus presupuestos del año 2023.

Disposición adicional primera. Datos de carácter personal

De conformidad con la Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales, los datos personales recogidos en la tramitación de este procedimiento serán tratados por la Consellería de Sanidad para ser incorporados al sistema de tratamiento «Gestión económica, presupuestaria y relaciones económicas con terceros», cuya finalidad es, entre otras, gestionar las relaciones comerciales y económicas con terceros. El órgano responsable de este fichero es la Consellería de Sanidad. Los derechos de acceso, rectificación, cancelación y oposición se podrán ejercer, ante la Consellería de Sanidad, mediante el envío de una comunicación a la siguiente dirección: Delegado de protección de datos. Consellería de Sanidad, Edificio Administrativo San Lázaro, s/n, 15703 Santiago de Compostela, o a través de un correo electrónico a dpd@sergas.es

Disposición final primera. Órgano responsable

La Acis adoptará las medidas oportunas para el seguimiento, evaluación, difusión y ejecución del premio.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta resolución será aplicable desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 27 de septiembre de 2023

Julio García Comesaña
Presidente de la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud

ANEXO I

Bases reguladoras de los Premios de investigación sobre VIH y/o otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2023

Artículo 1. Objeto

La Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud (Acis) promueve y convoca los Premios de investigación sobre VIH y otras infecciones de transmisión sexual (ITS) 2023.

La finalidad de estos premios es promover la investigación en este ámbito, dar publicidad a la investigación gallega sobre estas enfermedades y reconocer públicamente la labor que las personas investigadoras vienen realizando para aumentar la calidad y la esperanza de vida de las personas afectadas.

Artículo 2. Presupuesto y normativa reguladora

1. Para financiar estos premios, la Acis tiene previsto un crédito de cinco mil quinientos euros (5.500,00 €) con cargo a la aplicación presupuestaria 12A1-411A-480.00/Proyecto 2018-00003 premio investigación VIH y otras infecciones de transmisión sexual de sus presupuestos del año 2023.

2. Se entregarán un primer premio, un segundo premio y dos premios accésit. El primer premio, con un importe de tres mil euros (3.000,00 €), será concedido a la primera persona firmante del artículo científico mejor valorado. El segundo premio, con un importe de mil quinientos euros (1.500,00 €), se concederá a la primera persona firmante del segundo artículo científico mejor valorado, y los premios accésit, con un importe de quinientos euros (500,00 €) cada uno, se concederán a la primera persona firmante del tercer y del cuarto artículo científico mejor valorados respectivamente.

Estos premios son compatibles con otros premios o distinciones.

Los premios quedarán sometidos a las retenciones que correspondan en concepto de impuesto sobre la renta de las personas físicas.

Los premios se otorgarán sin previa solicitud de las personas beneficiarias, por lo que quedan excluidas del ámbito de aplicación de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

3. La tramitación de estos premios se realizará con sujeción a lo previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas; en la Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno, y en lo que pueda ser aplicable la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento.

Artículo 3. Ámbito de aplicación

Investigación científica sobre VIH y otras ITS realizada en institutos, centros, universidades o agencias de investigación gallegas, así como en cualquier centro gallego que aborde este tipo de patologías.

Artículo 4. Personas candidatas

Las personas candidatas a estos premios serán las personas físicas investigadoras que consten como primeras autoras de artículos publicados en 2022 y que estén incluidas en el ámbito de aplicación de estas bases reguladoras.

Las personas candidatas, propuestas a los premios por el jurado, deberán acreditar su vinculación a algún centro incluido en el ámbito de aplicación de estas bases en el momento de la elaboración del artículo, mediante la presentación de un certificado al jurado. Este certificado se enviará al jurado antes del acto de entrega de los premios.

Artículo 5. Criterio de exclusión de los artículos seleccionados

Será criterio de exclusión que los artículos sean tesis doctorales, trabajos fin de grado o fin de máster, cartas, editoriales, comunicaciones y/o pósters a congresos.

Artículo 6. Requisitos de los artículos seleccionados

1. Los artículos deben tener relación directa con la infección por el VIH y/o las demás ITS.

2. Los artículos tienen que estar indexados en alguna de las siguientes bases de datos bibliográficas: Medline/PubMed, Embase, IBECS (Índice bibliográfico de ciencias de la salud), CiberIndex (Fundación Index); en los repositorios de las universidades gallegas: Minerva (Universidad de Santiago de Compostela), RUC (Universidad de A Coruña) e INVESTIGO (Universidad de Vigo); en ÍnDICEs-CSIC, MEDES Fundación Lilly, PSICODOC, DIALNET, Scopus, WOS (Web of Science) y PsycInfo.

3. Los artículos deben estar publicados en el año 2022.

Artículo 7. Composición del jurado

Los artículos serán evaluados por un jurado compuesto por los siguientes miembros:

– Presidente/a: persona que ostente la titularidad del Servicio de Control de Enfermedades Transmisibles de la Consellería de Sanidad o persona en quien delegue, que dispondrá de voto de calidad.

– Secretario/a: una persona técnica del Plan gallego anti VIH/sida y otras infecciones de transmisión sexual (ITS).

– Los vocales serán una persona representante de cada una de las siguientes unidades administrativas:

1. Agencia Gallega del Conocimiento en Salud (Acis).

2. Bibliosalud.

3. Subdirección General de Información sobre Salud y Epidemiología (Consellería de Sanidad).

4. Red Gallega de Comités de Ética de la Investigación.

5. Sociedad Gallega Interdisciplinaria de Sida (Sogaisida).

6. Profesorado del ámbito de las ciencias de la salud o ciencias sociales de una de las tres universidades gallegas.

7. Escuela Gallega de Salud Pública.

En la composición de los miembros del jurado se procurará lograr una composición equilibrada entre hombres y mujeres.

No pueden ser miembros del jurado las personas que cumplan con alguna de estas circunstancias:

1. Personas autoras de artículos que cumplan con los requisitos de estas bases reguladoras.

2. Personas vinculadas a ellas por parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo grado.

3. Personas que presenten conflictos de intereses.

Los vocales podrán delegar su representación en otro de los vocales o bien en el presidente/a.

Artículo 8. Criterios de selección de los artículos ganadores

La elección de los artículos premiados se hará con base en los criterios que se recogen a continuación, en los que se valorarán los aspectos que en cada uno de ellos se indican:

1. La calidad científico-técnica del artículo: 0-20 puntos.

La exposición clara de la introducción, concreción de los objetivos, metodología científica bien definida, análisis estadístico de los resultados, discusión bien argumentada con bibliografía actualizada, conclusiones que se adaptan a los resultados del estudio, etc.

2. El impacto positivo de la investigación en la calidad y esperanza de vida de las personas afectadas: 0-20 puntos.

En qué medida el estudio repercutirá en la calidad y/o esperanza de vida de las personas afectadas (mejora de su evolución clínica, creación de recomendaciones para la asistencia de estas personas, etc.)

3. El éxito de la investigación en el cambio de actitudes en personas con prácticas de riesgo para las ITS: 0-15 puntos.

Los estudios sobre técnicas de modificación de actitudes y conductas de riesgo que resulten efectivas.

4. Realizar la investigación en grupos de elevada prevalencia de ITS: 0-15 puntos.

En este punto, se considerará «grupos de elevada prevalencia de ITS» a las personas que se inyectan drogas, a las personas que ejercen la prostitución, a los hombres que tienen sexo con otros hombres, a las personas internas en prisión y a las personas originarias de países de elevada prevalencia.

5. Aspectos innovadores en el abordaje de la investigación: 0-10 puntos.

Los aspectos innovadores hacen mención a la incorporación de nueva metodología de estudio, nuevos enfoques, nuevos instrumentos, etc.

6. El carácter multidisciplinar del equipo investigador: 0-10 puntos.

Se entenderá que el artículo tiene carácter multidisciplinar si está elaborado por personal de diferentes servicios, departamentos o centros.

Artículo 9. Selección de los artículos ganadores

El jurado de este premio hará una revisión bibliográfica de todos los artículos científicos publicados el año anterior a la concesión del premio (año 2022) que cumplan con los requisitos de estas bases reguladoras.

El jurado se reunirá y valorará los artículos recopilados en función de los criterios de selección establecidos en el artículo 8.

El jurado elaborará un acta en la que conste el resultado motivado de esta evaluación con la propuesta de la persona o personas galardonadas. A la vista de dicha acta, la persona que actúe de secretaria del jurado comunicará a las personas propuestas como galardonadas el acuerdo de concesión adoptado por el jurado junto con las condiciones y los términos en los que se propone otorgar el premio.

A continuación, les solicitarán la aceptación expresa de los premios. Las personas investigadoras que acepten el premio presentarán la acreditación de su vinculación a algún centro incluido en el ámbito de aplicación de estas bases en el momento de la elaboración del artículo. La decisión del jurado será inapelable.

En aquellos aspectos no previstos en estas bases en relación con el funcionamiento del jurado como órgano colegiado se aplicará lo previsto en los artículos 14 a 21 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia.

Artículo 10. Resolución

A la vista de dicha acta y de la aceptación expresa del premio, la persona titular de la Presidencia de la Acis dictará la resolución del premio, que será inapelable y se hará pública a través del Diario Oficial de Galicia y de las páginas web del Servicio Gallego de Salud www.sergas.es y de la Acis www.acis.sergas.es

Artículo 11. Entrega de premios

Se hará entrega de los premios en un acto público en la Consellería de Sanidad.

Artículo 12. Difusión de la actividad investigadora premiada

La aceptación del premio lleva implícito el consentimiento para que la Acis y la Consellería de Sanidad difundan en los medios que consideren más apropiados la siguiente información:

– El título de los artículos ganadores.

– La identidad de las personas autoras.

– El nombre de los centros o instituciones donde se elaboraron los trabajos de investigación.