Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 48 Jueves, 11 de marzo de 2021 Pág. 14295

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (PO 146/2019).

Yo, Fátima García Castro, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento ordinario 146/2019 de este juzgado de lo social seguido contra la empresa Transportes Anmasa 2014, S.L. y con la intervención de Fogasa, sobre ordinario, se ha dictado la siguiente resolución, cuya parte dispositiva se adjunta:

Sentencia:

A Coruña, 17 de febrero de 2021.

Miguel Herrero Liaño, magistrado del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, habiendo visto los presentes autos seguidos en este juzgado con el número PO 146/2019, siendo parte en el mismo, de un lado, como demandante, Miahi Dorin Ciban, con NIE X601470F, asistido por la letrada Sra. Conchado Puente y, como demandado, Anmasa 2014, S.L., que no comparece pese a estar citada en legal forma, y con la intervención del Fogasa, que no comparece pese a estar citado en legal forma, sobre reclamación de cantidad, ha pronunciado, en nombre del rey, la siguiente sentencia

Fallo:

Se estima parcialmente la demanda interpuesta por Mihai Dorin Ciban frente a Transportes Anmasa 2014, S.L. y Fogasa y, en consecuencia, se condena a la parte demandada a abonar a la actora la cantidad de 2.364,98 euros.

Respecto del Fogasa, se ha de estar a las previsiones del artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes, a las que se hará saber que contra la misma sólo cabe recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia de Galicia, debiendo anunciarlo ante este juzgado en el plazo de cinco días a contar a partir de la notificación de esta sentencia, y en el propio término, si el recurrente no goza del beneficio de justicia gratuita deberá, al anunciar el recurso, entregar resguardo acreditativo de haber consignado la cantidad objeto de condena en la cuenta de depósitos y consignaciones que este juzgado tiene abierta en el Banco de Santander de esta ciudad

E, igualmente, deberá, en el momento de interponer el recurso, consignar la suma de 300 euros en concepto de depósito especial para recurrir.

Así por esta mi sentencia, definitivamente juzgando, lo pronuncio, mando y firmo.

Y para que sirva de notificación en legal forma a la mercantil Transportes Anmasa 2014, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

A Coruña, 17 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia