Yo, el letrado de la Administración de justicia de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, Miguel Formoso Sobrado, hago saber que en los autos de procedimiento ordinario 4053/2019 se dictó sentencia 105/2021, de 26 de febrero de 2021, firme en derecho, y cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:
«Sentencia.
María Azucena Recio González (presidenta)
José Antonio Parada López
Julio César Díaz Casales
Antonio Martínez Quintanar
A Coruña, 26 de febrero de 2021.
Visto por la Sección Segunda de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Galicia el recurso contencioso-administrativo que con el número 4053/2019 pende de resolución en esta sala, interpuesto por General de Edificios y Solares, S.L., representada por el rocurador José Martín Guimaraens Martínez y defendida Jorge Pérez Maldonado, contra la resolución de la directora general de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia de 5 de noviembre de 2018, por delegación del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, por la que se acuerda la inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia de la fábrica de la electricidad de A Ponte Nova en Betanzos (A Coruña), según la descripción y régimen de protección que consta en el anexo I de la resolución.
Es parte demandada la Consellería de Cultura y Turismo, representada y defendida por el letrado de la Xunta de Galicia Fernando Juanes García; y parte codemandada el Ayuntamiento de Betanzos, representado y defendido por el letrado de la Corporación municipal Daniel Pereiro Cachaza.
Es ponente el magistrado Antonio Martínez Quintanar.
Fallo:
Por todo lo expuesto, en nombre del Rey, por la autoridad que le confiere la Constitución, esta Sala ha decidido:
1º. Estimar el recurso contencioso-administrativo interpuesto por General de Edificios y Solares, S.L., contra la resolución de la directora general de Patrimonio Cultural de la Xunta de Galicia de 5 de noviembre de 2018, por delegación del conselleiro de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria, por la que se acuerda la inclusión en el Catálogo del patrimonio cultural de Galicia de la fábrica de la electricidad de A Ponte Nova en Betanzos (A Coruña), según la descripción y régimen de protección que consta en el anexo I de la resolución.
2º. Anular parcialmente la resolución recurrida, declarando que no procede la inclusión en el Catálogo del patrimonio de las edificaciones secundarias (aserradero, pequeño edificio intermedio, embarcadero, pilar y muro).
(…)
Así lo pronunciamos, mandamos y firmamos».
En lo que se omite nada anula, modifica o restringe lo transcrito.
Y para que conste publicar en el DOG, según lo dispuesto en el artículo 107.2 de la LJCA, expido y firmo este edicto.
A Coruña, 12 de mayo de 2021
José Miguel Formoso Sobrado
Letrado de la Administración de justicia