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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 10 Lunes, 18 de enero de 2021 Pág. 2777

IV. Oposiciones y concursos

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

RESOLUCIÓN de 13 de enero de 2021 por la que se modifica la Resolución de 10 de diciembre de 2020, por la que se convoca la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de coordinador/a de técnicos/as de laboratorio.

Por Resolución de la dirección de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, de 10 de diciembre de 2020 (DOG núm 260, de 29 de diciembre), se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, del puesto de coordinador/a de técnicos/as de laboratorio.

Advertido error en el procedimiento de provisión de este puesto, conforme a lo dispuesto en el capítulo VI, sección segunda, artículos 45 a 48 del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud, y capítulo III, artículos 12 a 16 de la Orden de la Consellería de Sanidad, de 24 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, es necesario modificar la resolución y las bases de esta convocatoria, con el objeto de adaptarlas al procedimiento de provisión establecido en la normativa vigente.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, esta dirección, con base en el Decreto 137/2019, de 10 de octubre (DOG nº 208, de 31 de octubre), por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Gallego de Salud, la Orden de 22 de abril de 2020 (DOG nº 82, de 29 de abril), sobre delegación de competencias en órganos centrales y periféricos del Servicio Gallego de Salud, y el Decreto 142/2015, de 17 de septiembre, por el que se crea la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos y se aprueban sus estatutos (DOG nº 197, de 15 de octubre),

RESUELVE:

Primero. Modificar la Resolución de 10 de diciembre de 2020 (DOG núm 260, de 29 de diciembre, páginas 50759 a 50765) por la que se convoca la provisión del puesto de coordinador/a de técnicos/as de laboratorio, que se proveerá por el procedimiento de concurso de méritos y defensa pública de un proyecto relacionado con la gestión de coordinación, en los términos del capítulo VI del Decreto 206/2005, de 22 de julio, de provisión de plazas de personal estatutario del Servicio Gallego de Salud (DOG núm 145, de 29 de julio), y el capítulo II de la Orden de la Consellería de Sanidad, de 24 de mayo de 2006, por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud (DOG núm 106, de 5 de junio).

La provisión de este puesto se efectuará conforme a las bases y baremo de méritos que constan como anexos de esta resolución.

Segundo. Ampliar el plazo de presentación de solicitudes de participación en este proceso, durante los veinte (20) días naturales siguientes a la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Tercero. Aquellos/as profesionales que, en la fecha de publicación de la presente resolución, hubieran presentado solicitud de participación en este proceso y reúnan los requisitos para su admisión deberán complementar la solicitud con la presentación de la documentación que se indica en las bases de la convocatoria publicadas como anexo de esta resolución.

Cuarto. Contra la presente resolución podrá interponerse, en los términos previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente a su publicación.

Santiago de Compostela, 13 de enero de 2021

María Luísa López García
Directora de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

ANEXO

Bases

Primera. Normas generales

• Puesto.

El puesto de coordinación de personal técnico superior que se convoca, cuyas características y las funciones están relacionadas en el anexo I.

La coordinación convocada afectará a las categorías de personal técnico superior en Laboratorio de Diagnóstico Clínico o equivalente.

• Sistema selectivo:

La provisión del puesto se realizará por el sistema de concurso de méritos y defensa pública de un proyecto técnico de gestión de la respectiva unidad del puesto convocado con la siguiente puntuación:

• Una primera fase, en la que una comisión valorará los méritos acreditados por los aspirantes en los términos y con los límites establecidos en el anexo II: máximo 100 puntos.

• Una segunda fase, que consistirá en la defensa publica de un proyecto técnico de gestión de la unidad con base en la guía del anexo III: máximo 100 puntos.

La comisión evaluadora podrá proponer que se declare desierta la convocatoria, además de por no concurrencia de aspirantes, porque ninguno de los participantes obtenga como mínimo 50 puntos en la evaluación del proyecto técnico.

Segunda. Requisitos para participar en la convocatoria

Podrán participar en la presente convocatoria los/as interesados/as que, en la fecha de finalización del plazo para la presentación de solicitudes, reúnan los siguientes requisitos:

1. Edad. Tener cumplidos los 16 años de edad y no exceder de la edad de jubilación forzosa.

2. Nacionalidad. Tener la nacionalidad española o alguna otra que, conforme a lo dispuesto en el artículo 52 de la Ley 2/2015, de 29 de abril, de empleo público de Galicia, permita el acceso al empleo público.

3. Titulación. Poseer el título oficial de técnico superior o equivalente (familia profesional de sanidad). En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberán poseer el documento que acredite su homologación, o la credencial de reconocimiento de título a efectos profesionales.

4. Ostentar la condición de personal estatutario fijo en la categoría de técnicos superiores citada en el punto 1, que habilite para acceder a las plazas básicas de la correspondiente unidad.

5. Estar en situación de servicio activo en dicha categoría con destino en ADOS.

6. Acreditar un mínimo de tres años de experiencia profesional en la categoría y/o especialidad referida en instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud.

7. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del correspondiente nombramiento.

8. Habilitación. No haber sido separado/a del servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni estar inhabilitado/a con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión.

En el caso de nacionales de otro Estado, no encontrarse inhabilitado/a, por sanción o pena, para el ejercicio profesional o para el acceso a funciones o servicios públicos en un Estado miembro de la Unión Europea, ni haber sido separado/a, por sanción disciplinaria, de alguna de las administraciones o servicios públicos en los seis años anteriores a la convocatoria.

De conformidad con lo establecido en el artículo 13.5 de la Ley orgánica 1/1996, de 15 de enero, de protección jurídica del menor, en su redacción dada por la Ley 26/2015, de 28 de julio, de modificación del sistema de protección de la infancia y la adolescencia, los profesionales cuya especialidad implique contacto con menores de 18 años deberán acreditar como requisito no haber sido condenados por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

9. No haber sido condenados/as por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, que incluye la agresión y abuso sexual, acoso sexual, exhibicionismo y provocación sexual, prostitución y explotación sexual y corrupción de menores, así como por trata de seres humanos.

Tercera. Solicitudes, documentación y plazo

3.1. Los/as interesados/as en participar en la convocatoria deberán presentar solicitud, según modelo de instancia que se adjunta como anexo IV, que estará a su disposición en los puntos de atención al trabajador (PAT) de la Dirección de Recursos Humanos y en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, así como en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es) y en la intranet de ADOS.

3.2. Junto con la solicitud, deberá aportarse la siguiente documentación acreditativa de los requisitos y méritos de las personas interesadas presentada dentro del plazo de la convocatoria:

1. Documento de identificación.

• Documento de identificación: fotocopia del DNI, pasaporte o documento que acredite la identidad, nacionalidad y fecha de nacimiento del/de la interesado/a debidamente compulsada.

2. Documentación acreditativa de cumplimiento de requisitos de admisibilidad.

• Original o fotocopias compulsadas del título de técnico superior de laboratorio de diagnostico clínico. El personal con plaza fija en ADOS no tendrá que adjuntar la titulación al constar en esta Administración.

• Certificación de servicios prestados expedida por el Servicio Gallego de Salud en la que conste la categoría profesional y las fechas de prestación del servicio, así como que ostenta la condición de personal estatutario fijo en la categoría de técnico superior o equivalente (familia profesional sanidad) que habilite para acceder a las plazas básicas de la correspondiente unidad, y en situación de activo en ADOS.

No resulta necesario emitir certificación de los servicios prestados en ADOS al constar en esta Administración.

• Certificación acreditativa de los servicios prestados en otras instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud.

• Declaración responsable de no haber sido separado de servicio, mediante expediente disciplinario, de cualquier servicio de salud o Administración pública en los seis años anteriores a la convocatoria, ni encontrarse inhabilitado con carácter firme para el ejercicio de funciones públicas ni, en su caso, para la correspondiente profesión. En el caso de los nacionales de otros Estados, declaración bajo su responsabilidad de no encontrarse inhabilitado o en situación equivalente, ni haber sido sometido a sanción disciplinaria o equivalente que impida en su Estado de procedencia el acceso al empleo público.

• Certificado médico oficial en el que se acredite la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones propias del puesto convocado. Sin perjuicio de lo anterior, la persona aspirante seleccionada se someterá a una evaluación de salud por el Servicio de Prevención de Riesgos Laborales de ADOS preferentemente antes de su incorporación. De no superar la evaluación, y haber iniciado la prestación de servicios previa audiencia de la persona interesada, se cesará en el nombramiento.

• Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales, dependiente del Ministerio de Justicia, en el caso de que se deba acreditar no haber sido condenado por sentencia firme por la comisión de algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, o de trata de seres humanos. Alternativamente, podrá presentarse declaración responsable, que se adjunta como anexo V, mediante juramento o promesa, de no haber sido condenado/a por sentencia firme por la comisión de ningún de los delitos contra la libertad e indemnidad sexual, así como de trata de seres humanos. La citada declaración incorpora la autorización expresa de la Administración para que esta pueda comprobar en cualquier momento la veracidad de dicha declaración, en los términos del artículo 9,2 del Real decreto 1110/2015, de 11 de diciembre, por el que se regula el Registro Central de Delincuentes Sexuales.

• Compromiso de desempeño del puesto convocado en régimen de dedicación exclusiva, para el que deberá adjuntar debidamente cumplimentada la solicitud de percepción del complemento específico (anexo V).

3. Currículo profesional, donde consten los méritos evaluables conforme al orden y estructura dispuestos en el anexo II de las bases de esta convocatoria.

Los méritos que se tendrán en cuenta son los recogidos en el anexo II y se valorarán con referencia al día inmediatamente anterior, inclusive, al de la publicación del anuncio de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Solo se tendrán en cuenta los méritos que estén debidamente registrados en el sistema informático Fides-Expediente-e, y que estén debidamente acreditados por la persona interesada en la fecha de finalización de presentación de las solicitudes. No será objeto de evaluación ningún mérito introducido en el sistema informático y/o acreditado/a por el/la aspirante con posterioridad a la finalización del plazo de presentación de solicitudes.

La acreditación de los méritos alegados se realizará mediante presentación del original o fotocopia debidamente compulsada.

4. Proyecto técnico.

• Un proyecto técnico de gestión que contendrá, como mínimo, un programa de objetivos de la misma y en el que se expondrá la propuesta de la persona candidata sobre organización, funciones y objetivos de la actividad a desarrollar, de acuerdo con lo recogido en el anexo III. El proyecto se presentará en sobre cerrado y tendrá una extensión máxima de 25 páginas, letra Arial, tamaño de fuente 11 e interlineado 1,5. Asimismo, deberá adjuntar proyecto técnico en formato digital no modificable.

Las personas aspirantes quedan vinculadas por los datos que hagan constar en la solicitud. El domicilio y el teléfono que figure en el sistema informático de su Expediente-e será el único válido a efectos de notificaciones, siendo por lo tanto de la exclusiva responsabilidad del/de la solicitante el error en su consignación o la falta de comunicación de su cambio.

La insuficiente acreditación de requisitos de admisibilidad exigidos en la convocatoria podrá ser subsanada, en su caso, en el plazo que establezca la lista provisional de personas aspirantes admitidas y excluidas.

La documentación correspondiente al apartado 3) de la presente base deberá ser adjuntada necesariamente dentro de plazo para presentación de solicitudes.

La documentación prevista en el apartado 4) de la presente base deberá ser adjuntada necesariamente junto con la solicitud y no será en ningún caso susceptible de subsanación en un momento posterior.

La falta de presentación de la solicitud de percepción del complemento específico y, en consecuencia, del compromiso de dedicación exclusiva, según figura en el anexo V de la presente resolución, será causa de exclusión del proceso. El incumplimiento por el profesional nombrado del compromiso de dedicación exclusiva implicará la pérdida inmediata del puesto de jefatura, acordada por el mismo órgano que dispuso su nombramiento.

3.3. Plazo y lugar de presentación de solicitudes:

Las solicitudes y la documentación acreditativa de requisitos y méritos se presentará preferentemente en el Registro de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, sita en la calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6, 15705 Santiago de Compostela, y demás lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, en el modelo que se adjunta como anexo IV, en el plazo de 20 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la presente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.

Será causa de inadmisión en el citado proceso de selección la presentación extemporánea de la solicitud por el/la interesado/a.

Cuarta. Comisión de evaluación

4.1. Para la selección de los/as aspirantes, se constituirá una comisión técnica especializada, que tendrá como finalidad evaluar la idoneidad y méritos acreditados por los/as candidatos/as, compuesta por tres miembros designados por la dirección.

4.2. Los/as miembros tendrán la condición de personal estatuario fijo o funcionario de las categorías sanitarias, o titular de plaza docente-asistencial, del mismo o superior grupo de clasificación que el puesto convocado.

4.3. La resolución de la dirección por la que se nombran los miembros de la comisión de evaluación se publicará de acuerdo con lo previsto en el punto 5 de la presente convocatoria.

4.4. Los/as miembros deberán abstenerse de intervenir, notificándolo al órgano que efectuó su nombramiento, cuando concurra en ellos alguna de las circunstancias de las previstas en el artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público. Asimismo, los/as aspirantes podrán recusar a los/as miembros de la comisión cuando concurran las circunstancias previstas en el artículo 24 de la citada ley.

4.5. Las funciones de la comisión serán evaluar la idoneidad de las personas aspirantes en el acto de defensa pública del proyecto técnico, así como comprobar y corregir, en su caso, la prebaremación realizada de los méritos acreditados por los/as aspirantes, según lo establecido en las bases de este procedimiento.

4.6. En su actuación, la comisión se ajustará a lo dispuesto en la normativa vigente reguladora de los órganos colegiados y, en concreto, a lo dispuesto en el capítulo II de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

4.7. La comisión será asistida por un secretario/a de actas, designado por la dirección, que tendrá la condición de personal estatutario fijo de gestión y servicios de grupo de clasificación A1 o A2 o bien personal funcionario de cuerpo general administrativo del mismo grupo de clasificación.

4.8. Una vez realizada la evaluación, la comisión elevará la propuesta de adjudicación a la dirección.

4.9. A efectos de comunicaciones, la comisión tendrá su sede en ADOS, sita en la calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6, 15705 Santiago de Compostela

Quinta. Procedimiento

5.1. Todas las publicaciones relativas al desarrollo del proceso se realizará en el tablón de anuncios de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, en la intranet de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos, así como en la página web del Servicio Gallego de Salud (www.sergas.es)

5.2. Finalizado el plazo de presentación de las solicitudes, la dirección dictará resolución, en la que declarará aprobada la relación provisional de aspirantes admitidos/as y excluidos/as, indicando en este último caso la causa de exclusión.

5.3. Los/as aspirantes dispondrán de un plazo de cinco días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la citada resolución, para poder presentar las reclamaciones que consideren oportunas, o para poder subsanar, en su caso, el defecto que motivase la exclusión.

5.4. Transcurrido este plazo, la dirección resolverá las reclamaciones presentadas y publicará la resolución por la que se declare la relación definitiva de aspirantes admitidos/as y excluidos/as. La estimación de las peticiones de subsanación se entenderá implícita en la resolución por la que se publique la lista definitiva de personas admitidas y excluidas, contra la que se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el siguiente al de su publicación.

5.5. Junto con la relación definitiva de personas admitidas y excluidas, la dirección publicará la resolución por la que se nombran los miembros da comisión de evaluación.

5.6. Seguidamente, la comisión de evaluación designada procederá a revisar y, en su caso, corregir la prebaremación realizada de los méritos acreditados por las personas aspirantes de conformidad con las bases, así como a convocarlos/as para la celebración del acto público de presentación y defensa del proyecto técnico de gestión de la unidad.

El anuncio en que se determinen la fecha, la hora y el lugar de esta sesión se publicará con una antelación de 48 horas.

Aquellas personas aspirantes que, habiendo sido convocadas en tiempo y forma, no comparezcan serán excluidas del citado procedimiento de provisión.

El llamamiento de las personas aspirantes para la presentación e defensa del proyecto técnico se realizará alfabéticamente por el apellido, a partir de las letras que resulten de un sorteo, de conformidad con lo establecido en la Orden de 24 de mayo de 2006. Las personas aspirantes deberán ir provistas del DNI o documento oficial que acredite su identidad y nacionalidad.

Tras la presentación del proyecto técnico por cada aspirante, la comisión de evaluación podrá formular cuantas dudas o preguntas estime procedentes en relación con su contenido.

5.7. La valoración del proyecto técnico se realizará en los términos y con los límites establecidos en el anexo II de esta resolución.

5.8. Tras el acto público referido, la comisión recogerá en un acta, de forma motivada, la evaluación de los/las aspirantes, con asignación de la puntuación desglosada en los apartados de currículo profesional (méritos) y puntuación de la defensa del proyecto técnico.

5.9. Finalizada la valoración anterior, la comisión publicará la lista provisional con las puntuaciones desglosadas por los apartados del baremo o, en su caso, la propuesta de la comisión de que se declare desierta la convocatoria, con apertura de un plazo de quince días hábiles para la presentación, en su caso, de reclamaciones que se estimen pertinentes.

5.10. Finalizado el plazo de presentación de reclamaciones y valoradas estas por la comisión de evaluación, se publicará la lista con las puntuaciones definitivas o ratificación de la propuesta de que se declare desierta la convocatoria. Las reclamaciones formuladas contra la lista provisional serán rechazadas o admitidas por medio de la resolución definitiva.

La convocatoria será declarada desierta cuando no concurran aspirantes que reúnan los requisitos exigidos, o la propuesta motivada de la comisión de evaluación, cuando ninguna de las personas aspirantes alcance 50 puntos en la evaluación del proyecto técnico.

De producirse empate en la puntuación, el orden de desempate será el siguiente:

• Las aspirantes de sexo femenino sobre los de sexo masculino, cuando en la especialidad convocada en el centro se den las condiciones de infrarrepresentación previstas en el artículo 49 del Decreto legislativo 2/2015, de 12 de febrero, por el que se aprueba el texto refundido de las disposiciones legales de la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de igualdad (DOG nº 32, de 17 febrero).

• Por orden de mayor a menor puntuación obtenida por los/as interesados/as en el proyecto técnico.

• Por orden de mayor a menor puntuación obtenida por los/as interesados/as en la evaluación del currículo profesional.

• De mayor a menor edad.

Sexta. Resolución

La resolución definitiva será publicada en el Diario Oficial de Galicia y el/la aspirante seleccionado obtendrá un nombramiento para el desempeño del puesto por un período inicial de cuatro años de duración.

Contra esta resolución se podrá interponer recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes a contar desde el día siguiente al de su publicación.

Séptima. Toma de posesión

El/la aspirante seleccionado/a deberá cesar en la plaza que desempeñe dentro de los tres días hábiles siguientes a aquel en que se publique la resolución en el Diario Oficial de Galicia. La toma de posesión del puesto de trabajo adjudicado deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes al del cese. A estos efectos, se entenderá por plaza desempeñada la efectivamente ocupada, con independencia de que sea en condición de destino definitivo, adscripción o destino provisional o comisión de servicios.

Si así lo permiten las necesidades del servicio, y a petición motivada del/de la interesado/a, los plazos a que se refieren los párrafos anteriores podrán ser prorrogados por el órgano convocante.

El plazo de toma de posesión y su prórroga tendrán la consideración de servicio activo, percibiéndose los correspondientes haberes de conformidad con lo que establezca la orden sobre la confección de nóminas del personal al servicio de la Administración autonómica.

Octava. Evaluación del desempeño de la coordinación

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 19 de la Orden de 24 de mayo de 2006 por la que se establecen las bases del procedimiento para la provisión de los puestos de jefatura y coordinación de las instituciones sanitarias del Servicio Gallego de Salud, el/la profesional nombrado/a será evaluado/a antes de que transcurran cuatro años desde su nombramiento, a los efectos de prorrogar el desempeño de la jefatura o coordinación por idéntico período de tiempo o proceder a su remoción del puesto de trabajo.

Sin perjuicio de lo anterior, el/la profesional nombrado/a podrá ser cesado/a por el/la director/a por causas sobrevenidas, derivadas tanto de una reordenación de la estructura jerárquica de la institución como de la falta de capacidad para el desempeño del puesto.

El incumplimiento por la persona nombrada del compromiso de dedicación exclusiva implicará la perdida inmediata del puesto de coordinación, acordada por el mismo órgano que dispuso su nombramiento.

La comprobación posterior del incumplimiento de cualquiera de los requisitos exigidos para los/as aspirantes en esta convocatoria dará lugar, mediante resolución motivada, a la exclusión del/de la aspirante o, en su caso, a la revocación de la adjudicación y nombramiento si estos ya se hubiesen efectuado.

En lo no previsto en la presente convocatoria, se aplicarán supletoriamente las disposiciones contenidas en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de régimen jurídico del sector público.

Novena. Recursos

Contra la presente resolución, que no agota la vía administrativa, podrá interponerse recurso de alzada ante la Dirección General de Recursos Humanos del Servicio Gallego de Salud, en el plazo de un mes contado a partir del día siguiente al de su publicación, en los términos de los artículos 121 y 122 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

ANEXO I

Denominación del puesto

Coordinador/a de personal técnico superior de laboratorio de diagnóstico clínico

Ámbito funcional

Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

Características

El puesto convocado se encuadra dentro del Área de Sangre, Componentes Sanguíneos y Hemoderivados y con dependencia funcional de esta Área.

Horario a realizar: turno fijo de mañana, de lunes a viernes; para completar la jornada anual realizará alguna actividad propia de su competencia en turno de tarde/noche.

Funciones

Gestionar los recursos humanos y materiales relacionados con la coordinación de TEL de acuerdo con las directrices generales de ADOS y garantizar el óptimo nivel de calidad en los procedimientos y gestiones realizadas en su desempeño:

Con carácter general, son funciones del puesto las siguientes:

1) Planificar, organizar y coordinar la actividad del equipo humano asegurando un adecuado rendimiento.

2) Velar por la adecuada planificación, obtención y distribución de los recursos materiales necesarios para el correcto funcionamiento de los laboratorios, supervisando los pedidos y el control del stock de materiales.

3) Detectar las necesidades de formación de los TEL, participando en la organización de la formación para este colectivo y proponer un modelo de formación interna inicial y continuada.

4) Participar, dentro del ámbito de sus competencias, en los objetivos atribuidos por la dirección de la Agencia.

5) Participar en las comisiones que considere la dirección.

Derivadas de la gestión de recursos humanos:

Planificar, organizar y coordinar el equipo humano TEL asegurando un adecuado rendimiento del mismo.

Elaboración y gestión de los turnos de personal de los laboratorios.

Elaboración y control de los cuadros de guardias del personal asignado.

Coordinar y garantizar la programación, ejecución y evaluación de la actividad del personal técnico de laboratorio de ADOS, supervisando y organizando las actividades de dicho personal, a fin de que redunden en una mejor consecución de los objetivos asumidos por la Agencia.

Garantizar la elaboración de los documentos, registros o datos de carácter evaluativo, organizativo o de gestión que se estimen necesarios en lo referente al personal TEL.

Promover el trabajo en equipo, así como la partipación de todos sus miembros.

Acoger al alumnado en prácticas de TEL, coordinar y planificar su distribución y rotación en las unidades, siguiendo las instrucciones del jefe/a de área.

Elaborar y actualizar los turnos del personal TEL en prácticas.

Informar y asesorar al personal técnico en materia de formación e docencia.

Fomentar un clima laboral saludable y de colaboración, promoviendo y facilitando las relaciones interpersonales que favorezcan el trabajo en equipo.

Promover todas aquellas prácticas que incidan en el cumplimiento de los procedimientos que emanen de las normativas en prevención de riesgos laborales.

Derivadas de la gestión de recursos materiales:

Velar por la idónea planificación, obtención y distribución de los recursos materiales necesarios para el correcto funcionamiento de los laboratorios, supervisando los pedidos y el control del stock de materiales.

Garantizar el correcto mantenimiento, conservación y manejo del material y equipos de los laboratorios en coordinación con el jefe de taller.

Identificar e informar de las necesidades de recursos materiales de las unidades. Propiciar un entorno seguro de trabajo.

Derivadas de las líneas de trabajo desarrolladas e implantadas para promover y alcanzar los objetivos de calidad:

Velar por la consecución de los objetivos de las diferentes unidades.

Garantizar la calidad de los procesos asegurando la trazabilidad según los protocolos establecidos.

Propiciar el desarrollo de la actividad de acuerdo al sistema de calidad ISO 9001-2015 y los estándares de calidad del Comité de Acreditación en Transfusión (CAT).

Velar por la implantación y cumplimiento de las normas de correcta fabricación (NCF) y la incorporación de los principios de buenas prácticas y la gestión de riesgos.

Hacer propuestas de mejora e innovación.

Participar en comisiones y grupos de trabajo que se formen para el desarrollo de nuevos proyectos.

Derivadas de la gestión del conocimiento:

Analizar las necesidades de formación del personal TEL, contribuyendo a establecer las medidas necesarias para satisfacerlas.

Estudiar y proponer un modelo de formación interna inicial y continuada, que garantice la rotación del personal por los distintos laboratorios del centro, en procesos de capacitación y mejora continua.

Motivar al personal a su cargo, para que pueda alcanzar el más alto nivel profesional.

Colaborar en la elaboración del plan de formación.

Colaborar en la programación y organización de las actividades formativas del personal bajo su coordinación, para mantener la calidad de los procesos.

Colaborar en la formación de los profesionales de nueva incorporación en los laboratorios, así como en la de los profesionales en prácticas

Funciones generales:

Elaboración de los informes requeridos por la dirección.

Asistir a las reuniones a las que se le convoque por razón de su cargo.

Y, en general, todas aquellas funciones que le sean delegadas por su inmediato superior y cualquier otra que se estime necesaria a criterio de la dirección de la Agencia.

ANEXO II

Baremo del concurso de méritos

(máximo 100 puntos)

1. Experiencia profesional como personal estatutario, en las instituciones sanitarias del Sistema nacional de salud, en las categoría que habilitan para el acceso al puesto de trabajo convocado:

a) Servicios prestados como personal fijo:

• En ADOS: 0,25 puntos por mes.

• En otra institución sanitaria del Servicio Gallego de Salud: 0,20 puntos por mes.

• En instituciones sanitarias de otros servicios sanitarios del Sistema nacional de salud: 0,15 puntos por mes.

b) Servicios prestados como personal temporal:

• En ADOS: 0,10 puntos por mes.

• En otra institución sanitaria del Servicio Gallego de Salud: 0,075 puntos por mes.

• En instituciones sanitarias de otros servicios sanitarios del Sistema nacional de salud: 0,05 puntos por mes.

2. Méritos específicos (máximo 35 puntos)

a) Experiencia profesional:

• En ADOS: 0,125 puntos por mes (máximo 10 puntos).

• En puestos pertenecientes al área funcional en la que se encuadra el puesto convocado: 0,125 puntos por mes.

• En puestos de jefatura o dirección: 0,10 puntos por mes.

La puntuación de estos tres apartados de experiencia profesional específica será acumulable.

3. Otras actividades realizadas en los últimos 7 años, indicativas de la actualización de conocimientos y aptitudes para el desempeño de las correspondientes funciones (máximo 35 puntos).

• Formación continuada acreditada.

• Cursos de formación y perfeccionamiento acreditados por la Comisión de Formación Continuada del Sistema Nacional de Salud o por la Comisión Autonómica, con un contenido relacionado con las funciones propias del puesto al que se opta.

• Por la asistencia debidamente justificada a cursos de formación y perfeccionamiento convocados e impartidos por la Administración estatal, autonómica, universidades, INEM, Cruz Roja, organizaciones sindicales o avalados en debida forma por el Sergas, siempre que tengan un contenido relacionado con las funciones propias del puesto al que opta.

• Cursos realizados en aplicación del acuerdo de formación continua de las administraciones públicas, que tuvieron virtualidad, entre otros, en organismos, instituciones, organizaciones acreditativas, o en el Plan de formación continua del Sergas, dirigidos a la categoría que se ostenta.

– Los cursos relacionados en estos apartados a), b) e c) se valorarán preferentemente por los créditos que tengan acreditados. En su defecto, por las horas que figuren en el certificado.

• Por crédito: 0,25 puntos.

• Por hora: 0,025 puntos.

Los cursos universitarios de posgrado relacionados con las funciones del puesto (diplomas de especialización, másters, etc) no tendrán límite de 7 años para su valoración.

• Conocimiento del gallego: por la realización del curso de iniciación: 1 punto; por la realización del curso de perfeccionamiento (incluye el curso de iniciación en la puntuación): 2 puntos.

• Actividades de formación y tutoría: por impartir docencia en cursos organizados e impartidos por una Administración pública: 1,5 puntos por hora.

• Formación básica en materia de prevención de riesgos laborales: por el curso básico de prevención de riesgos laborales impartido por la Administración pública: 2 puntos.

• Formación en igualdad entre mujeres e hombre y en prevención y lucha contra la violencia de género:

• Por crédito: 0,25 puntos.

• Por hora: 0,025 puntos.

ANEXO III

Guía de indicadores para la elaboración del proyecto técnico

Defensa pública del proyecto (puntuación máxima 100 puntos)

Después de la valoración de los méritos de los/ las aspirantes, estos serán llamados/as, de acuerdo con lo establecido en la base quinta de la presente convocatoria, a la realización del acto público de defensa de presentación y defensa del proyecto técnico relacionado con la gestión de la unidad, que se valorará con un máximo de 100 puntos.

La comisión podrá proponer que se declare desierta la convocatoria en el supuesto de que ninguno de los/ las aspirantes alcance 50 puntos en la evaluación del proyecto técnico.

El proyecto técnico de gestión que se elabore deberá articularse con base en el siguiente año y de cara a los próximos cuatro años. Deberá redactarse bajo la perspectiva del modelo actual de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos.

Los objetivos se articularán en los apartados siguientes:

1. Objetivos de gestión de recursos humanos.

2. Objetivos de gestión de recursos materiales.

3. Objetivos de gestión de la calidad.

4. Objetivos de gestión del conocimiento:

1º. Objetivos de gestión de recursos humanos.

Elaboración de una propuesta organizativa que garantice la programación, ejecución y evaluación de la actividad del personal técnico de laboratorio de ADOS, supervisando y organizando las actividades de dicho personal, a fin de que redunden en una mejor consecución de los objetivos asumidos por la Agencia.

La propuesta incluirá, al menos:

– La planificación del trabajo de gestión de recursos humanos del personal TEL de los laboratorios de las distintas unidades, teniendo en cuenta los recursos disponibles, que incluirá al menos la elaboración de los turnos de personal de los laboratorios y los cuadros de guardias del personal asignado.

– Diseño de un modelo de formación interna inicial y continuada, que garantice la rotación del personal por los distintos laboratorios del centro, en procesos de capacitación y mejora continua.

Desarrollo del objetivo mediante metas e indicadores.

2º. Objetivos de gestión de recursos materiales.

Propuesta organizativa de la logística de gestión y distribución de los recursos materiales necesarios para el correcto funcionamiento de los laboratorios: gestión de pedidos y control del stock de los materiales.

Desarrollo del objetivo mediante metas e indicadores.

3º. Objetivos de gestión de la calidad.

Estos objetivos estarán de acuerdo con la estrategia general de gestión de la calidad del Sergas y de ADOS.

El proyecto debe incluir las siguientes lineas:

• Calidad de los procesos asegurando la trazabilidad según los protocolos establecidos y los estándares de aplicación en los laboratorios/unidades de ADOS. Implantación y cumplimiento de las normas de correcta fabricación (NCF) e incorporación de los principios de buenas prácticas y la gestión de riesgos.

Desarrollo del objetivo mediante metas e indicadores.

4º. Objetivos de gestión del conocimiento.

• Modelo de formación interna, inicial y continuada, que garantice la rotación del personal por los distintos laboratorios de ADOS, en procesos de capacitación, habilitación y mejora continua.

Desarrollo del objetivo mediante metas e indicadores.

ANEXO IV

Solicitud de participación en la convocatoria del puesto de coordinador/a de técnicos de laboratorio de la agencia gallega de sangre, órganos y tejidos

Resolución de la Agencia:

Nº DOG:

Fecha DOG:

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

NIF:

Publicada la convocatoria indicada al principio, por la que se convoca la provisión del puesto de coordinador/a de técnicos de laboratorio y reuniendo los requisitos necesarios,

SOLICITA:

Sea admitida la presente solicitud para participar en la convocatoria para cobertura de la plaza convocada.

Documentos que adjunta a esta solicitud:

• Copia compulsada del DNI o documento que legalmente lo sustituya.

• Original o copia compulsada de la titulación.

• Original o copia compulsada del nombramiento.

• Certificación de servicios en los que conste la situación de activo en ADOS

• Certificación acreditativa en la que conste experiencia mínima de tres años.

• Declaración responsable de no haber sido separado del servicio.

• Certificación médica.

• Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

• Proyecto técnico.

• Anexo V. Ssolicitud de percepción del complemento específico y compromiso de prestación de servicios en régimen de dedicación exclusiva.

_________________________, _______ de _________________ de 202___

Fdo. ___________________________________

Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos

Calle Xoaquín Díaz de Rábago, 2-6, 15705 Santiago de Compostela

ANEXO V

Solicitud de percepción del complemento específico

(anexo I del Decreto 11/1995, de 20 de enero (DOG de 25 de enero)

DATOS PERSONALES

Apellidos y nombre:

Categoría estatuaria:

Centro sanitario:

EXPONE:

Primero. Que, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 11/1995, de 20 de enero (DOG nº 17, de 25 de enero), opta por desempeñar sus servicios para el Servicio Gallego de Salud en régimen de dedicación exclusiva.

Segundo. Que no desempeña ninguna otra actividad pública o privada por la que perciba retribución alguna que, de acuerdo con la Ley 53/1984, de 26 de diciembre, de incompatibilidades, resulte incompatible con la percepción del complemento específico previsto en el Real decreto ley 3/1987, de 11 de septiembre.

Por todo lo anterior,

SOLICITA:

Le sea aceptada la opción de prestación de sus servicios en régimen de dedicación exclusiva, con la consiguiente percepción del complemento específico que corresponda de acuerdo con el sistema retributivo vigente.

Sin perjuicio de lo anterior, la validez y eficacia de la presente solicitud queda condicionada a la efectiva adjudicación del puesto convocado de coordinador/a de personal técnico superior al firmante. De no resultar adjudicatario/a del citado puesto, se considerará la solicitud como no presentada y sin validez.

Santiago de Compostela, ___ de ______________ de 2021

Fdo.: __________________________

Directora de la Agencia Gallega de Sangre, Órganos y Tejidos