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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 47 Miércoles, 10 de marzo de 2021 Pág. 14028

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO de notificación de sentencia (RSU 1971/2020-IG).

Yo, Carmen Iglesias Fungueiro, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso suplicación 1971/2020, seguido a instancia de José Luis González Rodríguez contra Fogasa, La Estrella, S.A. de Seguros y Reaseguros, Allianz, Compañía de Seguros y Reaseguros, S.A., Graniblok, S.A., David Fernández Grande, S.L., Armadilla, S.L., Marcelino Martínez Galicia, S.L., Generali España, S.A. de Seguros y Reaseguros, Mapfre España S.A., Juana de Santiago Guerreiro, Granitos Vilafría Couto, S.A., Axa Seguros Generales, S.A., Granitos Martínez, S.A., Hispano Suiza de Perfilados, S.A., José Ramón Pereira Oliveira, José López Gutiérrez y Antonio Rodríguez Rodríguez, sobre otros derechos de seguridad social, se ha dictado la siguiente resolución:

«Desestimamos el recurso de suplicación interpuesto por José Luis González Rodríguez frente a la Sentencia de 29 de agosto de 2019, del Juzgado de lo Social número 3 de Vigo, dictada en los autos nº 240/2016, que confirmamos. Sin costas.

Notifíquese esta resolución a las partes y a la Fiscalía del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Galicia. Sala de lo Social.

Modo de impugnación. Se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo Observaciones o Concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Para que sirva de notificación en legal forma a Granitos Vilafría Couto, S.A., Hispano Suiza de Perfilados, S.A., José López Gutiérrez y José Ramón Pereira Oliveira, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se les advierte a las destinatarias que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 18 de febrero de 2021

La letrada de la Administración de justicia