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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 10 de marzo de 2021 Pág. 14026

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 2384/2020-CG).

Secretaría: Sra. Freire Corzo-CG

Tipo y nº de recurso: RSU. Recurso de suplicación 2384/2020

Juzgado de origen/autos: SS. Seguridad Social 820/2018. Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol

Recurrentes: Izar Construcciones Navales, S.A.E.L., Navantia, S.A.

Abogados: Abel López Carballeda, Beatriz Regos Concha

Procuradora: María Susana Díaz Gallego

Recurridos: Instituto Nacional de la Seguridad Social, Tesorería General de la Seguridad Social, Mutua Asepeyo, Herundina Vázquez Abella, Doris Pérez Vázquez, José Carlos Pérez Vázquez, Montajes Galicia, S.A.

Abogados: letrado/a de la Seguridad Social, letrado/a de la Tesorería General de la Seguridad Social, Javier Balo Cout, Víctor Manuel López Casal

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso suplicación 2384/2020, seguido a instancia de Izar Construcciones Navales, S.A.E.L. y Navantia, S.A. contra el Instituto Nacional de la Seguridad Social, la Tesorería General de la Seguridad Social, la Mutua Asepeyo, Herundina Vázquez Abella, Doris Pérez Vázquez, José Carlos Pérez Vázquez y Montajes Galicia, S.A., sobre accidente de grado, se ha dictado la siguiente resolución en el día de la fecha que, copiada en los particulares necesarios, dice:

Fallamos que, estimando los recursos de suplicación interpuestos por la entidad mercantil Izar Construcciones Navales, S.A. en liquidación y por la entidad Mercantil Navantia, S.A., contra la Sentencia de 16 de enero de 2020, del Juzgado de lo Social número 1 de Ferrol, dictada en juicio seguido a instancia de Manuel Constantino Pérez contra las recurrentes y contra la entidad mercantil Montajes Galicia, S.A., la Mutua Colaboradora de la Seguridad Social Asepeyo, el Instituto Nacional de la Seguridad Social y la Tesorería General de la Seguridad Social, la Sala la revoca y, con desestimación de la totalidad de los pedimentos de la demanda rectora de actuaciones, se absuelve de ellos a todos los demandados.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo Observaciones o Concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Para que sirva de notificación en legal forma a Montajes Galicia, S.A., actualmente en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia. Se le advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 15 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia