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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Miércoles, 30 de junio de 2021 Pág. 33283

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Vicepresidencia segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación

RESOLUCIÓN de 7 de junio de 2021, de la Jefatura Territorial de A Coruña, por la que se concede la autorización administrativa previa y de construcción de una instalación de distribución eléctrica en el ayuntamiento de A Laracha (expediente-e IN407A 2021/34-1).

Expediente-e: IN407A 2021/34-1.

Promotora: Hidroeléctrica de Laracha, S.L.

Denominación de la instalación: LMT, CT y RBT Montesclaros.

Ayuntamiento: A Laracha.

Hechos:

1. El 18 de febrero de 2021, la empresa promotora solicitó la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción del proyecto de ejecución de la instalación de distribución eléctrica indicada.

Entregan el proyecto, que incluye memoria, planos y presupuesto, conforme establece el artículo 123 del Real decreto 1955/2000, que comprende los documentos siguientes:

– Proyecto de ejecución denominado: LMT, CT y RBT Montesclaros.

2. Se solicitó el preceptivo informe a las distintas administraciones, organismos o, en su caso, empresas de servicio público o de servicios de interés general afectadas, es decir, el Ayuntamiento de A Laracha, Patrimonio Cultural, Patrimonio Natural y el Servicio de Montes. La empresa promotora manifestó su conformidad con los condicionados establecidos.

3. Los servicios técnicos de la jefatura territorial emitieron un informe favorable sobre dicha solicitud.

Consideraciones legales y técnicas:

1) El jefe territorial es competente para resolver este expediente según lo establecido en el Decreto 9/2017, de 12 de enero, por el que se establecen los órganos competentes para la resolución de los procedimientos de autorización de instalaciones eléctricas que sean competencia de la Comunidad Autónoma de Galicia, y el artículo 39.a) del Decreto 230/2021, de 11 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Vicepresidencia Segunda y Consellería de Economía, Empresa e Innovación.

2) La legislación aplicable a este expediente es la que a continuación se relaciona:

a) La Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del sector eléctrico.

b) El Real decreto 1955/2000, de 1 de diciembre, por el que se regulan las actividades de transporte, distribución, comercialización, suministro y procedimientos de autorización de instalaciones de energía eléctrica.

c) El Real decreto 223/2008, de 15 de febrero, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en líneas eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-LAT 01 a 09.

d) El Real decreto 337/2014, de 9 de mayo, por el que se aprueban el Reglamento sobre condiciones técnicas y garantías de seguridad en instalaciones eléctricas de alta tensión y sus instrucciones técnicas complementarias ITC-RAT 01 a 23.

e) El Real decreto 842/2002, de 2 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento electrotécnico para baja tensión.

f) La Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia (DOG núm. 203, de 25 de octubre).

3) Las características técnicas de la instalación son las siguientes:

1. Desmontaxe de un tramo de la línea de media tensión aérea a CT Montesclaros (expediente: 52.080), en conductor desnudo de tipo LA-30, con una longitud de 155 metros.

En el apoyo existente nº 14-14 de tipo HV-13/1600, que ya está haciendo las funciones de final de línea, se realizará el paso de aéreo a subterráneo de la LMT subterránea proyectada, y se instalarán en él pararrayos autoválvulas de 18 kV/10 kA.

2. Nueva línea de media tensión subterránea en conductor de tipo RHZ1-12/20 kV, 3 (1×150 Al), que tendrá su inicio en el paso de aéreo a subterráneo a realizar en el apoyo nº 14-14 existente de tipo HV-13/1600 de la LMT a CT Montesclaros (expte. 52.080) y finalizará en el centro de transformación proyectado, siendo la longitud total de la línea de media tensión subterránea proyectada de 347 metros.

La línea proyectada discurrirá en zanja de dimensiones 0,50 metros de ancho y 1,20 metros de profundidad, canalizada en el interior de tubo de polipropileno de 160 mm de diámetro, instalándose otro tubo de similares características con el anterior a modo de reserva y un tubo de polipropileno de 125 mm de diámetro para comunicaciones, siendo la longitud total de la canalización proyectada de 329 metros.

3. Desmontaje del centro de transformación existente llamado Montesclaros (expte. 52.080), de tipo intemperie sobre pórtico formado por dos apoyos de hormigón, con transformador de 50 kVA.

4. Nuevo centro de transformación prefabricado de maniobra interior de tipo PFU-3, que irá ubicado en una parcela con acceso desde vial público de circulación, en el que se instalará un transformador de 50 kVA. Se instalarán dos celdas de línea (una de ellas de reserva) y una celda de protección para el transformador proyectado, todas ellas con aislamiento en SF6.

4) En el expediente consta un informe favorable de los servicios técnicos de esta jefatura territorial.

De acuerdo con todo lo expuesto,

RESUELVO:

1. Conceder la autorización administrativa previa y la autorización administrativa de construcción de la instalación de distribución eléctrica indicada.

2. La instalación se ejecutará en el plazo de un año, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial de Galicia.

3. Para la puesta en funcionamiento de la instalación autorizada, deberá presentar ante esta jefatura territorial una solicitud que se acompañará de la siguiente documentación:

I. Las declaraciones de conformidad relativas al material o equipo, y las certificaciones u homologaciones, si procede.

II. Un certificado del/de la director/a del montaje en el que se garantizará el cumplimiento de las especificaciones del proyecto y prescripciones complementarias, si las hubiere, así como de las reglamentaciones y normas oportunas en el montaje de la instalación y puesta a punto.

4. Esta aprobación se otorga sin perjuicio de otras que sean de aplicación según la legislación vigente, en especial las relativas a la ordenación del territorio y al medio ambiente.

Contra esta resolución, que no es definitiva en vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante el conselleiro de Economía, Empresa e Innovación, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de la notificación o publicación, según lo dispuesto en los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015), sin perjuicio de que los interesados puedan interponer cualquier otro recurso que se considere pertinente.

Mediante este documento se notifica a la empresa promotora esta resolución, según lo exigido en el artículo 40.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas (BOE núm. 236, de 2 de octubre de 2015).

A Coruña, 7 de junio de 2021

Isidoro Martínez Arca
Jefe territorial de A Coruña