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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 42 Miércoles, 2 de marzo de 2022 Pág. 15041

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística

ANUNCIO de 16 de febrero de 2022 por el que se notifica la resolución del expediente de reposición de la legalidad urbanística COR/97/2020-RP1.

El director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, el día 14 de febrero de 2022, dictó resolución por la que se declara que las obras consistentes en una construcción con tipología de vivienda unifamiliar, de tres plantas (la planta inferior y la intermedia con una superficie aproximada por planta de 108,08 m² y la planta bajo cubierta con una superficie aproximada de 134,54 m²), sitas en el lugar de Pena de Arán, parroquia de Touro, en el término municipal de Touro, provincia de A Coruña (parcela catastral 15086A516003430000UE), no son legalizables por ser incompatibles con el ordenamiento urbanístico y ordena su demolición.

Al no poder realizarse la notificación personal de esta resolución a la persona titular del documento nacional de identidad 36071020-M, mediante este anuncio, y al amparo de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, se notifica a la persona interesada dicha resolución por medio de un anuncio publicado en el Boletín Oficial del Estado.

Teniendo en cuenta que, en atención a lo previsto en el artículo 46 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, el acto no se publica en su integridad, se hace saber a la persona interesada que el texto íntegro de la resolución que se notifica se encuentra a su disposición en las dependencias de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística sitas en el Edificio Witland, Salgueiriños, en Santiago de Compostela, para su consulta en el plazo de 10 días hábiles, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación de este anuncio en el Boletín Oficial del Estado. Transcurrido dicho plazo, la notificación se entenderá producida.

Contra dicha resolución, que pone fin a la vía administrativa, la persona interesada puede interponer recurso de reposición en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente a aquel en que se haya producido la notificación, ante el director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística, o bien, si no ejerce su derecho a presentar recurso potestativo de reposición, puede interponer directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo en cuya circunscripción radique el inmueble afectado, conforme a lo dispuesto en el artículo 14.1, regla tercera de la Ley 29/1998, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Para que conste, y sirva de notificación a la persona interesada en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, expido y firmo este anuncio.

Santiago de Compostela, 16 de febrero de 2022

Jacobo Hortas García
Director de la Agencia de Protección de la Legalidad Urbanística