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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 123 Miércoles, 30 de junio de 2021 Pág. 33253

IV. Oposiciones y concursos

Parlamento de Galicia

ACUERDO de 15 de junio de 2021, de la Mesa del Parlamento, por el que se anuncia la convocatoria para la realización de pruebas selectivas para ingresar por oposición libre en dos plazas de la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior y se aprueban las bases reguladoras del procedimiento de selección.

Primera. Normas generales

1.1. El objeto del proceso selectivo será cubrir dos (2) plazas de la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior del Parlamento de Galicia, correspondientes a la oferta de empleo público del ejercicio de 2021, mediante acceso libre.

1.2. El sistema selectivo será el de oposición.

1.3. Al proceso selectivo le será aplicable el Estatuto de personal del Parlamento de Galicia (DOG nº 248, de 26 de diciembre de 2007) y, supletoriamente, la Ley 2/2015, de 29 de abril, del empleo público de Galicia, el Real decreto legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto básico del empleado público (TRLEBEP), y las demás normas concordantes, así como lo dispuesto en esta convocatoria.

1.4. El nombramiento en el marco del Estatuto de personal del Parlamento de Galicia conferirá a las personas seleccionadas, a todos los efectos, el carácter de funcionario/a de carrera del cuerpo superior del Parlamento de Galicia desde la fecha de la toma de posesión, sin perjuicio de lo establecido en la base octava.

Segunda. Requisitos de las personas aspirantes

Para ser admitidas al proceso selectivo, las personas interesadas deberán poseer en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes, y mantener hasta el momento de la toma de posesión como funcionario/a, los siguientes requisitos:

2.1. Nacionalidad.

Podrán participar en el proceso selectivo:

a) Las personas de nacionalidad española.

b) Las personas nacionales de alguno de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Las personas nacionales de algún Estado en que, en virtud de los tratados internacionales suscritos por la Unión Europea y ratificados por España, sea aplicable la libre circulación de trabajadoras/es.

d) También podrán participar, cualquiera que sea su nacionalidad, los cónyuges de las personas de nacionalidad española y de las nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separadas de derecho. En iguales condiciones podrán participar sus descendientes y las/los de su cónyuge siempre que no estén separados de derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

2.2. Edad.

Haber cumplido los dieciséis años y no exceder de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.3. Titulación.

Estar en posesión o en condiciones de obtener el título de licenciado/a o grado en Filología o el título de licenciado/a o grado en Traducción, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

Las personas interesadas con formación o titulaciones obtenidas en el extranjero deberán acreditar que están en posesión de la correspondiente convalidación o de la credencial que acredite, en su caso, la homologación del título o de la formación. Este requisito no será de aplicación a las personas aspirantes que hayan obtenido el reconocimiento de su calificación profesional, en el ámbito de las profesiones reglamentadas, al amparo de las disposiciones de derecho de la Unión Europea.

2.4. Capacidad funcional.

No padecer enfermedad o discapacidad que impida el desempeño de las funciones y tareas correspondientes.

2.5. Habilitación.

No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona haya sido separada o inhabilitada.

En el supuesto de personas nacionales de otros Estados, no estar inhabilitada o en situación equivalente, ni haber sido sometida a sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los términos anteriores.

No podrán participar en el proceso selectivo las personas que ya pertenecen al cuerpo de funcionarios objeto de esta convocatoria.

2.6. Además de los requisitos anteriores, las personas que se presenten por la cuota de reserva de discapacidad tendrán que tener reconocida la condición legal de persona con discapacidad con un grado de discapacidad igual o superior al 33 %, en la fecha de publicación de esta convocatoria.

Tercera. Solicitudes

Las personas que deseen tomar parte en las pruebas selectivas deberán formular su solicitud según el modelo que figura en el anexo II de estas bases, que también estará disponible en la página web del Parlamento de Galicia (www.parlamentodegalicia.gal).

El plazo de presentación será de veinte días naturales (20), que se contarán a partir del siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Dentro del plazo que se señala en el párrafo anterior, las personas aspirantes deberán presentar su solicitud, dirigida a la Presidencia del Parlamento de Galicia, en la sede electrónica del Parlamento de Galicia (https://sede.parlamentodegalicia.gal).

Las solicitudes también se podrán presentar en el Registro General del Parlamento de Galicia, en la calle del Hórreo nº 63, 15701, Santiago de Compostela, o en la forma establecida en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3.1. Documentación.

– Modelo de solicitud según el anexo II, cumplimentado.

– Fotocopia del DNI.

– Justificante de haber abonado los derechos de examen o, en su defecto, en su caso, documentación acreditativa de encontrarse en alguna de las situaciones a que hace referencia esta convocatoria susceptibles de la exención del pago.

3.2. Derechos de examen.

El importe de los derechos de examen será de cuarenta y tres euros con treinta céntimos (43,30 €), que se abonarán mediante transferencia bancaria en la cuenta corriente ES 50 2080 0388 21 3110000502 en Abanca, en la cual se indicará: «Tasas selección CSETP» y el nombre y apellidos y DNI de la persona aspirante.

A las personas aspirantes excluidas del proceso selectivo se les devolverá el importe ingresado, siempre que lo soliciten en el plazo de un mes, contado desde la publicación de la relación definitiva de admitidos y excluidos en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia.

No obstante, estará exento del pago de la tasa de los derechos de examen quien esté incurso en alguna de las situaciones a que hace referencia la normativa vigente en materia de tasas de la Comunidad Autónoma de Galicia.

3.3. Discapacidades.

Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % podrán solicitar, si fuese necesario y justificado, posibles adaptaciones de tiempo y medios especiales para la realización de los ejercicios.

En su caso, deberán indicarlo en su solicitud, especificando claramente el tanto por ciento de discapacidad reconocida por el órgano competente y aportar con la solicitud la documentación acreditativa correspondiente. De formular la solicitud por sede electrónica, para compulsa de la documentación aportada se aplicará lo dispuesto en el párrafo final de la base 8.1.

Cuarta. Admisión de personas aspirantes

4.1. Una vez expirado el plazo de presentación de solicitudes, la Presidencia del Parlamento de Galicia aprobará las listas provisionales de personas aspirantes admitidas y excluidas a través de una resolución que será publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web del Parlamento de Galicia (www.parlamentodegalicia.gal), con las causas de las exclusiones, en su caso.

4.2. Las personas aspirantes excluidas inicialmente dispondrán de un plazo de diez días, contados a partir del siguiente al de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia, para poder alegar o subsanar, en su caso, el defecto que motivó la exclusión.

Las personas que, en el plazo señalado, no reparen la causa de exclusión o aleguen la omisión serán definitivamente excluidas de la participación en el proceso selectivo.

4.3. Transcurrido dicho plazo, la Presidencia dictará una nueva resolución por la que se aprobará la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, que se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web corporativa. La estimación o desestimación de las subsanaciones aportadas se entenderá implícita en esta resolución definitiva y su publicación servirá de notificación a quien hubiese presentado alegaciones.

El hecho de figurar en la relación de personas admitidas no prejuzga que se les reconozca a las personas interesadas la posesión de los requisitos exigidos en estas bases. Cuando de la documentación que deba presentarse, en el caso de superar el proceso selectivo, se desprenda que no posee alguno de los requisitos, la persona interesada decaerá en todos los derechos que puedan derivarse de su participación en este procedimiento.

Contra esta resolución podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante este órgano en el plazo de un mes, o bien podrá interponerse directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, contados ambos desde el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Quinta. Tribunal calificador

5.1. Composición.

El tribunal calificador del proceso será designado por la Presidencia del Parlamento de Galicia de acuerdo con la normativa reguladora de la función pública aplicable en esta materia. No podrá estar compuesto mayoritariamente por personal del cuerpo o escala de que se trate. Ninguna persona integrante tendrá titulación inferior a la exigida para la admisión a las pruebas. En su composición debe atenderse a los principios de imparcialidad y profesionalidad y a las normas de igualdad de mujeres y hombres.

La resolución del nombramiento será publicada en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web corporativa (www.parlamentodegalicia.gal).

El tribunal podrá acordar solicitar a la Oficialía Mayor la incorporación de asesores y asesoras especialistas para las pruebas correspondientes a los ejercicios que considere necesario, que se limitarán a prestar su colaboración en sus especialidades técnicas, y tendrán voz pero no voto. La designación de tales personas asesoras deberá comunicarse a la Presidencia del Parlamento de Galicia.

5.2. Abstención y recusación.

Los miembros del tribunal deberán abstenerse de intervenir o podrán ser recusados por cualquier persona interesada y, particularmente, por las personas aspirantes, cuando concurra alguno de los supuestos previstos en los artículos 23 y 24 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público, o si realizaron tareas de preparación de aspirantes relativas a procesos selectivos de acceso al cuerpo y escala a que corresponde la plaza objeto de esta convocatoria en los cinco años anteriores al de su publicación. En este caso, deberán comunicárselo a la Presidencia del Parlamento.

Cuando se produzca esta situación, y consecuentemente la vacante de un miembro del tribunal titular, su suplente cubrirá dicho puesto y la Presidencia designará a un nuevo o a una nueva suplente.

La persona que presida el tribunal, en la sesión de constitución, deberá hacer y solicitar a los demás miembros del tribunal y, en su caso, también a las personas asesoras previstas en la base 5.1 que hagan una declaración expresa de no encontrarse incursos en las circunstancias previstas en los párrafos anteriores.

5.3. Constitución y actuación.

El tribunal no podrá constituirse ni actuar sin la asistencia de la mayoría de sus miembros y será necesaria, en todo caso, la presencia del presidente o de la presidenta y del secretario o de la secretaria.

Las decisiones del tribunal se adoptarán por mayoría de los presentes.

Por cada sesión del tribunal se redactará el acta con la firma del secretario o secretaria y el visto bueno del presidente o presidenta.

Corresponden al tribunal calificador las funciones relativas a la determinación concreta del contenido de los ejercicios y la calificación de las personas aspirantes, así como, en general, la adopción de cuantas medidas sean precisas para el correcto desarrollo del proceso selectivo. El tribunal queda facultado para resolver todas las dudas que surjan en la interpretación y aplicación de las normas contenidas en las bases de la presente convocatoria, y para determinar la actuación procedente en los casos no previstos.

El tribunal adoptará las medidas oportunas que permitan que las personas aspirantes con alguna discapacidad que así lo hayan indicado en la solicitud puedan participar en las pruebas en igualdad de condiciones que el resto de las personas participantes.

En ningún caso el tribunal podrá aprobar ni declarar que superó el proceso selectivo un número superior de aspirantes al de plazas convocadas. Será nula de pleno derecho cualquier propuesta de selección que lo contravenga.

A efectos de comunicaciones y posibles incidencias, el tribunal calificador tendrá su sede en el domicilio oficial del Parlamento de Galicia, calle del Hórreo nº 63, 15701 Santiago de Compostela.

Sexta. Proceso de selección

El sistema de selección será el de oposición. Los temas que regirán las pruebas selectivas son los publicados como anexo I a estas bases.

Se tendrán en cuenta las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que, en la fecha de publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia del nombramiento del tribunal, estén publicadas oficialmente en el boletín o diario correspondiente, aunque su entrada en vigor esté diferida a un momento posterior. Las normas de derecho positivo relacionadas con el contenido del programa que hayan sido derogadas parcial o totalmente, en las condiciones temporales del párrafo anterior, serán automáticamente sustituidas por aquellas que procedan a su derogación parcial o total.

6.1. Ejercicios.

Las pruebas de la oposición consistirán en la realización de tres ejercicios obligatorios y eliminatorios.

6.1.1. Primer ejercicio (20 puntos).

Constará de dos partes:

Primera parte:

Consistirá en una prueba escrita en la que se contestará un cuestionario de diez (10) preguntas breves sobre los temas correspondientes al bloque A (lengua), con espacio de papel tasado para cada respuesta. Deberán contestarse todas ellas utilizando única y exclusivamente el espacio tasado destinado para ello, mediante recuadros, en la hoja u hojas del examen, y que se entregarán con las preguntas preimpresas. Cualquier otra hoja añadida o respuesta fuera del espacio de los recuadros no serán tenidas en cuenta. El tribunal establecerá el espacio concreto tasado de que dispondrán las personas aspirantes para contestar.

Las preguntas serán formuladas de forma suficientemente clara y fácilmente identificable, indicándose el tema del programa con el que se corresponden.

El tiempo máximo para realizar esta prueba será de dos (2) horas.

Segunda parte:

Consistirá en contestar por escrito un cuestionario de cincuenta (50) preguntas tipo test más cinco (5) preguntas de reserva para el caso de que se anulase alguna de las primeras, referidas a los temas correspondientes al bloque B (derecho) del programa.

Por cada pregunta se formularán cuatro respuestas alternativas, de las que solamente una de ellas será correcta. La puntuación que se otorgará a cada respuesta correcta será 0,20 puntos. De la puntuación total así obtenida se restarán 0,05 puntos por cada respuesta incorrecta. Las respuestas en blanco y aquellas que contengan más de una alternativa no se valorarán.

El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de una (1) hora.

Calificación del ejercicio:

– Cada una de las partes de que consta el ejercicio se puntuará de cero (0) a diez (10) puntos.

– Para superar el ejercicio es necesario alcanzar un mínimo de cinco (5) puntos en cada una de las partes.

– La calificación final del ejercicio será la suma de las puntuaciones alcanzadas en cada una de las partes de que consta.

6.1.2. Segundo ejercicio (20 puntos): solamente para las personas aspirantes que superen el primer ejercicio.

Las personas aspirantes deberán desarrollar por escrito dos (2) temas, que se elegirán entre cuatro (4), obtenidos mediante sorteo por el tribunal de entre los que forman el contenido de la parte del programa que figura como bloque A (lengua), de la siguiente forma:

– Un (1) tema que se elegirá entre dos (2) obtenidos por sorteo de los correspondientes al bloque A.1. Lengua general.

– Un (1) tema que se elegirá entre dos (2) obtenidos por sorteo de los correspondientes al bloque A.2. Lenguaje jurídico-administrativo y parlamentario.

El tribunal podrá acordar la lectura del ejercicio en audiencia pública. En caso de que así fuere, una vez desarrollado el primer tema o transcurridos diez minutos de exposición, el tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por considerar su actuación notoriamente insuficiente.

En caso de haberla, al finalizar la exposición el tribunal podrá dialogar con la persona aspirante sobre cuestiones relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos.

La no presentación a la lectura dará lugar a la exclusión del proceso de selección.

El tiempo máximo de duración de este ejercicio será de tres (3) horas.

Para calificar cada ejercicio el tribunal tendrá en cuenta:

a) El nivel de conocimiento de la materia que demuestra el ejercicio.

b) La economía expositiva, la capacidad de sistematización y la coherencia del discurso.

c) La corrección lingüística.

El tribunal podrá excluir a aquellas personas aspirantes que cometan errores muy graves en algunos de los apartados que se valoran.

Calificación del ejercicio:

– El ejercicio será calificado de cero (0) a veinte (20) puntos.

– Para superar el ejercicio es necesario obtener, como mínimo, diez (10) puntos.

6.1.3. Tercer ejercicio (40 puntos): solamente para las personas aspirantes que superen los dos ejercicios anteriores.

Constará de dos partes:

Primera parte:

Consiste en la revisión técnico-lingüística de un proyecto de ley redactado en gallego, propuesto por el tribunal, y en su posterior traducción al castellano, mediante la utilización de la aplicación de traducción automática que se pondrá a disposición de las personas aspirantes.

El tiempo máximo para la realización de esta parte es de cinco (5) horas. Para realizarla, en formato electrónico, las personas aspirantes podrán consultar las obras de carácter técnico y lexicográfico disponibles en red.

Para la calificación de esta parte del ejercicio el tribunal tendrá en cuenta:

a) La corrección del texto resultante en lengua gallega en los aspectos ortográfico, morfológico, sintáctico, léxico y semántico.

b) La precisión en el empleo de la terminología jurídica y técnica contenida en el texto resultante.

c) La economía, la claridad, la exactitud y la coherencia del texto resultante en tanto que texto normativo.

d) La corrección del texto resultante en lengua castellana en los aspectos ortográfico, morfológico, sintáctico, léxico y semántico.

e) La equivalencia exacta del texto en los dos idiomas en cuanto a su sentido y a su interpretación técnico-jurídica.

Segunda parte:

Consiste en la verificación y establecimiento definitivo del texto de una transcripción de un discurso oral propuesto por el tribunal. El ejercicio se realizará en formato electrónico, de forma que las personas aspirantes tendrán acceso al audio-vídeo de una intervención parlamentaria o de varios fragmentos de varias intervenciones parlamentarias y al texto en formato editable, sobre el cual deberán hacer todas las modificaciones que consideren necesarias para establecer el texto definitivo.

El tiempo máximo para realizar esta parte del ejercicio será de tres (3) horas.

El tribunal podrá determinar la realización de las dos partes del ejercicio en la misma sesión, sin perjuicio de que pueda disponer de una pausa entre una y otra, o en distintas sesiones.

Para calificar este ejercicio, el tribunal tendrá en cuenta: a) el ajuste del texto escrito resultante a la realidad del discurso oral correspondiente; b) la pertinencia de las correcciones hechas, de acuerdo con las instrucciones dadas a los aspirantes.

El tribunal podrá excluir a aquellas personas aspirantes que, a su juicio, cometan errores muy graves en alguna de las partes de que consta el ejercicio y en función de los criterios que se tienen en cuenta para calificar.

Este ejercicio será defendido por las personas aspirantes ante el tribunal en audiencia pública. Una vez defendida la primera parte de que consta el ejercicio o transcurridos diez minutos de exposición, el tribunal podrá decidir que la persona aspirante abandone la prueba por considerar su actuación notoriamente insuficiente.

Al finalizar la exposición, el tribunal podrá dialogar con la persona aspirante sobre cuestiones relacionadas con los temas expuestos durante un tiempo máximo de quince minutos.

La no presentación a la defensa del ejercicio dará lugar a la exclusión del proceso de selección.

Calificación del ejercicio:

– La primera parte del ejercicio se calificará de cero (0) a veintiséis (26) puntos.

– La segunda parte del ejercicio se calificará de cero (0) a catorce (14) puntos.

– Para superar el ejercicio es necesario alcanzar un mínimo de trece (13) puntos en la primera parte del ejercicio y siete (7) puntos en la segunda parte.

– La calificación final del ejercicio será la suma de las puntuaciones alcanzadas en cada una de las partes de que consta.

6.1.4. Desarrollo de los ejercicios.

El primer ejercicio deberá realizarse en el plazo máximo de cuarenta (40) días hábiles a contar desde el día siguiente al de la constitución del tribunal.

Entre la realización de un ejercicio y el siguiente deberán transcurrir un mínimo de 5 días hábiles.

La convocatoria de la realización de los sucesivos ejercicios será efectuada por el tribunal y se publicará en la página web del Parlamento de Galicia, al menos cuarenta y ocho horas antes de la fecha y hora señaladas para su inicio.

Las personas aspirantes deberán presentarse, para la realización de cada ejercicio, provistas del documento nacional de identidad o de un documento fehaciente acreditativo de su identidad, a juicio del tribunal. Asimismo, deberán llevar bolígrafo azul o negro.

Las personas aspirantes serán convocadas para cada ejercicio en un único llamamiento y será excluida de la oposición la persona que no comparezca.

Los ejercicios se realizarán a puerta cerrada sin otra asistencia que la de las personas aspirantes, los miembros del tribunal y los colaboradores y colaboradoras designados por este, en su caso.

Los ejercicios se distribuirán en gallego. Sin embargo, también se distribuirán en castellano a las personas aspirantes que así lo soliciten.

En cualquier momento las personas aspirantes podrán ser requeridas por el tribunal con la finalidad de acreditar su identidad.

En cualquier momento del proceso selectivo, si el tribunal tiene conocimiento de que alguna persona aspirante no cumple alguno de los requisitos exigidos por la convocatoria, previa audiencia de la persona interesada, deberá acordar proceder a su exclusión.

Los ejercicios realizados no llevarán ninguna marca o señal que permita identificar a su autor o autora. El tribunal facilitará a cada persona aspirante dos sobres para introducir de manera independiente el ejercicio realizado y la identificación de su autor o autora. Los sobres se cerrarán y se graparán conjuntamente delante de la persona interesada.

Las personas aspirantes no podrán acudir al recinto del examen provistas de teléfono móvil ni de objetos o demás dispositivos de carácter electrónico.

Al final de las pruebas que consistan en la contestación de un cuestionario, cada persona aspirante podrá anotar y llevarse la relación de sus respuestas.

6.1.5. Calificaciones.

Para respetar los principios de publicidad, transparencia, objetividad y seguridad jurídica que deben regir en el acceso al empleo público, el tribunal establecerá e informará a las personas aspirantes de los criterios de corrección, valoración y superación que no estén expresamente establecidos en las bases de esta convocatoria.

Las personas participantes pueden presentar, en los tres días hábiles siguientes a la realización de cada ejercicio, las reclamaciones que estimen oportunas referidas a las preguntas y a su contenido. Si el tribunal, de oficio o en base a alguna reclamación, anula alguna de las preguntas, se sustituirán por orden por las de reserva incluidas en el mismo cuestionario. Esta decisión se publicará junto con las calificaciones del ejercicio.

En el plazo de las veinticuatro horas siguientes a la realización de cada ejercicio tipo test se publicará su contenido y las respuestas correctas en el portal web corporativo.

Las calificaciones de cada uno de los ejercicios se publicarán en la página web del Parlamento de Galicia y en el tablón de anuncios de la Administración parlamentaria.

Se concederá un plazo de diez (10) días hábiles a efectos de alegaciones, que se contarán desde el día siguiente al de la publicación en la web del Parlamento de Galicia (www.parlamentodegalicia.gal) de la resolución del tribunal por la cual se hacen públicas las puntuaciones del correspondiente ejercicio.

Séptima. Lista de calificaciones finales

7.1. Una vez finalizada la corrección de la totalidad de los ejercicios, la resolución del tribunal con la relación de las personas aspirantes que superaron los tres ejercicios, con la puntuación total obtenida, se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web del Parlamento de Galicia.

Contra esta resolución las personas aspirantes podrán presentar alegaciones, que no tendrán el carácter de recurso, ante el tribunal calificador, en el plazo de diez (10) días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia. Tales alegaciones serán resueltas en la propuesta definitiva de las personas aspirantes que hayan superado el proceso selectivo.

El orden de prelación de las personas aspirantes vendrá determinado por la suma de las puntuaciones obtenidas en los ejercicios de la oposición. No podrá superar el proceso selectivo un número superior al de plazas convocadas.

En el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más personas aspirantes, los criterios para resolver esa situación serán, por este orden, los siguientes:

– La puntuación más alta en el tercer ejercicio.

– La puntuación más alta en el segundo ejercicio.

– La puntuación más alta en el primer ejercicio.

– La condición de género a favor de la mujer, al existir infrarrepresentación del sexo femenino.

– Por orden alfabético del primer apellido comenzando por la letra «P», de conformidad con el sorteo realizado y publicado en la web corporativa.

– Por sorteo entre las personas implicadas.

Transcurridos los diez días del plazo referido para presentar alegaciones contra la lista provisional y, en su caso, resueltas las alegaciones presentadas, el tribunal hará público, en los mismos lugares previstos en este apartado, la propuesta definitiva de las personas seleccionadas con las calificaciones obtenidas en cada una de las fases del proceso selectivo, y elevará a la Mesa del Parlamento una propuesta en favor de las personas aspirantes que hayan obtenido la mayor puntuación para su nombramiento como funcionarias de la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior del Parlamento de Galicia.

7.2. La Mesa del Parlamento adoptará el acuerdo de finalización del proceso selectivo y de aprobación de su resultado con el ingreso de las personas propuestas en la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior del Parlamento de Galicia, como personal funcionario de carrera. Este acuerdo se publicará en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web corporativa y será notificado a las personas seleccionadas.

Para asegurar la cobertura de las vacantes, si se produce la renuncia de las personas seleccionadas antes de su nombramiento o toma de posesión, se convocará a la siguiente persona de la lista por orden de puntuación para que ocupe su lugar. A estos efectos, tendrán la misma consideración que las renuncias los supuestos de personas aspirantes en la situación que se refiere en el último párrafo de la base octava de esta convocatoria.

Octava. Presentación de documentos

8.1. Las personas aspirantes que superen el proceso selectivo deberán presentar ante la Presidencia del Parlamento, siempre que no conste en poder de la Administración parlamentaria, en el plazo de veinte días naturales desde que se haga público el acuerdo de aprobación del proceso selectivo por parte de la Mesa del Parlamento de Galicia, la siguiente documentación:

a) Fotocopia compulsada del título exigido en la base 2.3 o certificación académica que acredite haber realizado todos los estudios para su obtención. En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero, deberán presentar credencial de su validación u homologación.

b) Declaración, bajo su responsabilidad, de no haber sido separado/a ni despedido/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial, para el acceso al cuerpo del que haya sido separado/a o inhabilitado/a, ni pertenecer al mismo cuerpo, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

En el supuesto de ser nacional de otro Estado, declaración responsable de no encontrarse inhabilitado/a o en situación equivalente, ni haber sido sometido/a a una sanción disciplinaria o equivalente que impida en el Estado de procedencia el acceso al empleo público en los mismos términos, según el modelo que figura como anexo III a esta convocatoria.

c) Informe sobre el estado de salud que acredite que la persona aspirante no padece enfermedad ni está afectada por limitación física o psíquica incompatible con el desempeño de las correspondientes funciones y tareas.

d) Las personas aspirantes con un grado de discapacidad igual o superior al 33 % que superen el proceso selectivo deberán, además, acreditar tal condición mediante certificación de los órganos competentes de la Consellería de Política Social y, en su caso, de la Administración competente.

En el caso de presentación por sede electrónica, la compulsa de los originales en papel debe ser electrónica, de acuerdo con el artículo 29 del Decreto 191/2011, de 22 de septiembre, de organización y funcionamiento de los registros de la Administración general y de las entidades públicas instrumentales de la Comunidad Autónoma de Galicia. Los documentos originales firmados electrónicamente serán válidos siempre que se mantengan en soporte electrónico. Los documentos electrónicos con código de verificación CSV serán válidos en cualquier soporte, pues a través del número de referencia podrá compararse con el original.

8.2. La persona que, dentro del plazo fijado, excepto en los casos de fuerza mayor libremente apreciados por la Presidencia, no presente la documentación o respecto de la cual, después de examinarla, se deduzca que no cumple alguno de los requisitos señalados en la base segunda, no podrá ser nombrada personal funcionario de carrera y quedarán anuladas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en que incurra por falsedad en la solicitud inicial. En este caso, se seguirá el procedimiento establecido en el párrafo final de la base séptima.

Novena. Nombramiento

Una vez acreditada la posesión de los requisitos exigidos, la persona seleccionada será nombrada personal funcionario de carrera por resolución de la Presidencia. Este nombramiento será notificado a la persona interesada y publicado en el Diario Oficial de Galicia, en el Boletín Oficial del Parlamento de Galicia y en la página web corporativa.

En el plazo de un mes, contado desde el día siguiente a la publicación, las personas nombradas deberán tomar posesión ante la Presidencia del Parlamento y realizar el juramento o promesa de acatamiento a la Constitución y al Estatuto de autonomía de Galicia, de obediencia a las leyes y de ejercer imparcialmente sus funciones.

Si no se hiciese efectiva la toma de posesión dentro del plazo establecido, por causa imputable a la persona interesada, se producirá el decaimiento de su derecho a adquirir la condición de personal funcionario de carrera en este proceso selectivo.

Décima. Lista de espera para sustituciones

Las personas incluidas en la lista definida en la base 7.1 que no hayan superado el proceso selectivo pasarán a formar parte de una lista de espera que se constituirá en el Parlamento de Galicia para cubrir las necesidades eventuales de personal que pudiesen surgir, en condición de personal funcionario interino vinculado al mantenimiento de las circunstancias por las que son nombradas.

Los requisitos para la elaboración de las listas serán:

1º. Superar, al menos, los dos primeros ejercicios.

2º. La puntuación total obtenida en los ejercicios superados en el proceso selectivo.

En el supuesto de empate en las puntuaciones de dos o más personas aspirantes, los criterios para resolver esa situación serán los establecidos en la base 7.1.

Decimoprimera. Cláusula final

Contra esta convocatoria, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer, potestativamente, recurso de reposición ante la Mesa del Parlamento de Galicia en el plazo de un mes contado desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia, o directamente recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de su publicación, según el artículo 10.1 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Santiago de Compostela, 16 de junio de 2021

Miguel Ángel Santalices Vieira
Presidente del Parlamento de Galicia

ANEXO I

Temario para ingresar por turno libre en la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior del Parlamento de Galicia

Bloque A. Lengua.

A.1. Lengua general (temas 1-31).

Tema 1. Las variedades y registros de la lengua. Variedades geográficas, históricas y sociales. Características morfológicas, sintácticas y léxicas. El concepto de estándar. El estándar como variedad supradialectal. Estándar y registros.

Tema 2. El proceso de estandarización en el gallego moderno. Situación actual. Los lenguajes de especialidad.

Tema 3. La autoridad lingüística en Galicia. La fijación de la norma lingüística: el concepto de norma; los límites de la prescripción normativa; las dificultades de definir la «corrección» lingüística. La planificación del corpus lingüístico del gallego en la etapa de la cooficialidad: cuestiones ortográficas, morfológicas y léxicas.

Tema 4. Las Normas ortográficas y morfológicas del idioma gallego. Principios y criterios inspiradores. La fijación ortográfica y morfológica. La fijación léxica. Palabras patrimoniales, cultas y semicultas. Principales desviaciones de la norma y su abordaje desde el punto de vista normativo.

Tema 5. Historia de la lengua (1). Origen del gallego. La romanización. Influencia de otras lenguas en la conformación del idioma. Voces patrimoniales, cultas y semicultas. Los préstamos antiguos. La lengua en la Edad Media. Los primeros textos. Características de la lengua medieval. La lengua del siglo XVI al XIX. Los siglos XVI y XVII. El siglo XVIII: la Ilustración. El siglo XIX: el Rexurdimento. Características de la lengua en esta etapa.

Tema 6. Historia de la lengua (2). La lengua en el siglo XX. La etapa de las Irmandades da Fala y de la Xeración Nós. La etapa de la posguerra. La normativización. La lengua en la actualidad. El marco legal. Estandarización y normalización.

Tema 7. Lenguas en contacto. La asimilación lingüística. Las interferencias lingüísticas y las alternancias de código. Principios de aplicación a la redacción de textos jurídico-administrativos en los dos idiomas oficiales.

Tema 8. Política lingüística en Galicia. Normativa europea, estatal y autonómica en materia de cooficialidad lingüística. Planes de normalización lingüística: formulación, desarrollo y resultados.

Tema 9. Fonemática. El sistema vocálico. El sistema consonántico. Fonética sintáctica: encuentros de fonemas en la palabra y en el sintagma. La sílaba. El acento en la palabra y en el grupo tonal. La entonación.

Tema 10. Ortografía. Reglas generales de acentuación. El acento en diptongos, triptongos e hiatos. El acento diacrítico y la anfibología. El acento en monosílabos y palabras compuestas. La doble acentuación. El acento en palabras de otros idiomas.

Tema 11. Signos de puntuación (1). La coma. Usos correctos e incorrectos. El punto. Usos correctos e incorrectos del punto. El punto y coma. Los puntos suspensivos. Los puntos de elisión. Los dos puntos.

Tema 12. Signos de puntuación (2) y otros signos auxiliares. Los paréntesis. Los corchetes. La raya. Las comillas. Los signos de interrogación y exclamación. El apóstrofo. La diéresis. El guion. La barra. La arroba.

Tema 13. La palabra y sus constituyentes. La formación de palabras: principales procedimientos. La derivación: sufijación, derivación regresiva, prefijación, parasíntesis... La composición. El truncamiento. La sintagmación.

Tema 14. El significado de la palabra. Denotación y connotación. El campo semántico. Sinonimia y antonimia; homonimia y polisemia. El eufemismo.

Tema 15. Terminología y enriquecimiento del léxico: principales mecanismos con que cuenta la lengua. Los neologismos. Tratamiento de los extranjerismos y de los préstamos. Especial referencia al portugués y al castellano. Los calcos sintácticos. Los falsos amigos. Los latinismos. Adaptación de otros alfabetos.

Tema 16. Organismos, recursos y herramientas en el ámbito de la fijación terminológica. Termigal. Recursos de las administraciones, de las universidades y de otras entidades.

Tema 17. Onomástica. Caracterización general de la toponimia gallega. Criterios de fijación de los topónimos gallegos. El Nomenclátor de Galicia. Criterios de uso de topónimos y antropónimos en los textos parlamentarios. Los exotopónimos: criterios de adaptación; la transliteración y la transcripción de topónimos y antropónimos de lenguas de alfabeto no latino.

Tema 18. El sustantivo: caracterización y clasificación; género y número en los sustantivos. Funciones sintácticas.

Tema 19. El adjetivo: caracterización y clasificación; género y número; gradación; funciones del adjetivo.

Tema 20. Los pronombres. Caracterización y clasificación. Los pronombres personales. Definición, morfología y funciones. Desviaciones del estándar.

Tema 21. Los demostrativos y los posesivos: definición, morfología y funciones.

Tema 22. El artículo: morfología y funciones. Contracciones del artículo.

Tema 23. Los indefinidos, numerales, relativos, interrogativos y exclamativos.

Tema 24. El verbo (1). Estructura general. La raíz: verbos regulares e irregulares; las alternancias vocálicas y consonánticas. La vocal temática y las conjugaciones.

Tema 25. El verbo (2). El tiempo y el modo. El número y la persona. El aspecto. La voz.

Tema 26. El verbo (3). Equivalencias, interferencias y conflictos entre los valores aspectuales y temporales de los sistemas verbales de las dos lenguas cooficiales. Regímenes preposicionales verbales.

Tema 27. Las formas no finitas del verbo y el infinitivo conjugado. Las perífrasis verbales.

Tema 28. El adverbio. La preposición. La conjunción. La interjección.

Tema 29. La frase y la oración. El modo de la enunciación oracional. La afirmación. La negación. La duda. La interrogación. La exclamación. Constituyentes de la oración. Las funciones del esquema oracional. El predicado. Clases de oración según la naturaleza del predicado. El sujeto.

Tema 30. Otras funciones sintácticas: los distintos tipos de complementos (objeto directo, complemento preposicional, atributo, objeto indirecto...).

Tema 31. La oración compuesta. Las oraciones coordinadas. Las oraciones subordinadas.

A.2. Lenguaje jurídico-administrativo y parlamentario (temas 32-50).

Tema 32. Las lenguas de especialidad y los tecnolectos: rasgos definidores. Caracterización del lenguaje jurídico-administrativo y subtipos dentro de él. Rasgos generales del lenguaje jurídico-administrativo tradicional y principales propuestas de mejora. Iniciativas en Galicia y en otros ámbitos en materia de modernización del lenguaje jurídico-administrativo. Materiales de referencia.

Tema 33. Los textos normativos y sus tipos. Tipos de leyes. Disposiciones del Gobierno con fuerza de ley. Los proyectos y las proposiciones de ley. El reglamento. Las Directrices de técnica normativa en Galicia y en otros ámbitos. Recomendaciones generales y particularmente en materia lingüística.

Tema 34. Aspectos que es necesario considerar en la buena redacción de las normas. Abordaje del texto, del párrafo, de la oración y de las unidades léxicas. Problemas y propuestas de solución en materia de organización de la información. Normas y recomendaciones para la correcta construcción de los párrafos y de las oraciones.

Tema 35. La coherencia textual y la cohesión textual. El orden de colocación de los elementos oracionales. Estructuras, conectores, relacionantes y marcas de organización. La cohesión morfosintáctica. Concordancia entre sujeto y verbo, sustantivo y adjetivo, sustantivo y determinante, pronombres con antecedentes y consecuentes. La concordancia ad sensum. Casos especiales de concordancia nominal y verbal.

Tema 36. El uso de los tiempos y los modos verbales en los textos normativos. Perífrasis más habituales en gallego y su correcta utilización en los textos normativos. Los tiempos no personales y su correcto empleo.

Tema 37. El léxico jurídico-administrativo: abordaje y proceso de fijación en gallego. Léxico especializado de otras áreas de conocimiento: abordaje y proceso de fijación en gallego. Organismos en materia de fijación léxica y terminológica. Bases de datos terminológicas.

Tema 38. El discurso parlamentario. El texto expositivo y el texto argumentativo. Estructuras y características. Mecanismos argumentativos. Textos orales y textos escritos. La transcripción del discurso oratorio. Variables funcionales, figuras retóricas y otros recursos lingüísticos en la oratoria parlamentaria. El tratamiento de los elementos paralingüísticos en la transcripción del discurso oral. Especial referencia al Diario del Sesiones del Parlamento de Galicia.

Tema 39. El sexismo y el lenguaje inclusivo. Estado de la cuestión. Normas y recomendaciones. Criterios en otras lenguas. Opciones para evitar el sexismo en la lengua y procurar un lenguaje inclusivo.

Tema 40. Herramientas y materiales lingüísticos en materia de redacción y corrección. Fuentes de consulta. Uso y manejo. Diccionarios, manuales y libros de referencia. Los libros de estilo. Organismos y entidades de referencia, en el ámbito del gallego y de otras lenguas románicas.

Tema 41. La traducción jurídico-administrativa en general, con especial referencia a la traducción normativa del gallego al castellano y a la inversa. Recursos informáticos y materiales de consulta para la traducción. La automatización de la traducción. Construcciones gramaticales con distinto tratamiento en gallego y castellano y vigilancia de su correcta aplicación en los dos idiomas. Interferencias léxicas y reglas para evitarlas. Expresiones en castellano en los textos en gallego y viceversa.

Tema 42. Mayúsculas y minúsculas en los textos normativos y en el lenguaje jurídico-administrativo en general. Su carácter convencional. Tipos de mayúscula. Funciones de la mayúscula. Nombre común y nombre propio. Nombre genérico y nombre específico. Tendencias normalizadoras y estilísticas.

Tema 43. La abreviación. Abreviaturas, acrónimos, siglas y símbolos. Reglas de formación y escritura. Galleguización de las siglas de expresiones exógenas.

Tema 44. La escritura de los números. Cifras y letras. Los números romanos. Su utilización. Los números ordinales: género, apócope y doble ortografía. Escritura de decimales, quebrados, múltiplos, fechas, horas y porcentajes. Direcciones y teléfonos. Las cantidades. Apartados, epígrafes y párrafos. La alfabetización y la numeración de apartados.

Tema 45. La corrección tipográfica. Los tipos de letra. La letra redonda. La letra cursiva. La letra negra. La versaleta. La división de palabras y sintagmas.

Tema 46. La corrección de estilo: metodología, marcas y recursos. La corrección de estilo según la naturaleza de los textos. Niveles de intervención. Límites del corrector de estilo. Correcciones específicas. La comprensibilidad. La limpieza gramatical. Las oraciones inconclusas. El pleonasmo. Las impropiedades léxicas.

Tema 47. La redacción y corrección del Diario de Sesiones del Parlamento de Galicia (1). Pautas generales de redacción y corrección. De la lengua oral a la lengua escrita.

Tema 48. La redacción y corrección del Diario de Sesiones del Parlamento de Galicia (2). Puntuación de los textos. Tipos de letra. Reproducción de las citas en gallego y en otros idiomas. Reproducción de conceptos singulares (nombres propios de persona, nombres geográficos y denominación de cargos oficiales y de entidades, marcas comerciales...). Uso de la mayúscula en inicial de palabra.

Tema 49. La ayuda informática para la corrección. Programas, soportes, plataformas y formatos. El documento informático. La corrección en pantalla. Método de trabajo. Principales utilidades en la corrección de estilo y tipográfica. La autocorrección. El corrector informático. El control de cambios. Las búsquedas como herramienta de análisis. Las macros para automatizar las tareas de limpieza.

Tema 50. Los nuevos medios y las redes sociales. La lectura en pantalla. Los textos en la web: adaptación a su formato. Extensión y contenido. Diseño y estructura de una página web. Normas fundamentales para la redacción en la web. Extensión de oraciones y párrafos. Lenguaje utilizado. Elementos tipográficos propios. Fuentes, tamaños y colores. La usabilidad. El enlace. El hipertexto. Formas de comportamiento en la red.

Bloque B. Derecho (temas 51-80).

Tema 51. La Constitución española de 1978: características generales. Los valores superiores y los principios inspiradores. Derechos fundamentales y libertades públicas. Garantías y restricciones. Los deberes constitucionales.

Tema 52. Los órganos constitucionales. La Corona. El Poder Legislativo. Las Cortes Generales. El Poder Ejecutivo. El Gobierno del Estado y la Administración General del Estado. El Poder Judicial. El Tribunal Constitucional.

Tema 53. La organización territorial del Estado en la Constitución. Las comunidades autónomas. El sistema de distribución de competencias entre el Estado y las comunidades autónomas. La Administración local: regulación constitucional.

Tema 54. La jerarquía normativa. La ley: concepto y clases. Leyes orgánicas y leyes ordinarias. Las disposiciones con fuerza de ley. El reglamento. La normativa comunitaria.

Tema 55. La Administración pública: concepto, caracteres y clasificación. La Administración y el derecho: El principio de legalidad. Las potestades administrativas. La actividad discrecional de la Administración y sus límites. La Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

Tema 56. Los derechos de las personas en la Ley de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas. La obligación de resolver. El silencio administrativo.

Tema 57. El acto administrativo: concepto, clases y elementos. Eficacia y validez de los actos administrativos.

Tema 58. El procedimiento administrativo: concepto y naturaleza. Fases del procedimiento administrativo. Los recursos administrativos.

Tema 59. La preautonomía y el Estatuto de 1981. El proceso de reforma del Estatuto. El Estatuto de autonomía para Galicia: estructura y características. La organización territorial de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Tema 60. Las competencias de la Comunidad Autónoma de Galicia. Clasificación y principios. Materias competenciales.

Tema 61. Organización territorial e institucional de la Comunidad Autónoma de Galicia en el Estatuto de autonomía. La Presidencia de la Xunta de Galicia. El Consello de la Xunta. Su funcionamiento. El Poder Judicial en Galicia.

Tema 62. El Valedor del Pueblo. Regulación jurídica. Función y ámbito de supervisión de la institución. La tramitación de las quejas. Relaciones con el Parlamento de Galicia. El Consejo de Cuentas. Composición y funciones.

Tema 63. Otras instituciones de autogobierno: el Consejo de la Cultura Gallega. Composición y funciones. El Consejo Consultivo. El Consejo Económico y Social. Otros órganos total o parcialmente de extracción parlamentaria.

Tema 64. La Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia. Organización central: consellerías, órganos interdepartamentales y órganos de participación. Organización territorial de la Administración autonómica. Entidades instrumentales: agencias, sociedades mercantiles y fundaciones del sector público gallego.

Tema 65. Las fuentes del derecho parlamentario. La Constitución. El Estatuto de autonomía de Galicia. Reglamento del Parlamento de Galicia: estructura e interpretación. Acuerdos interpretativos y normas complementarias. Otras fuentes. Normas de régimen interior relativas a la organización y al funcionamiento del Parlamento. Los precedentes, los usos y las costumbres parlamentarias.

Tema 66. La sesión constitutiva del Parlamento de Galicia. La convocatoria y el desarrollo de la sesión constitutiva. La Mesa de Edad. La elección de la Mesa del Parlamento. La sesión solemne de apertura de la legislatura. La disolución del Parlamento.

Tema 67. Estatuto de los diputados y de las diputadas. Disposición general. Derechos y deberes. Prerrogativas parlamentarias. Suspensión y pérdida de la condición de diputado/a.

Tema 68. Los grupos parlamentarios. Constitución, composición y funcionamiento. El grupo parlamentario mixto. Singularidades en la composición de los grupos parlamentarios. Los medios materiales puestos a disposición de los grupos. La financiación de los grupos y su publicidad. El control externo de las subvenciones y la rendición de cuentas.

Tema 69. Los órganos de gobierno del Parlamento. La Presidencia: funciones. Régimen de suplencia. La Mesa. Composición y funciones. La Junta de Portavoces, composición y funciones. Régimen de funcionamiento.

Tema 70. Los órganos funcionales (1). El Pleno. Composición. Convocatoria. La ejecución de los acuerdos. La Diputación Permanente: funciones. Composición. Régimen de funcionamiento. Las ponencias y los grupos de trabajo.

Tema 71. Los órganos funcionales (2). Las comisiones. Composición. Competencias y régimen de funcionamiento. Tipologías. Las comisiones permanentes legislativas y no legislativas. Especificidades. Las comisiones especiales.

Tema 72. Los procedimientos parlamentarios de naturaleza normativa. Los procedimientos legislativos ordinarios y especiales. La iniciativa legislativa. La tramitación de los proyectos de ley y de las proposiciones de ley. El proyecto de ley de presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia: marco de tramitación, debate y aprobación.

Tema 73. La Xunta como destinataria de la confianza parlamentaria. La investidura. La moción de censura. La cuestión de confianza. La delegación legislativa en la Comunidad Autónoma de Galicia. Las comunicaciones de la Xunta de Galicia. El debate de política general.

Tema 74. Los procedimientos de control e impulso. Las proposiciones no de ley y las mociones. Enmiendas. Debate.

Tema 75. Los procedimientos de control económico y presupuestario. La cuenta general de la Administración de la Comunidad Autónoma. Las modificaciones presupuestarias. El límite de gasto no financiero de la Comunidad Autónoma.

Tema 76. La autonomía administrativa del Parlamento de Galicia. El Reglamento de organización y funcionamiento de la Administración del Parlamento de Galicia. La estructura orgánica de la Administración parlamentaria. Las unidades administrativas. Los órganos de la Administración parlamentaria. El régimen jurídico-administrativo. Régimen jurídico de sus disposiciones administrativas. El procedimiento administrativo en la Administración parlamentaria.

Tema 77. La gestión económica y financiera en la Administración parlamentaria: Reglamento de régimen presupuestario y contable del Parlamento de Galicia y del Valedor del Pueblo. El presupuesto del Parlamento de Galicia: contenido, elaboración, aprobación y prórroga. Los créditos y sus modificaciones. La ejecución y liquidación del presupuesto. Los principios de actuación contable y la cuenta general del Parlamento de Galicia. El control y la fiscalización de la gestión económica y financiera.

Tema 78. El régimen jurídico de los funcionarios públicos: normas generales. Selección. Situaciones administrativas. Derechos y deberes. Las incompatibilidades de los funcionarios públicos.

Tema 79. Normativa comunitaria, nacional y autonómica sobre igualdad de género. Criterios para evitar el uso sexista del lenguaje y su procedimiento de aplicación en los escritos y documentos oficiales de los órganos y servicios del Parlamento de Galicia.

Tema 80. Protección de datos de carácter personal. Ámbito de aplicación. Definición. Agencia Española de Protección de Datos: órganos y competencias. Principios de protección. Derechos de los ciudadanos.

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Anexo III

Declaración responsable

………………..(nombre y apellidos).....................………..........., con DNI ………....................

Declaro responsablemente:

Que no he sido separado/a mediante expediente disciplinario de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni me encuentro en la situación de inhabilitación absoluta o especial para el desempeño de empleos o cargos públicos por resolución judicial (cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario del cual la persona haya sido separada o inhabilitada), ni pertenezco a la misma escala de las plazas convocadas.

Firmo esta declaración a los efectos de participar en el proceso selectivo para ingresar por el turno libre en una plaza de la escala técnica de publicaciones del cuerpo superior del Parlamento de Galicia.

Santiago de Compostela, ...... de .......................... de 2021

(Firma)