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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 85 Martes, 3 de mayo de 2022 Pág. 26396

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 49/2022, de 21 de abril, por el que se declara, en concreto, la utilidad pública y se dispone la urgente ocupación de los bienes y derechos afectados por el proyecto de construcción del acondicionamiento de la LU-710, puntos kilométricos 0+000-4+500, de clave LU/17/103.10, en el ayuntamiento de Baralla (Lugo).

Antecedentes:

Primero. En fecha 21 de mayo de 2021 se publicó en el Diario Oficial de Galicia núm. 94 el Anuncio de 3 de mayo de 2021 por el que se somete al trámite de información pública el proyecto de construcción de acondicionamiento de la LU-710, p.k. 0+000- 4+500, de clave LU/17/103.10, así como la relación individual de bienes, derechos y propietarios afectados por el proyecto referido.

Segundo. Tras el análisis de los informes, alegaciones y certificados presentados, el 4 de febrero de 2022 se aprobó el expediente de información pública y el proyecto de construcción de acondicionamiento de la LU-710, p.k. 0+000-4+500, de clave LU/17/103.10.

La actuación tiene por objeto la mejora de la seguridad vial en la carretera LU-710, desde la intersección con la N-VI (p.k. 0+000) hasta el enlace con la A-6, una vez cruzado el río Neira, en el término municipal de Baralla (Lugo), completando el acondicionamiento del trazado en la longitud total de la citada carretera.

Las actuaciones principales son las siguientes: ampliación de la carretera a una calzada de dos carriles de 3 m con arcenes de 0,50 m, mejora de curvas y disposición de sobreanchos, mejora de la intersección con la N-VI, rehabilitación del firme e implantación de paradas de bus.

La competencia para la ejecución de la expropiación forzosa, en el ámbito de las carreteras no incorporadas a la red del Estado, con itinerarios que se desarrollen íntegramente en su territorio, corresponde a la Comunidad Autónoma de Galicia, al amparo del punto dos del artículo 28 del Estatuto de autonomía de Galicia, aprobado por la Ley orgánica 1/1981, de 6 de abril.

Corresponde al Consello de la Xunta de Galicia, como órgano equivalente al Consejo de Ministros, en el ámbito de la Administración autonómica, el reconocimiento concreto de la utilidad pública y la declaración de urgente ocupación de los bienes afectados por la expropiación a que dé lugar la realización de la obra, según lo previsto en los artículos 10 y 52 de la Ley de 16 de diciembre de 1954, de expropiación forzosa.

En su virtud, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad y previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia en su reunión del día veintiuno de abril de dos mil veintidós,

DISPONGO:

Artículo único

Declarar, en concreto, la utilidad pública y la necesidad de urgente ocupación, a los efectos de expropiación forzosa, de los bienes y derechos que se concretan en el expediente administrativo instruido, así como en cualquiera de las modificaciones que sea necesario realizar para la ejecución del proyecto de construcción de acondicionamiento de la LU-710, p.k. 0+000-4+500, de clave LU/17/103.10.

Vigo, veintiuno de abril de dos mil veintidós

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel María Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad