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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 77 Viernes, 22 de abril de 2022 Pág. 24653

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 4 de abril de 2022, de la Jefatura Territorial de Lugo, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Lugo (expediente IN407A 2021/114 AT).

Visto el expediente para otorgamiento de la autorización administrativa previa y de construcción de la instalación eléctrica que a continuación se cita:

Solicitante: Begasa.

Domicilio social: calle Aller Ulloa, 9.

Denominación: soterramiento DC Ceao 1-2 Polígono Ceao-Zona norte.

Situación: ayuntamiento de Lugo.

Características técnicas principales:

• LMT subterránea Ceao 1, con origen en una celda existente en la subestación Ceao, entra y sale en el CS proyectado Morbidell Galicia, entra y sale en el CS proyectado Estación Mercancías y termina en un empalme con la LMT existente Ceao 1 dirección CT 1871 Rúa das Comunicacións, con una longitud de 680 metros, en conductor RHZ1-240 mm.

• LMT subterránea Ceao 2, con origen en una celda existente en la subestación Ceao hasta el centro de transformación proyectado Rúa dos Transportes, del cual sale una línea subterránea hasta el CT 1415 Rúa do Vidro y una línea subterránea a conexionar mediante un empalme en la línea subterránea existente dirección CS Ingapan, con una longitud de 885 metros, en conductor RHZ1-240 mm.

• LMT subterránea Morbidell Galicia, consistente en el desplazamiento del conductor existente en conversión aéreo a subterránea a conectar en la celda del centro de seccionamento proyectado, en edificio prefabricado 2L+1V (interruptor automático para CT 7081 Morbidell Galicia 1), con una longitud de 8 metros, conductor RHZ1-95.

• LMT subterránea Estación Mercancías, consistente en el desplazamiento del conductor existente en conversión aérea a subterránea a conectar en la celda del centro de seccionamiento proyectado, en edificio prefabricado 2L+1P (CT 9819 E. Mercancías), con una longitud de 8 metros, conductor RHZ1-95.

• LMT subterránea Cromados Estévez consistente en el desplazamiento del conductor existente desde el centro de transformación 14210 Ceao 4, a desmontar, y su conexión en la celda del centro de transformación proyectado prefabricado 3L+1P+1V (interruptor automático para CT 11563 Cromados Estévez).

• Centro de seccionamiento Morbidell Galicia en edificio prefabricado, en el cual se instalan dos celas de línea y una de interruptor automático.

• Centro de seccionamiento Estación de Mercancías en edificio prefabricado, en el cual se instalan dos celdas de línea y una de protección.

• Centro de transformación en edificio prefabricado Rúa dos Transportes, con una potencia de 630 kVA (transformador recuperado del CT 14210 Ceao 4, a desmontar) en el cual se instalan tres celdas de línea, una de protección de transformador y una de interruptor automático para CT 11563 Cromados Estévez.

Finalidad de la instalación: mejora del suministro.

Presupuesto: 270.902,24 euros.

Documentación complementaria:

• Separata para el Ayuntamiento de Lugo.

Esta jefatura territorial, de acuerdo con las competencias que resultan del Decreto 230/2020, de 23 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica de la consellería, y teniendo en cuenta el Decreto 9/2017, de 12 de enero, sobre órganos competentes para autorización de instalaciones eléctricas en la Comunidad Autónoma de Galicia, resuelve:

En relación con la instalación de alta tensión, conceder la autorización administrativa previa y de construcción a dichas instalaciones, sin perjuicio de terceros y con independencia de las autorizaciones que sean necesarias para la ejecución de la obra por parte de otros órganos de la Administración, condicionado al cumplimiento de las siguientes condiciones:

Primera. Las instalaciones deberán ajustarse en su ejecución a lo dispuesto en el citado proyecto de ejecución, debiendo realizar la dirección de obra un técnico competente.

Segunda. La peticionaria asegurará el mantenimiento y vigilancia de las instalaciones durante la construcción y después de su puesta en servicio, con el fin de garantizar que en todo momento se mantendrán las condiciones reglamentarias de seguridad.

Tercera. En todo momento deberán cumplirse las normativas y directrices vigentes que sean de aplicación, en particular cuanto establece la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico, el Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias, el Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias.

El plazo de puesta en marcha de las instalaciones que se autorizan será de doce meses, a contar a partir de la fecha de la última autorización administrativa necesaria para su ejecución.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución; también se podrá interponer cualquier otro recurso que se estime pertinente en derecho.

Lugo, 4 de abril de 2022

Gustavo José Casasola de Cabo
Jefe territorial de Lugo