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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 109 Viernes, 9 de junio de 2023 Pág. 35845

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 57/2023, de 1 de junio, por el que se aprueba el cambio de titularidad de tramos de trazado actual y antiguo de las carreteras EP-5202, EP-5203 y EP-5003 a favor del Ayuntamiento de Arbo.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de las mismas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

La Diputación Provincial de Pontevedra y el Ayuntamiento de Arbo firmaron el día 14 de enero de 2021 un convenio de colaboración para llevar a cabo la ejecución del proyecto de mejora de la movilidad peatonal en la EP-5202, del p.k. 1+100 al 1+165, y en la EP-5203, del p.k. 1+150 al 1+529. Este convenio recoge el compromiso del Ayuntamiento de Arbo de aceptar la transferencia de titularidad del:

• Tramo final de la carretera EP-5202 Arbo–embarcadero, del p.k. 1+030 al p.k. 1+165, de 135 metros de longitud.

• Tramo final de la carretera EP-5203 PO-400–estación, del p.k 1+130 al p.k. 1+529, de 399 metros de longitud.

• Dos tramos antiguos de la carretera EP-5003 A Cañiza-Arbo, situados en el p.k. 8+500, margen izquierda, y después del p.k. 12+355, tras el cruce con la PO-400, de 83 y 116 metros de longitud respectivamente.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por el servicio competente, indica que los tramos de las carreteras EP-5202, EP-5203 y EP-5003 cumplen con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estes solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos que proporcione un nivel de servicio al menos equivalente, a través de la red de carreteras de la Administración cedente o de la red de carreteras de titularidad de administraciones de mayor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día uno de junio de dos mil veintitrés,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad de los siguientes tramos, de trazado actual y antiguo, de las carreteras EP-5202, EP-5203 y EP-5003 a favor del Ayuntamiento de Arbo:

Carretera

Denominación de la carretera

p.k.i

p.k.f

Long. (km)

Tramo final de la EP-5202

Arbo-embarcadero

1+030

1+165

0,135

Tramo final de la EP-5203

PO-400-estación

1+130

1+529

0,399

Denominación de la carretera

p.k.i

Long. (km)

Tramos antiguos de la EP-5003 A Cañiza-Arbo

8+500 ME de la EP-5003

0,083

Después del 12+355 de la EP-5003 (tras el cruce con la PO-400)

0,116

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 3

Corresponderán al Ayuntamiento de Arbo, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular.

Disposición final

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, uno de junio de dos mil veintitrés

Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad