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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 68 Lunes, 10 de abril de 2023 Pág. 22684

III. Otras disposiciones

Consellería de Sanidad

RESOLUCIÓN de 27 de marzo de 2023 por la que se da publicidad a la encomienda a la Agencia Gallega de Infraestructuras para la gestión de las actuaciones para la redacción del proyecto y la ejecución de las obras de construcción del nuevo centro de salud en el ayuntamiento de Meis (Pontevedra).

De conformidad con lo previsto en el artículo 9 de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, de organización y funcionamiento de la Administración general y del sector público autonómico de Galicia, se da publicidad a la Resolución de la Consellería de Sanidad, de 22 de marzo de 2023, por la que se encomienda a la Agencia Gallega de Infraestructuras la gestión de las actuaciones para la redacción del proyecto y la ejecución de las obras de construcción del nuevo centro de salud de Meis (Pontevedra).

– Actividades a realizar por la Agencia Galega de Infraestructuras:

1. La dirección de la redacción del proyecto con base en el plan funcional redactado por el Servicio Gallego de Salud, así como la supervisión y aprobación técnica del proyecto.

2. Realizar los actos y negocios jurídicos propios de la preparación, selección de contratista, adjudicación y ejecución de los contratos que sean precisos para cumplir el objeto del encargo y, en concreto, los de redacción de proyecto, obra, dirección de la obra, dirección de ejecución material y coordinación de seguridad y salud.

3. Con base en lo establecido en el artículo 62 de la LCSP, asumir la función del responsable del contrato, para lo que el órgano de contratación designará a una persona física o jurídica vinculada a esta Agencia, a quien corresponderá supervisar su ejecución, adoptar las decisiones y dictar las instrucciones necesarias con el fin de asegurar la correcta realización de la prestación pactada, dentro del ámbito de facultades que el órgano de contratación le atribuya.

4. Convocar al Servicio Gallego de Salud para que designe una persona representante, que asistirá al acto de recepción de las obras, en que se llevará a cabo su entrega.

5. Cualquier competencia que le corresponda en virtud de la normativa de aplicación.

La Agencia, en el desarrollo de la actividad encomendada, seguirá las directrices e instrucciones de la Consellería de Sanidad y del Servicio Gallego de Salud, a los que corresponden los poderes de verificación y control de la encomienda.

– Naturaleza y alcance de la gestión encomendada: la encomienda tiene naturaleza de encargo a medio propio, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 47 y siguientes de la Ley 16/2010, de 17 de diciembre, y en el artículo 13 de la Ley 14/2013, de 26 de diciembre, de racionalización del sector público autonómico. Tal condición de medio propio viene contemplada en el artículo 5 del Decreto 112/2015, de 31 de julio, por el que se crea la Agencia Gallega para la Gestión del Conocimiento en Salud y se aprueban sus estatutos.

– Plazo de vigencia: desde el día siguiente al de su firma hasta la fecha de finalización del plazo de garantía de la obra.

Santiago de Compostela, 27 de marzo de 2023

Julio García Comesaña
Conselleiro de Sanidad