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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Jueves, 22 de diciembre de 2022 Pág. 65067

III. Otras disposiciones

Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

RESOLUCIÓN de 13 de diciembre de 2022 por la que se declara de interés gallego y se ordena la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Denis Suárez.

Examinado el expediente de declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Denis Suárez, se dicta esta resolución basada en los hechos y fundamentos de derecho que se exponen a continuación:

Hechos:

1. El 3 de octubre de 2022, Denis Suárez Fernández, presidente del patronato de la Fundación, presentó solicitud de clasificación, declaración de interés gallego y su correspondiente inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego.

2. La Fundación Denis Suárez la constituyó Denis Suárez Fernández, mediante escritura pública otorgada el 21 de septiembre de 2022, ante el notario de Vigo (Pontevedra) José María Rueda Pérez, con número de protocolo 2.598.

3. La Fundación, según el artículo 6 de sus estatutos, tiene por objeto «la promoción de la actividad deportiva en el ámbito del fútbol principalmente en Galicia y, en particular, la promoción del deporte de base y de la educación en general, con el fin de la formación permanente de una cantera en las categorías biberón hasta el juvenil de fútbol que fomente el mayor éxito posible en la carrera deportiva de los jugadores».

4. En la escritura de constitución de la Fundación constan los puntos relativos a la identificación de las personas fundadoras; su capacidad y voluntad de constituirla como de interés gallego, conforme a los preceptos de la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego; la dotación, sus estatutos y la composición del patronato inicial.

5. En los estatutos de la Fundación consta su denominación y naturaleza; su finalidad y las principales actividades para su cumplimiento; su domicilio y ámbito de actuación; las reglas para la aplicación de sus recursos para cumplir los fines fundacionales y para la determinación de las personas beneficiarias; la composición y las normas de funcionamiento del patronato; y las causas de disolución y el destino de los bienes y derechos resultantes de su liquidación.

6. El patronato inicial de la Fundación está formado por Denis Suárez Fernández, como presidente; Ramón Suárez Vaqueiro, como vicepresidente, y Miguel Ángel Capón Sánchez, como secretario.

7. La Comisión integrada por los secretarios generales técnicos de todas las consellerías elevó al vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes propuesta de clasificación como de interés deportivo de la Fundación Denis Suárez, según sus fines fundacionales, por lo que, cumpliéndose los requisitos exigidos en la Ley 12/2006 y de conformidad con lo establecido en los artículos 51 del Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego; y 7 del Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, el protectorado de la Fundación será ejercido por la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

8. De conformidad con esta propuesta, por la Orden de 23 de noviembre de 2022 de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, se clasificó de interés deportivo la Fundación Denis Suárez y se adscribió a esta misma Vicepresidencia a los efectos del ejercicio de las funciones de protectorado.

Fundamentos de derecho:

Primero. El artículo 34 de la Constitución española reconoce el derecho de fundación para fines de interés general, y el artículo 27.26 del Estatuto de autonomía de Galicia establece que es competencia exclusiva de la Comunidad Autónoma gallega el régimen de las fundaciones de interés gallego.

Segundo. De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 7.2 del Decreto 15/2009 en relación con el Decreto 117/2022, de 23 de junio, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, corresponde a esta Vicepresidencia la declaración de interés gallego mediante resolución publicada en el Diario Oficial de Galicia y la inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Denis Suárez, así como el ejercicio de las funciones de protectorado y las demás que correspondan a la Xunta de Galicia de conformidad con lo indicado en dicho reglamento.

Tercero. A la vista de lo dispuesto en la Ley 12/2006 y en los decretos 14/2009 y 15/2009, y previa emisión del reglamentario informe de idoneidad de los fines y de adecuación y suficiencia de la dotación, resultan cumplidos los requisitos establecidos por la normativa vigente para la declaración de interés gallego e inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego de la Fundación Denis Suárez, por lo que

RESUELVO:

1. Declarar de interés gallego a la Fundación Denis Suárez.

2. Ordenar su inscripción en el Registro de Fundaciones de Interés Gallego, Sección de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

3. Esta fundación queda sometida a lo dispuesto en la Ley 12/2006, de 1 de diciembre, de fundaciones de interés gallego, al Decreto 14/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de fundaciones de interés gallego, y al Decreto 15/2009, de 21 de enero, por el que se aprueba el reglamento del Registro de Fundaciones de Interés Gallego, así como a la demás normativa que resulte de aplicación, donde se establecen especialmente las obligaciones de dar publicidad suficiente de su objeto y actividades y la ausencia de ánimo de lucro en la prestación de sus servicios, así como la presentación anual de la documentación contable y plan de actuación ante el protectorado, que será ejercido por la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes.

Contra esta resolución, que no pone fin a la vía administrativa, se puede interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Presidencia, Justicia y Deportes, en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación, según los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Santiago de Compostela, 13 de diciembre de 2022

Elena Muñoz Fonteriz
Secretaria general técnica de la Vicepresidencia Segunda
y Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes