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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 146 Martes, 2 de agosto de 2022 Pág. 42430

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia Primera y Consellería de Economía, Industria e Innovación

RESOLUCIÓN de 20 de mayo de 2022, de la Jefatura Territorial de Ourense, por la que se conceden las autorizaciones administrativas previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de O Carballiño (expediente IN407A 2022/69-3).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de la autorización administrativa de construcción de las instalaciones eléctricas que a continuación se describen, tal y como se recogen en el proyecto firmado por la ingeniera técnica industrial Eva Pérez Boullón, colegiada núm. 2790 del COITI-Santiago, quien aporta declaración responsable que acredita su habilitación y competencia, firmada en fecha 10.5.2022.

Solicitante: Papeles y Desarrollos, S.L. (Paydes) CIF: B32401846.

Domicilio: calle Curros Enríquez, 1, 8º, 32003 Ourense.

Denominación: LMTS, derivada de la CNO808, y CS de compañía, en el polígono industrial A Uceira-O Carballiño, parcela número 14.

Situación: ayuntamiento de O Carballiño (Ourense).

Presupuesto: 55.984,93 €.

Características técnicas:

– LMTS a 20 kV, derivada de la CNO808, de alimentación a centro de seccionamiento (CS) proyectado, en conductor tipo RHZ1-2 OL 12/20 kV 3×(1×240) mm² Al, de 115 m de longitud, con inicio en punto de acceso a la red situado entre la subestación de O Carballiño (CNO) y el CT 32SHP5 y final con E/S en CS proyectado.

– Centro de seccionamiento (CS), situado próximo a CT particular, en edificio prefabricado de hormigón, tipo CMS, con conjunto 3 celdas de línea de entrada, de salida y de cliente (2 telecontroladas -salida de línea y de cliente-), y celda de protección con trafo de tensión para alimentación de SS.AA.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, y en el capítulo II, título VII, del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica, y en la Resolución de la Consellería de Economía e Industria, de 19 de febrero de 2014, por la que se aprueba el procedimiento de autorización administrativa de construcción (DOG núm. 54, de 19 de marzo), así como en la Ley 9/2021, de 25 de febrero, de simplificación administrativa y de apoyo a la reactivación económica de Galicia (DOG núm. 39, de 26 de febrero), esta jefatura territorial resuelve:

Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción a dichas instalaciones, cuyas características se ajustarán en todas sus partes al proyecto arriba señalado y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de las concesiones y autorizaciones que sean necesarias, de acuerdo con otras disposiciones que resulten de aplicación y, en especial, las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Las instalaciones del presente proyecto son de cesión obligatoria para formar parte de la red de distribución, por lo que los trámites de autorización de explotación y puesta en servicio serán realizados directamente con la empresa distribuidora, siguiendo para eso el procedimiento previsto en el artículo 132 del citado Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será seis meses, contado a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente primero y conselleiro de Economía, Industria e Innovación en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Ourense, 20 de mayo de 2022

Pablo Fernández Vila
Jefe territorial de Ourense