Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 244 Miércoles, 22 de diciembre de 2021 Pág. 63514

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 11 de agosto de 2021, de la Jefatura Territorial de Pontevedra, de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica en el ayuntamiento de Cuntis (expediente IN407A 2021/101-4).

Visto el expediente para otorgamiento de autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción de una instalación eléctrica que a continuación se describe:

Solicitante: Electra Cuntiense, S.L.U.

Domicilio social: Balneario 1, 36670 Cuntis.

Denominación: LMTS Campo.

Situación: Cuntis.

Características técnicas: LMT subterránea a 20 kV, con conductor RHZ, de 1.070 metros de longitud, con origen en el centro de distribución Campo y final en el apoyo nº 8 de la LMT principal Campo-Arcos, el cual se sustituye por un apoyo C-2000/14. La instalación está situada en Campo y Porto de Gómez, en el municipio de Cuntis.

Cumplidos los trámites ordenados en la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico y en el capítulo II, del título VII del Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica y en Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia, DOG núm. 203, de 25 de octubre, esta jefatura territorial resuelve:

Conceder autorización administrativa previa y autorización administrativa de construcción para la referida instalación, cuyas características se ajustarán en todas sus partes a las que figuran en el proyecto de ejecución y a las condiciones técnicas y de seguridad establecidas en los reglamentos de aplicación, y en los condicionados establecidos por los ministerios, organismos o corporaciones que constan en el expediente.

Esta autorización se otorga sin perjuicio de terceros e independientemente de las autorizaciones, licencias o permisos de competencia municipal, provincial u otros necesarios para la realización de las obras de la instalación autorizada.

Contra la presente resolución, que no es definitiva en vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el vicepresidente segundo y conselleiro de Economía, Empresa e Innovación en el plazo de un mes, a contar a partir del día siguiente al de la notificación o publicación de esta resolución, conforme a lo establecido en el artículo 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, sin prejuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que consideren pertinente.

Pontevedra, 11 de agosoto de 2021

O xefe territorial de Pontevedra
P.A. (Decreto 230/2020, de 23 de diciembre;
DOG nº 5, de 11.1.2021, artículos 36.3 y 37.1)
Eugenio Fernández Piñeiro
Jefe del Servicio de Administración Industrial