Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 119 Viernes, 23 de junio de 2023 Pág. 39474

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 29 de mayo de 2023, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de Coristanco (expediente IN407A 2022/321-1).

Expediente: IN407A 2022/321-1.

Promotora: UFD Distribución Electricidad, S.A.

Denominación de la instalación: LMT, CT, RBT Silván.

Ayuntamiento: Coristanco.

Hechos:

1. El día 5 de octubre de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución denominado LMT, CT, RBT Silván, con la finalidad de mejorar la calidad de suministro y con la intención de resolver las reclamaciones por caídas de tensión existentes en el lugar de Silván, ayuntamiento de Coristanco. Dada la distancia a la que se encuentran los reclamantes del actual centro de transformación, CT Erbecedo (IN407A 2016/53-1, 15AKJR), es necesario instalar un centro de transformación de 160 kVA de potencia, una línea soterrada de media tensión que lo enlace con la línea de distribución de media tensión LMT CBL707B (expediente 50.148) procedente de la subestación Carballo, dos nuevas salidas en baja tensión desde el futuro centro de transformación que conectarán con la red de baja tensión existente y un refuerzo de la actual red de baja tensión aérea de la zona.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, y que comprende los siguientes documentos:

– Proyecto de ejecución denominado LMT, CT, RBT Silván, firmado el 3.6.2022 por Victoriano Gónzalez Lemos, ingeniero técnico Industrial, especialidad Electricidad, núm. colegiado 2.980 de Vigo.

– Anexo, firmado el 19.12.2022 por el mismo ingeniero.

2. El proyecto no se sometió al trámite de información pública, según el artículo 50 de la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero).

De conformidad con el artículo 46.e) de dicha ley, el solicitante aportó declaración responsable en la que hace constar que dispone de acuerdos previos con todas las personas titulares de los bienes y derechos afectados.

3. Conforme los artículos 127.1 y 127.2 del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, se remiten separatas del proyecto a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectados, en la parte en la que la instalación pudiese perjudicar a bienes y derechos a su cargo. Estas separatas contienen las características de la instalación y la documentación cartográfica correspondiente.

Se solicitaron los informes preceptivos al Ayuntamiento de Coristanco, a la Diputación Provincial de A Coruña, a Augas de Galicia y al Servicio de Patrimonio Cultural de la Jefatura Territorial de A Coruña de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidad.

La empresa promotora manifestó su conformidad con el único condicionado emitido, el del Servicio de Patrimonio Cultural.

4. El día 19.5.2023 se emitió el informe técnico.

Consideraciones legales y técnicas:

1. El jefe territorial es competente para resolver este expediente según el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia; el Decreto 73/2022, de 25 de mayo, por el que se fija la estructura orgánica de las vicepresidencias y de las consellerías de la Xunta de Galicia, y el Decreto 116/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación, modificado por el Decreto 49/2023, de 19 de mayo (DOG núm. 98, de 25 de mayo).

2. La legislación aplicable en este expediente es la siguiente:

– Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

– Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

– Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

– Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

– Resolución de 19 de febrero de 2014 por la que aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción de acuerdo con lo previsto en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico

– Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

– Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3. Las instalaciones se hallan en el lugar de Silván, ayuntamiento de Coristanco, y sus características técnicas son las siguientes:

– LMTS a 15 kV, de 470 m, conductor tipo RHZ1-2OL 12/20 kV 1×150 mm² Al, con origen en el PA/S proyectado en el apoyo núm. 45-10 por sustituir y remate en el CTC proyectado. Canalización de 0,4 m de ancho e 1,00/1,20 m de profundidad.

– Retensado de tramo LMTA a 15 kV, de 266 m, conductor tipo LA-30 Al, con origen en el apoyo núm. 9XIF52I8//45-9 existente de la LMT CBL707B (expedediente 50.148) procedente de la subestación Carballo y remate en el apoyo núm. 9XC2U4JH//45-11 existente. Sustitución del apoyo núm. 9XFHL6M2//45-10 existente tipo HV-400/12 por uno de tipo C-1000/14-H35 frecuentado e instalación de ITC y PA/S.

– CT tipo rural fin de línea de maniobra exterior en envolvente prefabricada de hormigón en el lugar de Silván, con una potencia de 1.600 kVA, una relación de transformación de 15.000/400-230 V.

4. En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo señalado,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dicha instalación de distribución eléctrica.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud, a la cual anexará la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipamiento, y las certificaciones o homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiera, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre), sin perjuicio de que las personas interesadas puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre).

A Coruña, 29 de mayo de 2023

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña