DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 176 Viernes, 15 de septiembre de 2023 Pág. 53015

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería de Economía, Industria e Innovación

ACUERDO de 4 de septiembre de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por el que se somete a información pública la solicitud de otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de transporte secundario de energía eléctrica en el ayuntamiento de Lousame (expediente IN407A 2022/234-1).

A efectos de lo establecido en el artículo 53 de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), en los artículos 115, 125 y 131 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre), modificado por el Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE núm. 175, de 24 de junio), y en el artículo 83 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se somete al trámite de información pública la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción del proyecto:

Expediente: IN407A 2022/234-1.

Solicitante: Red Eléctrica de España, S.A.U.

Denominación: nuevo Statcom 150 MVAr y ampliación de la subestación 220 kV Lousame.

Situación: ayuntamiento de Lousame.

1. Antecedentes:

Primero. Mediante la Resolución de 30 de marzo de 2017, la entonces denominada Dirección General de Energía y Minas otorgó a Red Eléctrica de España, S.A.U. la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución y reconoció, en concreto, la utilidad pública de la instalación de transporte secundario de energía eléctrica emplazada en el ayuntamiento de Lousame denominada nueva subestación a 220 kV de Lousame (expediente IN407A 2009/471-1).

Segundo. El 10 de diciembre de 2019, la Jefatura Territorial de A Coruña de la entonces denominada Consellería de Economía, Empleo e Industria emitió la autorización de explotación de la citada subestación.

Tercero. El 18 de agosto de 2022, el promotor presentó la solicitud de otorgamiento de las autorizaciones administrativas previa y de construcción y de declaración de utilidad pública, en concreto, de la infraestructura nuevo Statcom 150 MVAr y ampliación de la subestación 220 kV Lousame, acompañada del preceptivo proyecto de ejecución redactado por técnico competente, en el que se desarrollan los aspectos técnicos de la instalación de referencia en los términos dispuestos en los artículos 123 y 130 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, y de la declaración responsable suscrita por el técnico proyectista, de cumplimiento de la normativa de aplicación en los términos dispuestos en el artículo 53.1.b) de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico. Para su tramitación se le asignó el número de expediente administrativo IN407A 2022/234-1.

Cuarto. En la relación de bienes y derechos afectados por la ampliación de la subestación 220 kV Lousame, que es necesaria para la instalación del Statcom (compensador síncrono estático), se identifica como titular catastral al Monte Vecinal en Mano Común Fontefría (en adelante, MVMC Fontefría). Red Eléctrica de España, S.A.U. incluyó en su solicitud el inicio de los trámites previstos en el artículo 6 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común (DOG núm. 202, de 20 de octubre), aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, o norma que lo sustituya, conforme establece el artículo 53 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), con la finalidad de declarar la prevalencia de la utilidad pública o interés social de la ampliación proyectada de la subestación 220 kV Lousame respecto a los del propio MVMC Fontefría.

Quinto. El 19 de junio de 2023, Red Eléctrica de España, S.A.U. comunicó a esta jefatura territorial que alcanzó un mutuo acuerdo para la totalidad de las afecciones recogidas en la relación de bienes y derechos afectados por la ampliación de la subestación 220 kV Lousame con la Comunidad de Propietarios Fontefría, titular del monte vecinal.

Sexto. El 28 de junio de 2023, Red Eléctrica de España, S.A.U. presentó la solicitud de desistimiento de los trámites de declaración de utilidad pública, en concreto, y de prevalencia sobre la utilidad pública del MVMC Fontefría recogidos en su solicitud de 18 de agosto de 2022.

Séptimo. El 17 de agosto de 2023, la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Economía, Industria e Innovación resolvió aceptar la solicitud presentada por Red Eléctrica de España, S.A.U. de desistimiento de los trámites de declaración de utilidad pública, en concreto, y de prevalencia de la utilidad pública o interés social de la ampliación proyectada de la subestación 220 kV Lousame respeto a los del propio MVMC Fontefría y disponer su archivo, sin que esto suponga que el promotor quede eximido de realizar cualquier otro trámite que esté previsto en la normativa específica de aplicación ante el organismo competente en materia de ordenación de los montes vecinales.

2. Objeto de la instalación:

La instalación, que formará parte de la red de transporte secundario de energía eléctrica en los términos establecidos en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, tiene por objeto ayudar al amortiguamiento de las oscilaciones de potencia interárea y locales que pudiesen afectar al sistema eléctrico peninsular español mediante la inyección de potencia reactiva y controlar la tensión en barras de 220 kV de la subestación Lousame, tal y como se recoge en el Plan de desarrollo de la red de transporte de energía eléctrica 2021-2026, aprobado por Acuerdo del Consejo de Ministros de 22 de marzo de 2022 y publicada en el BOE núm. 93, de 19 de abril, por Resolución de 8 de abril de 2022, de la Secretaría de Estado de Energía.

3. Órgano substantivo:

De conformidad con el artículo 3.13. de la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y con la disposición final segunda de dicha Ley, según lo dispuesto en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, de la Consellería de Economía, Empleo e Industria, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG núm. 22, de 1 de febrero), el órgano sustantivo competente para resolver la solicitud presentada por Red Eléctrica de España, S.A.U., es la Dirección General de Planificación Energética y Recursos Naturales de la Consellería de Economía, Industria e Innovación. La condición de unidad tramitadora le corresponde a la jefatura territorial de A Coruña de la citada consellería.

4. Características técnicas:

– Instalación de un nuevo compensador síncrono estático (Statcom) con una capacidad nominal de + 150 MVAr (inductivos/capacitivos), que es un sistema integrado compuesto por un transformador 220/MT, bobinas de aislamiento, transformador de servicios auxiliares con apoyo de grupo electrógeno y de un edificio para alojar los módulos de potencia refrigerados por agua, los sistemas de servicios auxiliares y los sistemas de control, protección, telecomunicaciones y refrigeración. Para el acceso se empleará el existente de la subestación.

Ampliación del parque 220 kV de la subestación Lousame, convencional de intemperie con tecnología AIS, con una configuración en doble barra, consistente en la construcción de una nueva posición, de conexión del Statcom, que pasaría a ocupar la posición 9 dentro de la disposición existente en la subestación, en uno de los espacios recogidos en la Resolución de 30 de marzo de 2017 (DOG núm. 90, de 11 de mayo-BOP núm. 70, de 12 de abril), de la entonces denominada Dirección General de Energía y Minas, por la que se otorgan a Red Eléctrica de España la autorización administrativa y la aprobación del proyecto de ejecución y se reconoce, en concreto, la utilidad pública de la instalación de transporte de energía eléctrica denominada nueva subestación 220 kV de Lousame (expediente IN407A 2009/471-1). La dotación eléctrica de esta nueva posición estará compuesta por la siguiente aparamenta:

– Interruptor automático: tensión nominal/más elevada para el material: 220 kV/245 kV/intensidad nominal/límite térmica (corte): 3.150/40 kA. Tecnología de la cámara de corte: SF6.

– Seccionador de aislamiento (seccionador de posición): tripolar, con mando eléctrico, tensión nominal/más elevada para el material: 220 kV/245 kV/intensidad nominal/límite térmica (corte): 2.000/40 kA.

– Seccionador de puesta la tierra: tripolar, con cuchilla de puesta la tierra, de mando unipolar motorizado, tensión nominal/más elevada para el material: 220 kV/245 kV/intensidad nominal/límite térmica (corte): 2.000/40 kA.

– Equipos convencionales (pararrayos-autoválvulas): tensión nominal: 198 kV/tensión de operación>152 kV/intensidad nominal de descarga: 10 kA.

–Transformadores de intensidad y de tensión, de características conforme al Real decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por lo que se aprueba el Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico.

– Incorporación al mallado de red de tierras superiores e inferiores y a los sistemas de control, protección, telecontrol y comunicaciones (sistemas tele gestionados) y servicios auxiliares de la subestación.

– Bastidor de relés.

– LAT subterránea de 152 metros de longitud en conductor tipo RHZ1-RA+2OL(AS) 127/220 kV 3(1×630 mm2 KAl+T375Al), de conexión del Statcom con la nueva posición anterior.

– Sistema de media tensión (66 kV): se aplicará la normativa de 66 kV, independientemente del nivel de tensión escogido por el fabricante que será igual o inferior.

– Localización de las instalaciones: Subestación 220 kV Lousame, lugar de Alto de la Laguiña, Fontefría (acceso: por desvío con el origen en el p.k. 23,5 de la carretera C-543). Ayuntamiento de Lousame.

– Presupuesto: 11.239.034 €.

5. Legislación de aplicación:

– Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica (BOE núm. 310, de 27 de diciembre).

– Real decreto ley 23/2020, de 23 de junio, por el que se aprueban medidas en materia de energía y en otros ámbitos para la reactivación económica (BOE núm. 175, de 24 de junio).

– Resolución de 19 de febrero de 2014, de la Conselleria de Economía e Industria, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción, de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico (DOG núm. 54, de 19 de marzo de 2014).

La documentación estará a disposición de las personas interesadas en las siguientes dependencias:

– Tablón de anuncios del Ayuntamiento de Lousame.

– Servicio de Energía y Minas de la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, industria e Innovación de A Coruña (calle Vicente Ferrer nº 2, 2ª planta, 15071, A Coruña), de 9.00 a 14.00 horas, de lunes a viernes.

– Portal de transparencia y Gobierno abierto de esta consellería:

https://economia.xunta.gal/transparencia/informacion-publica/en-tramitacion/instalacions-electricas-distribucion-e-transporte

Esto se hace público para conocimiento general y de todas aquellas personas o entidades titulares de derechos reales o intereses económicos sobre los bienes afectados que hayan sido omitidos. Podrán examinar la documentación técnica y, en su caso, presentar las alegaciones u observaciones que consideren pertinentes en el plazo de treinta (30) días contados a partir del día siguiente al de la última publicación de este acuerdo.

A Coruña, 4 de septiembre de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña