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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 117 Martes, 22 de junio de 2021 Pág. 31471

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de Refuerzo de A Coruña

EDICTO (DSP 862/2020).

Yo, Fátima García Castro, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 Refuerzo bis de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 862/2020 de este juzgado de lo social, contra la empresa Café y Cerveza As Mariñas, S.L. y Grupo Hostelero D&M Malvares, S.L., sobre despido, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

«Sentencia

A Coruña, 14 de mayo de 2021

Vistos por Ana María Souto González, magistrada jueza de refuerzo del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, los presentes autos número 862/2020 sobre despido, seguidos a instancia de Zaira Martínez Rodríguez, asistida por el letrado Sr. Vales Raña, contra Café y Cerveza As Mariñas, S.L. y Grupo Hostelero D&M Malvares, S.L. y Fogasa.

Fallo

Se estima la demanda formulada por Zaira Martínez Rodríguez, asistida por el letrado Sr. Vales Raña, contra Café y Cerveza As Mariñas, S.L. y Grupo Hostelero D&M Malvares, S.L. y Fogasa, y declaro la improcedencia de su despido y extinguida la relación laboral con efectos de la fecha de esta sentencia, condenado a la empresa demandada, Grupo Hostelero D&M Malvares, S.L. a que le abone la cantidad de 2.307,96 euros, en concepto de indemnización calculada a razón de 44,17 euros/día, así como los salarios de tramitación desde la fecha del despido, 22 de octubre de 2020, hasta la fecha de esta sentencia, por importe de 9.054,85 euros.

Todo ello sin perjuicio de las responsabilidades legales del Fogasa.

Se absuelve a Café y Cerveza As Mariñas, S.L. de las pretensiones contra ellos dirigidas.

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes a la notificación de esta resolución, bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Así lo acuerda, manda y firma».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Café y Cerveza As Mariñas, S.L. y Grupo Hostelero D&M Malvares, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de mayo de 2021

La letrada de la Administración de justicia