Con motivo de la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, a causa de un viaje a Panamá, Venezuela y México, es necesario proveer su sustitución durante el tiempo de duración de esta.
Por lo tanto, en uso de las atribuciones que me confiere el artículo 26.7 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, reguladora de la Xunta y de su Presidencia, y conforme a lo establecido en el Decreto 60/2022, de 15 de mayo, por el que se nombra a los titulares de las vicepresidencias y consellerías de la Xunta de Galicia,
DISPONGO:
Artículo único
Durante la ausencia del presidente de la Xunta de Galicia, con motivo de su viaje a Panamá, Venezuela y México, se encarga el despacho de los asuntos de la Presidencia, hasta su regreso, al vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación.
Santiago de Compostela, once de abril de dos mil veintitrés
Alfonso Rueda Valenzuela
Presidente