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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 56 Martes, 21 de marzo de 2023 Pág. 19406

III. Otras disposiciones

Consellería del Medio Rural

ORDEN de 20 de marzo de 2023 por la que se aprueba, con carácter definitivo, el trámite de información pública y el proyecto de construcción y se declara, en concreto, la utilidad pública y la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos afectados por la construcción de una base de medios aéreos transfronteriza, en el marco del proyecto Interlumes, en los ayuntamientos de Verín y Oímbra.

La Consellería del Medio Rural, a través de la Dirección General de Defensa del Monte, es beneficiaria principal del proyecto Interlumes, dentro del Programa de cooperación Interreg V-A España-Portugal (POCTEP) 2014-2020.

El objetivo del proyecto Interlumes es reforzar la capacidad operativa de respuesta a la extinción de incendios forestales en la frontera hispano-lusa, fundamentalmente a través de la construcción de la primera base de medios aéreos transfronterizos, que permitirá dar una respuesta más ágil y eficaz en la lucha contra el fuego.

Mediante la Resolución de la Dirección General de Defensa del Monte, de 20 de septiembre de 2022, se aprobó provisionalmente el proyecto de construcción acompañado de la relación de parcelas necesarias para su construcción.

El día 4 de noviembre de 2022 se publicó en el Diario Oficial de Galicia, número 210, el Anuncio de 26 de octubre de 2022 por el que se somete la información pública el proyecto de construcción de la base aérea, así como la relación individual de bienes, derechos y personas propietarias afectados por el referido proyecto.

Esta base aérea se proyecta en los ayuntamientos de Verín y Oímbra y contempla la construcción de un aeródromo con una pista de 1.220 m de longitud y 80 m de ancho, con aparcamiento para seis aeronaves de carga en tierra y preparada para operar aviones tipo Canadair 215; un helipuerto con estacionamiento para cuatro helicópteros; instalaciones de carga de combustible y agua; torre de control; edificaciones para las tripulaciones y las brigadas helitransportadas; servicios generales (accesos, aparcamientos, abastecimiento, saneamiento, energía eléctrica) y cerramiento.

En la Comunidad Autónoma de Galicia, la competencia para la declaración de urgente ocupación a efectos de la construcción de infraestructuras preventivas para la defensa contra los incendios forestales está regulada por la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia, que establece en el artículo 18.5 que se declaran de utilidad pública las infraestructuras y los equipamientos preventivos vinculados a la defensa y lucha contra los incendios forestales, a efectos de la expropiación forzosa de los bienes y derechos necesarios para su construcción e instalación. Indica, asimismo, que será la dirección general competente por razón de la materia quien elaborará el proyecto, acompañado de la relación individualizada de bienes y derechos que se estimen de necesaria expropiación; que se solicitarán los informes sectoriales afectados y se someterá a información pública y que, concluida esta tramitación, la persona titular de la consellería competente acordará la declaración de utilidad pública, sin perjuicio de la competencia del Consello de la Xunta en caso de oposición por parte de otros organismos sectoriales.

La declaración de utilidad pública conllevará la necesidad de ocupación de los bienes y adquisición de los derechos afectados y la imposición de servidumbres de paso de energía y otras necesarias para la ejecución del proyecto, permitiendo iniciar el procedimiento para su urgente ocupación a efectos de lo previsto en la legislación de expropiación forzosa.

De acuerdo con lo expuesto, a propuesta del director general de Defensa del Monte y haciendo uso de las atribuciones que me confiere la Ley 3/2007, de 9 de abril, de prevención y defensa contra los incendios forestales de Galicia,

DISPONGO:

Artículo 1. Aprobación del proyecto de construcción

Aprobar, con carácter definitivo, el trámite de información pública y el proyecto de construcción de la base aérea transfronteriza en los ayuntamientos de Verín y Oímbra.

Artículo 2. Declaración de utilidad pública

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la urgente ocupación, a efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concreten en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario practicar para la ejecución del proyecto de construcción de una base de medios aéreos transfronteriza, en el marco del proyecto Interlumes, en los ayuntamientos de Verín y Oímbra.

Disposición final primera. Habilitación

La persona titular de la Dirección General de Defensa del Monte dictará las resoluciones precisas y promoverá los trámites administrativos necesarios para la ejecución del expediente de expropiación forzosa.

Disposición final segunda. Entrada en vigor

Esta orden entra en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 20 de marzo de 2023

José González Vázquez
Conselleiro del Medio Rural