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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 11 de marzo de 2021 Pág. 14297

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 4 de A Coruña

EDICTO (486/2020).

Yo, Rosana Corral García, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social núm. 4 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento despido/ceses en general 486/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Miguel Castro Blanco contra Construcciones y Derivados Altobello, S.L., sobre despido, se ha dictado resolución de fecha 12 de enero de 2021 en cuyo fallo consta:

«Fallo:

Se estima la demanda formulada por José Miguel Castro Blanco frente a la empresa Construcciones y Derivados Altobello, S.L. y, en consecuencia:

Se declara improcedente el despido efectuado por la demandada Construcciones y Derivados Altobello, S.L. al trabajador.

– Se condena a la empresa Construcciones y Derivados Altobello, S.L. a que en el plazo de cinco días desde la notificación de la sentencia opte entre la readmisión del actor o el abono de una indemnización de 4.208,38 euros, determinando el abono de dicha indemnización la extinción del contrato de trabajo; en el caso de optar por la readmisión deberá abonar los salarios de tramitación a razón de 69,56 euros diarios.

– Se condena a la empresa Construcciones y Derivados Altobello, S.L. a abonar a José Miguel Castro Blanco la cantidad de mil seiscientos cincuenta y siete euros con sesenta y seis céntimos de euro (1.657,66 euros).

Notifíquese la presente resolución a las partes.

Contra esta resolución cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual deberá anunciarse en este juzgado en el plazo de los cinco días siguientes al de la notificación de esta resolución bastando la manifestación de la parte o de su abogado, graduado social colegiado o representante dentro del indicado plazo.

Si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al tiempo de anunciar el recurso, haber consignado la cantidad objeto de condena, así como el depósito de 300 euros en la cuenta de depósitos y consignaciones que tiene abierta este juzgado, haciendo constar en el ingreso el número de procedimiento.

Así lo acuerda, manda y firma, Nicolás E. Pita Lloveres, magistrado del Juzgado de lo Social núm. 4 de A Coruña».

Publicación. Leída y publicada ha sido la presente sentencia por el juez que la dictó en el mismo día de su fecha, estando celebrando audiencia pública. Doy fe.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Construcciones y Derivados Altobello, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 19 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia