Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 94 Lunes, 16 de mayo de 2022 Pág. 28670

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 61/2022, de 5 de mayo, por el que se aprueba el cambio de titularidad de la carretera provincial LU-P-5102 N-VI-estación de Rábade, a favor del Ayuntamiento de Rábade.

Según lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de las mismas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de las mismas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El Pleno de la Diputación Provincial de Lugo, en fecha 28.9.2021, propone la solicitud del cambio de titularidad del tramo urbano de la red viaria provincial que, situada en el término municipal de Rábade, coincide con la calle Músico Crisanto, bajo la denominación LU-P-5102 a la estación de Rábade. Dicha carretera cuenta con una longitud de 184 metros y presenta un firme formado por adoquines de granito, con anchura media de 12 metros, contando con aceras y red de drenaje subterráneo. El estado que presenta es bueno.

El Ayuntamiento de Rábade, en sesión ordinaria celebrada el 13.12.2021, aceptó la transferencia de la carretera provincial LU-P-5102 N-VI-estación de Rábade.

La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, indica que la carretera LU-P-5102 N-VI-estación de Rábade cumple con lo estipulado en el apartado 11 del artículo 18 del Reglamento general de carreteras de Galicia, relativo a los cambios de titularidad de tramos de carreteras a favor de administraciones de menor ámbito territorial, según el cual estos solo se llevarán a cabo cuando se trate de tramos terminales o cando no impliquen la interrupción de ninguno de los itinerarios de los que forme parte sin que exista una alternativa viaria, existente o planificada, para todos ellos, que proporcione un nivel de servicio al menos equivalente, a través de la red de carreteras de la Administración cedente o de la red de carreteras de titularidad de administraciones de mayor ámbito territorial, por lo que se formula la propuesta favorable a la transferencia de titularidad del tramo que se define en el artículo 1.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad en funciones, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día cinco de mayo de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Rábade de la carretera LU-P-5102:

Denominación

p.k.i

Coordenadas UTM (ETRS89) huso 29

p.k.f

Coordenadas UTM (ETRS89) huso 29

Long. (m)

LU-P-5102

N-VI-estación de Rábade

0+000

X = 611.694

Y = 4.775.069

0+184

X = 611.834

Y = 4.775.188

184

Artículo 2

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formali-zará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre Ayuntamiento y Diputación.

Artículo 3

Corresponderán al Ayuntamiento de Rábade, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación del vial, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corres-ponderle como nueva Administración titular de la carretera.

Disposición final

El presente decreto surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, cinco de mayo de dos mil veintidós

Alberto Núñez Feijóo
Presidente en funciones

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad en funciones