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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Viernes, 23 de abril de 2021 Pág. 20548

III. Otras disposiciones

Consellería de Política Social

ORDEN de 16 de abril de 2021 por la que se modifica la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).

El 13 de enero se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3 y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).

Esta convocatoria de ayudas está dirigida a las entidades privadas para promover la aplicación en las escuelas infantiles 0-3 años de una bonificación del 100 % del precio correspondiente a la atención educativa prestada entre el 1 de enero de 2021 y el 31 de agosto de 2022 y de la gratuidad de la matrícula relativa a las plazas ocupadas para el curso 2021/22 por segundos hijos o hijas y sucesivos/as de la unidad familiar y también a aquellas entidades privadas que no hubieran tenido acceso a una ayuda económica de la Administración autonómica por este concepto y acrediten la gratuidad de la matrícula del curso 2020/21 y la aplicación de una bonificación del 100 % del precio correspondiente a la atención educativa prestada desde el inicio de dicho curso.

La presente modificación tiene por objeto facilitar el acceso a esta convocatoria de ayudas a aquellas entidades cuyos precios se sitúan por debajo de los topes previstos en ella, para que puedan compensar, en su caso, el incremento experimentado por los precios de los suministros y otros gastos corrientes que repercuten en los costes de las plazas.

En consecuencia, haciendo uso de las facultades que me confiere el artículo 34 de la Ley 1/1983, de 22 de febrero, de normas reguladoras de la Xunta de Galicia y de su Presidencia,

RESUELVO:

Artículo único. Modificación de la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C)

La Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3 y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C), queda modificada como sigue:

Uno. El punto 3 del artículo 4 queda redactado como sigue:

«3. Las ayudas se calcularán en función de las tarifas y del precio de la matrícula de la escuela infantil en el curso 2020/21, las cuales podrán incrementarse hasta un 10 % para el curso 2021/22, sin superar el tope de 260 euros/mes y 200 euros por atención educativa y matrícula respectivamente, y del número de segundos/as y sucesivos/as hijos/as que la entidad declare en la solicitud».

Dos. El primer párrafo del punto 2 del artículo 14 queda redactado como sigue:

«2. Podrá modificarse la resolución inicial cuando existan variaciones en las tarifas respecto a las establecidas en el curso 2020/21 y/o en el número de plazas ocupadas por segundos hijos o hijas y sucesivos/as durante el período de aplicación de esta convocatoria. A estos efectos se tendrá en cuenta:

a) Si la cuantía resultante es superior a la concedida, podrán dictarse resoluciones complementarias por la cuantía que corresponda en los términos previstos en el artículo 4.

b) En caso de que la cuantía total calculada por la certificación anual de ocupación resultara inferior a la concedida, se dictarán las resoluciones revocatorias que procedan».

Disposición adicional única. Apertura del plazo de presentación de solicitudes

Se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes que será de un mes contado a partir del día siguiente a la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

Las solicitudes presentadas según lo establecido en el párrafo anterior se tramitarán de acuerdo con las bases establecidas en la Orden de 30 de diciembre de 2020 por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas a entidades privadas para el fomento de la gratuidad de la atención educativa para segundos hijos o hijas y sucesivos/as en escuelas infantiles 0-3, y se procede a su convocatoria para los años 2021 y 2022 (código de procedimiento BS420C).

Las entidades que hubieran presentado solicitud al amparo de la Orden de 30 de diciembre de 2020 no tendrán que presentar una nueva solicitud.

Disposición final única. Entrada en vigor

Esta orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, 16 de abril de 2021

Fabiola García Martínez
Conselleira de Política Social