Descargar PDF Galego | Castellano| Português

DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 18 de enero de 2021 Pág. 2796

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 3707/2020-RMR).

Yo, María Isabel Freire Corzo, letrada de la Administración de justicia de la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento de recurso de suplicación 3707/2020 seguido a instancia de Modesta Nieto Muñoz sobre despido disciplinario, se ha dictado la siguiente resolución:

«Estimamos el recurso de suplicación formulado por Modesta Nieto Muñoz contra la Sentencia de fecha 7 de abril de 2020, dictada por el Juzgado de lo Social número 2 de Vigo en el procedimiento 830/2019 sobre despido y reclamación de cantidades, contra De La Torre Logística, S.L. y otras, revocándola parcialmente en el sentido de que la cantidad en concepto de salarios adeudados asciende a 9.911,13 euros, a cuyo pago se condena solidariamente a las empresas demandadas, confirmándola en cuanto a los restantes pronunciamientos.

Dese a los depósitos y consignaciones el destino legal.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de los diez días hábiles inmediatos siguientes a la fecha de notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco Santander (Banesto) con el nº 1552 0000 37, seguida de los cuatro dígitos correspondientes al nº del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37, o bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo de observaciones o concepto de la transferencia los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 o 37 **** ++).

Una vez firme, expídase certificación para constancia en el rollo que se archivará en este tribunal, incorporándose el original al correspondiente libro de sentencias, previa devolución de los autos al juzgado de lo social de procedencia.

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos».

Y para que sirva de notificación a Alvarado Frío Distribuciones, S.L.; Transportes Raúl Alvarado Sampayo, S.L.; Herederos de Raúl Alvarado, S.L.; Hermanos Alvarado Sampayo, S.L.; Finur Fincas Urbanas, S.L. y Peixenor, CyB, S.L., en ignorados paraderos pero con últimos domicilios conocidos en la provincia de Pontevedra, expido el presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo en el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 11 de diciembre de 2020

La letrada de la Administración de justicia