DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 151 Miércoles, 9 de agosto de 2023 Pág. 47832

III. Otras disposiciones

Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades

ORDEN de 28 de julio de 2023 por la que se modifica la autorización del centro privado Aloya, de Vigo.

La representación de la titularidad del centro privado (CPR) Aloya, de Vigo, solicita la modificación de la autorización para impartir el curso de especialización en Cultivos Celulares.

Después de la tramitación del expediente de acuerdo con establecido en el Decreto 133/1995, de 10 de mayo, de autorización de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, y con la Orden de 20 de septiembre de 1995 que lo desarrolla, a propuesta de la Dirección General de Centros y Recursos Humanos,

DISPONGO:

Artículo 1. Modificación de la autorización

Modificar la autorización del centro para impartir el curso de especialización en Cultivos Celulares, quedando configurado como se señala a continuación:

Denominación genérica: centro privado (CPR).

Denominación específica: Aloya.

Código: 36011622.

Domicilio: rúa do Couto, nº 2.

Localidad: Vigo.

Municipio: Vigo.

Provincia: Pontevedra

Titular: Asociación Fontenova.

Composición resultante:

a) Régimen ordinario, modalidad presencial:

• CS Administración y Finanzas (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Asistencia a la Dirección (2 unidades para 30 alumnos/as unidad).

• CS Anatomía Patológica y Citodiagnóstico (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Laboratorio Clínico y Biomédico (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Educación Infantil (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Integración Social (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Marketing y Publicidad (2 unidades para 30 alumnos/as cada una).

• CS Transporte y Logística (2 unidades para 20 alumnos/as cada una).

• Curso de especialización en Cultivos Celulares (1 unidad para 30 alumnos/as).

b) Régimen de personas adultas, modalidad semipresencial y a distancia:

• CS Educación Infantil.

• CS Integración Social.

• CS Marketing y Publicidad.

Artículo 2. Inicio de la actividad

Para la puesta en funcionamiento de las enseñanzas que se autorizan, la Jefatura Territorial de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades de Pontevedra, después del informe del Servicio Territorial de Inspección Educativa, aprobará expresamente la relación de profesorado que impartirá docencia en los mencionados ciclos, así como el equipamiento.

Artículo 3. Inscripción en el registro de centros

Esta orden dará lugar a la correspondiente inscripción en el Registro de Centros de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Artículo 4. Revisión de la autorización

El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente y a solicitar la oportuna revisión cuando tenga que modificarse cualquiera de los datos que se señalan en esta orden.

Disposición final primera. Recursos

Contra esta orden, que agota la vía administrativa, las personas interesadas podrán formular recurso potestativo de reposición ante esta consellería, en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, según lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, o bien, directamente, el recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses desde la misma fecha, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 28 de julio de 2023

Román Rodríguez González
Conselleiro de Cultura, Educación, Formación Profesional
y Universidades