A efectos de dar cumplimiento a lo solicitado por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra, en relación con el procedimiento abreviado número 20/2022, interpuesto por la persona con DNI 34872094T, contra la resolución desestimatoria dictada por el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística en el recurso de reposición, interpuesto contra la Resolución dictada el 13 de agosto de 2015 (expediente PON/380/2014), en la que se declara que las obras consistentes en la construcción de una edificación auxiliar destinada a usos residenciales, en el lugar de Puzo, A Chaira, ayuntamiento de Ponteareas, parcela catastral 36042A058001770001FR, non son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y se ordena la demolición de las obras, la reposición de los terrenos afectados al estado anterior al inicio de las obras, así como el cese definitivo de los usos a los que diesen lugar, esta dirección resolvió ordenar la remisión del correspondiente expediente al Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Pontevedra.
Al no poder realizarse la notificación personal del emplazamiento, mediante la presente cédula (que al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas –LPACAP–, se le notifica por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado) se emplaza a la persona con DNI 53176711K para que pueda presentarse como interesada en los autos en el plazo de nueve días, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 49.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.
Santiago de Compostela, 21 de febrero de 2022
Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística