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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 76 Viernes, 23 de abril de 2021 Pág. 20541

III. Otras disposiciones

Consellería de Empleo e Igualdad

RESOLUCIÓN de 14 de abril de 2021, de la Secretaría General de la Igualdad, por la que se publican los requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 23 de febrero de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras que regirán las subvenciones a entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad, y se convocan para el año 2021 (código de procedimiento SI427A).

La Secretaría General de la Igualdad convocó para el año 2021, a través de la Resolución de 23 de febrero de 2021 (DOG núm. 46, de 9 de marzo), subvenciones destinadas a las entidades de iniciativa social sin ánimo de lucro para llevar a cabo programas dirigidos a mujeres en situación de especial vulnerabilidad que respondan a alguno de los siguientes tipos:

a) Programa de recursos integrales específicos para mujeres gestantes o lactantes con hijas o hijos menores de tres años, en situación de especial vulnerabilidad.

b) Programa de recursos integrales de atención personalizada y especializada para mujeres en situación de especial vulnerabilidad.

La partida presupuestaria con cargo a la que se financian estas subvenciones es susceptible de ser financiada por el FSE en el marco del programa operativo FSE Galicia 2014-2020.

El plazo y forma de presentación de las solicitudes están regulados en el artículo 7 de la Resolución de 23 de febrero de 2021, y en el artículo 8 se determina la documentación que se adjuntará al anexo de la solicitud. Una vez revisadas las solicitudes presentadas al amparo de dicha resolución de convocatoria por el órgano encargado de la instrucción de los procedimientos, se identificaron aquellas que no reúnen la documentación necesaria, bien por no haberla presentado, bien por contener errores, o bien por no ser suficiente para la determinación del cumplimiento de los requisitos exigidos para su posterior remisión a la comisión encargada de su valoración.

El artículo 11 de la citada resolución establece, de conformidad con lo previsto en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y en el artículo 68 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, que si la solicitud no está debidamente cubierta o no se presenta la documentación exigida, la unidad administrativa encargada de la tramitación del expediente requerirá a la entidad solicitante para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, subsane la falta o aporte los documentos preceptivos, con la advertencia de que, de no hacerlo, se considerará que desistió de su solicitud, después de que se dicte resolución en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015.

Asimismo, también se indica que por tratarse de un procedimiento de concurrencia competitiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la indicada Ley 39/2015, los citados requerimientos de enmienda se harán mediante publicación en el Diario Oficial de Galicia, la cual producirá los efectos de la notificación.

De acuerdo con lo establecido en el artículo 8.bis de la Resolución de 23 de febrero de 2021, todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Por lo expuesto,

DISPONGO:

1. Ordenar la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la relación de solicitudes que no están debidamente cubiertas y/o que no aportan la documentación preceptiva exigida según lo establecido en las bases reguladoras. Esta relación figura como anexo de esta resolución.

2. Hacer indicación expresa a todas las entidades solicitantes recogidas en el anexo de que son requeridas para que, en el plazo máximo de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, conforme se establece en esta resolución. De no hacerlo, se tendrán por desistidas en su petición, después de resolución, que será dictada en los términos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

3. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de enmienda de documentación de las solicitudes, podrán dirigirse a la Secretaría General de la Igualdad a través de la cuenta de correo promocion.igualdade@xunta.gal

Santiago de Compostela, 14 de abril de 2021

Susana López Abella
Secretaria general de la Igualdad

ANEXO

N.º Expte.

Solicitante

Documentación requerida

SI427A 2021/01

Asociación O Son do Pobo

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

2. Anexo III: la temporalización del programa excede el período subvencionable de la convocatoria.

3. Anexo IV: el período de dedicación al programa excede el período subvencionable y asignan la tarea a) cuando este servicio no está contemplado en el anexo III.

4. Anexos IV de los/las «asesores técnicos/as» relacionados en el anexo III (le informamos que el puesto de trabajo de «conserje» no es subvencionable).

SI427A 2021/03

Asociación Labregas

1. Anexo II.

2. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

3. Aclaración sobre el grupo profesional del Convenio en el que se encuadra el puesto de trabajo de la profesional A.L.G.

SI427A 2021/04

Asociación Punto Delas-Secretaría das Mulleres

1. Anexo II.

2. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

SI427A 2021/05

Asociación Penitenciaria Concepción Arenal

1. Anexo IV (abogado): la firma electrónica del profesional no es válida.

2. Anexos IV (psicóloga y trabajadora social): en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas de la representante legal.

SI427A 2021/09

Saúde Mental Feafes Galicia

1. Anexos IV correspondientes al abogado y a la técnica de inclusión Cristina: el período de dedicación al programa está fuera del período subvencionable.

SI427A 2021/10

Asociación Integrados

1. Aclaración sobre los/las profesionales imputados/as al programa: en el anexo III solo relacionan a una técnica de apoyo en integración social y también presentan un escrito indicando que se va a realizar la contratación del servicio de atención psicológica, pero después no presentan el anexo IV correspondiente a este/esta profesional y presentan un anexo IV de un técnico de desarrollo de equipos y personas.

SI427A 2021/12

ONG Mestura

1. Aclaración sobre los servicios que componen el programa, ya que en el anexo III no consta el servicio a) pero en la memoria complementaria indican que prestan este servicio.

2. Anexos IV.

SI427A 2021/13

Asociación Saúde Mental A Creba

1. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica del representante legal de la entidad.

SI427A 2021/16

Unión General de Trabajadores de Galicia (UGT Galicia)

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

SI427A 2021/19

Down Ourense

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 817 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

SI427A 2021/21

Asociación Redmadre Coruña

1. Aclaración sobre los/las profesionales imputados/as al programa: en el anexo III relacionan a una psicóloga, pero después no presentan el anexo IV correspondiente a esta profesional.

SI427A 2021/22

Asociación Cultural Vive Vilariño

1. Anexo II: en el presentado el día 6.4.2021 no se puede validar la firma electrónica de la secretaria de la entidad.

2. Aclaración sobre lo/s colectivo/s de mujeres al que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria (el anexo III presentado el día 6.4.2021 está sin cubrir).

3. Anexos IV: los presentados el día 6.4.2021 no son válidos, uno está sin cubrir y en el otro faltan datos tales como el número de horas y la adscripción de tareas.

SI427A 2021/24

Asociación de Movilidad Humana para la Colaboración al Desarrollo

1. Anexo II: el presentado está sin firmar.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.720 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

3. Anexo III: presentaron dos anexos y los datos no coinciden en ambos, por lo que deberán presentar un nuevo anexo III con los datos definitivos a tener en cuenta para la subvención.

SI427A 2021/26

Asociación de Viudas María Andrea

1. Anexos IV correspondientes a la abogada y a la trabajadora social Eva Dolores: no se pueden validar las firmas electrónicas de las profesionales.

SI427A 2021/27

Asociación de Coaching para el Desarrollo Social y Comunitario, Daleth

1. Aclaración sobre la cuantía solicitada, ya que no es coincidente en los anexos I y II.

2. Anexo IV correspondiente a la profesional Ainhoa: está sin firmar.

3. Anexos IV correspondientes a las profesionales Susana, Irene, Sabrina, Patricia y Ana María: el período de dedicación al programa está fuera del período subvencionable y no se puede validar la firma electrónica de la representante legal.

SI427A 2021/30

Congregación Siervas de la Pasión

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS.

2. El número de horas de la integradora social excede el límite de las 1.720 horas por profesional.

3. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 1.834 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

SI427A 2021/33

Federación de Asociacións de Mulleres Rurais de Galicia, Fademur-Galicia

1. Aclaración sobre los/las profesionales imputados/as al programa: en el anexo III relacionan a una técnica, pero después no presentan el anexo IV correspondiente a esta profesional (presentaron fichas de dos psicólogas sociales).

SI427A 2021/38

Asociación Patronato Concepción Arenal

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS y el certificado presentado no se refiere a la presente convocatoria.

2. Aclaración sobre si a las participantes se les proporciona acogimiento (alojamiento y manuntención) en el desarrollo del programa.

3. El número de horas del mediador sanitario excede el límite de las 1.720 horas por profesional.

4. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 3.225 horas), excepto que presenten una aclaración y,en su caso, una corrección al respecto.

5. Anexo IV correspondiente a la técnica mediadora/trabajadora social: el período de dedicación al programa excede el período subvencionable.

6. Anexo IV correspondiente al mediador/técnico administrativo: el período de dedicación al programa excede el período subvencionable y el número de horas no está en el formato exigido.

7. Anexos IV correspondiente a la mediadora/técnica formación laboral: los períodos de dedicación al programa no coinciden con los indicados en el escrito presentado.

8. Aclaración sobre si las dos profesionales pertenecientes a la junta directiva son personal propio de la entidad o si su contratación es de carácter mercantil. En caso de que sea mercantil deberán, además, solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

SI427A 2021/40

Fundación Amigó

1. Anexo III: la memoria del programa debe presentarse obligatoriamente en el modelo normalizado del anexo III (la memoria complementaria que se presente solo es válida a los efectos de ampliar la información contenida en el anexo III, no para sustituirlo).

2. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que las fechas indicadas en el anexo III no coinciden con las fechas de adscripción de las profesionales al programa indicadas en los anexos IV.

SI427A 2021/41

Asociación Escola Rural de Saúde da Limia

1. Anexo I: los datos personales de la representante legal no coinciden con los de la persona que firma el anexo.

2. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que presentaron dos anexos III y las fechas indicadas en ambos no son coincidentes.

3. Anexos IV: los presentados no son los de la presente convocatoria, no se pueden validar las firmas electrónicas de la representante legal y el anexo IV correspondiente a la abogada no está cubierto en todos sus apartados y las fechas de dedicación al programa están fuera del período subvencionable.

SI427A 2021/43

Asociación de Ayuda a la Vida

1. Anexo IV correspondiente a la trabajadora social Elena: el período de dedicación al programa está fuera del período subvencionable.

2. Aclaración sobre las profesionales adscritas al programa: en el anexo III relacionan a una trabajadora social y a una educadora social, pero luego presentan los anexos IV correspondientes a dos trabajadoras sociales.

SI427A 2021/45

Fundación Formavigo

1. Aclaración sobre lo/s colectivo/s de mujeres al que va dirigido el programa de acuerdo con lo establecido en la disposición adicional única de la convocatoria.

2. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

SI427A 2021/47

Asociación de Mulleres Algueirada

1. Anexo IV correspondiente a la abogada: no está firmado por la profesional.

SI427A 2021/48

Apetamcor

1. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

2. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 430 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

SI427A 2021/50

Asociación de Familiares de Enfermos de Alzheimer de Chantada

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

2. Anexos IV: en todos el período de dedicación al programa excede el período subvencionable y, además, en el anexo correspondiente a la trabajadora social asignan la tarea c) cuando este servicio no está contemplado en el anexo III.

3. El número de mujeres participantes indicado en el anexo III es inferior al necesario en función del número de horas totales declaradas por la entidad (artículo 5.5), por lo que el número de horas a tener en cuenta para el cálculo del gasto subvencionable se reducirá proporcionalmente (hasta 602 horas), excepto que presenten una aclaración y, en su caso, una corrección al respecto.

SI427A 2021/51

Asociación Valores Galicia

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

2. Aclaración sobre los servicios que componen el programa porque las actuaciones contempladas en los servicios d), e) y f) son similares.

3. Anexos IV.

SI427A 2021/54

Asociacion Visibles

1. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que la indicada en el anexo III no coincide con las fechas de adscripción del personal al programa.

2. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante.

3. El número de horas de la profesional vinculada con la entidad (terapeuta) excede el límite de las 100 horas establecido en el último párrafo del artículo 6.1.a) de las bases reguladoras.

SI427A 2021/55

Fundación Diagrama Intervención Psicosocial

1. Acreditación de que la entidad tiene domicilio social o delegación en Galicia.

2. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que existen contradicciones entre las fechas indicadas en los dos anexos III presentados, en la memoria complementaria y en las fechas de adscripción del personal.

SI427A 2021/58

Andaina Pro Saúde Mental

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS.

SI427A 2021/63

Fundación Amigos de Galicia

1. Anexo II: en el presentado no se puede validar la firma electrónica y los datos personales de la persona secretaria no coinciden con los de la persona firmante.

2. Aclaración sobre las/los profesionales adscritas/os al programa, ya que en el anexo III relacionan a una psicóloga y a una educadora social pero luego no presentan los anexos IV correspondientes a estas profesionales.

SI427A 2021/65

Valoresc Innovation

1. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que la indicada en el anexo III no coincide con las fechas de adscripción del personal al programa ni con lo indicado en la memoria complementaria.

SI427A 2021/66

Asociación Antonio Noche

1. Aclaración sobre los/las profesionales imputados/as al programa: en el anexo III relacionan a 10 profesionales, pero luego solo presentan anexos IV de 7 de ellos/ellas.

2. Anexos IV correspondientes a los puestos de trabajo de abogada, profesora de peluquería y educadora social: no están firmados por las profesionales.

3. Anexo IV correspondiente al puesto de psicóloga: no constan los datos personales de la profesional ni está firmado por esta.

SI427A 2021/69

Asociación Dignidad Galicia

1. Anexos IV: en los presentados no se puede validar la firma electrónica de la representante legal de la entidad.

SI427A 2021/70

Asociación Raíña Paraíso

1. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que la indicada en el anexo III no coincide con la fecha de adscripción del personal al programa.

2. Aclaración sobre las/los profesionales adscritas/os al programa, ya que en el anexo III relacionan a 3 profesionales pero luego solo presentan el anexo IV de una/uno de ellas/ellos.

SI427A 2021/71

Asociación Faraxa pola Abolición da Prostitución

1. Documentación acreditativa de la representación que ejerce la persona que firma la solicitud para actuar en nombre de la entidad, ya que esta es distinta a la designada en el RUEPSS.

2. Aclaración sobre si la mediadora y la psicóloga pertenecen a la junta directiva de la entidad.

3. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

4. Dado que la abogada está vinculada con la entidad (es miembro de la junta directiva), deberán solicitar la autorización del órgano concedente para poder llevar a cabo esta contratación, indicando los motivos que la justifican y si se realiza de acuerdo con las condiciones normales del mercado (artículo 27.7.d) de la Ley 9/2007, de subvenciones de Galicia).

SI427A 2021/72

Federación EFA Galicia

1. Anexo II.

SI427A 2021/73

Asociación Albores Saúde Mental

1. Anexos IV: en los presentados no se pueden validar las firmas electrónicas.

SI427A 2021/74

ONGD Senvalos

1. Anexo II: el presentado está sin cubrir.

2. Aclaración sobre las/los profesionales adscritas/os al programa: en el anexo III relacionan a un orientador laboral pero luego no presentan el anexo IV correspondiente a este profesional.

SI427A 2021/75

Asociación Mirabal

1. El número de horas de la profesional vinculada con la entidad (representante legal) excede el límite de las 100 horas establecido en el último párrafo del artículo 6.1.a) de las bases reguladoras.

SI427A 2021/76

Ayuda y Atención al Preso

1. Anexo II: el presentado está sin cubrir.

2. Aclaración sobre las/los profesionales adscritas/os al programa: en el anexo III relacionan a una profesora de peluquería pero luego no presentan el anexo IV correspondiente a esta profesional y presentan un anexo IV correspondiente a una mediadora intercultural que no está relacionada en el anexo III.

3. Anexo IV correspondiente a la psicóloga: no están cubiertos los datos personales de la profesional ni está firmado por esta.

SI427A 2021/77

Asociación Ambar das Persoas con Diversidade Funcional

1. Aclaración sobre los servicios que componen el programa, ya que en el anexo III consta el servicio a) pero luego en los anexos IV no hay profesionales que tengan asignada esta tarea.

SI427A 2021/78

Asociación Xarela Formación-Animación

1. Aclaración sobre la temporalización del programa, ya que la indicada en el anexo III no coincide con la fecha de adscripción del personal al programa.

SI427A 2021/81

Asociación Española Contra el Cáncer

1. Anexo III: el período de desarrollo del programa excede el período subvencionable.

2. Anexos IV: en todos los presentados el período de dedicación al programa excede el período subvencionable y, además, en el anexo IV correspondiente a la técnica de atención psicológica se incluye el servicio b) cuando este no está previsto en el anexo III.

3. Aclaración sobre las/los profesionales adscritas/os al programa: en el anexo III se relacionan 4 psicólogas pero luego presentan anexos IV de 3 psicólogas y 1 trabajadora social.

SI427A 2021/83

Asociación de Maiores de Ponteareas

1. Acreditación de la inscripción en el área de igualdad del Registro Único de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales (RUEPSS).

2. Anexos IV de las/los profesionales adscritas/os al programa.

SI427A 2021/84

Asociación de Mulleres en Igualdade de Vigo

1. Anexo IV correspondiente a la psicóloga María José: no está cubierto el dato del grupo profesional.