DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 177 Lunes, 18 de septiembre de 2023 Pág. 53357

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 28 de agosto de 2023, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Vigo (expediente IN407A 2023/094-4).

Expediente: IN407A 2023/094-4.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación: sustitución tramos BAL7270450, BAL7270446, BAL7290855 y BAL7250699 entre varios CT.

Ayuntamiento: Vigo.

Hechos:

Primero. El 16 de febrero de 2023, UFD Distribución Electricidad, S.A. solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación eléctrica sustitución tramos BAL7270450, BAL7270446, BAL7290855 y BAL7250699 entre varios CT.

Examinado el proyecto de ejecución, se concluye que tiene como finalidad la renovación de la red existente mediante las siguientes actuaciones previstas a lo largo de la avenida de O Fragoso desde el número 91, en dirección a la calle de A Coruña, y finalizando en la calle Conde de Torrecedeira, a la altura del número 113, en el ayuntamiento de Vigo:

Se dejan sin servicio 1574 metros en el tramo BAL7270450, 93 metros en el tramo BAL7290855 y 465 metros en el tramo BAL7250699.

Se desmontan 30 metros en el tramo BAL7270446.

Para realizar la renovación, se proyectan los siguientes tramos de línea de media tensión subterránea en conductor RHZ1:

– 1.679 metros desde el empalme con la LMTS existente BAL7270448 hasta el CT Torrecedeira 113 (36SMH5).

– 108 metros desde el empalme con la LMTS BAL7290859 hasta el empalme con la LMTS BAL7290855.

– 477 metros desde el empalme con la LMTS existente BAL7250699 hasta el empalme con la LMTS BAL7250699.

Segundo. Esta jefatura territorial solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicios de interés general afectadas, esto es, el Ayuntamiento de Vigo y el Servicio del Patrimonio Cultural. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados emitidos.

Consideraciones legales y técnicas:

Primera. La Jefatura Territorial de Pontevedra es competente para resolver este expediente con fundamento en el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación (DOG núm. 126, de 4 de julio), y en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero).

Segunda. La legislación de aplicación al presente expediente es:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

– Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

Tercera. Las características técnicas de la instalación son las que a continuación se describen:

– Línea de media tensión subterránea (LMTS) a 15 kV, con conductor RHZ1, de 1.679 metros de longitud, con origen en el empalme con la LMTS BAL7270448, en la avenida de O Fragoso a la altura del número 91, y final en el centro de transformación Conde de Torrecedeira 113.

– LMTS a 15 kV, con conductor RHZ1, de 108 metros de longitud, con origen en el empalme con la LMTS BAL7290859, en la avenida de O Fragoso a la altura del número 31, y final en el empalme con la LMTS BAL7290855, en la calle Manolo Martínez a la altura del número 9.

– LMTS 15 kV, con conductor RHZ1, de 477 metros de longitud, con origen en el empalme con la LMTS BAL7250699, en la calle Coruña a la altura del número 1, y final en el empalme con la LMTS BAL7250699, en la plaza de Eugenio Fadrique a la altura del número 1.

La instalación está situada en la avenida de O Fragoso y calle Conde de Torrecedeira, en el ayuntamiento de Vigo (Pontevedra).

Conforme a lo indicado,

RESUELVO:

Primero. Otorgar a UFD Distribución Electricidad, S.A. las autorizaciones administrativas previa y de construcción de la instalación de distribución de energía eléctrica denominada Sustitución tramos BAL7270450, BAL7270446, BAL7290855 y BAL7250699 entre varios CT, expediente IN407A 2023/094-4, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución, a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y a las condiciones establecidas en los condicionados de los organismos que constan en el expediente.

Segundo. UFD Distribución Electricidad, S.A. asegurará el mantenimiento y la vigilancia correcta de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, a fin de garantizar que se mantendrán siempre las condiciones reglamentarias de seguridad. Se deberán cumplir en todo momento las normas y directrices vigentes que resulten de aplicación, en particular, cuanto establece el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09, y el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueba el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

Tercero. Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante la conselleira de Economía, Industria e Innovación de la Xunta de Galicia en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su notificación o publicación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 28 de agosto de 2023

Beatriz López del Olmo
Jefa territorial de Pontevedra