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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 260 Martes, 29 de diciembre de 2020 Pág. 50787

VI. Anuncios

a) Administración autonómica

Consellería del Medio Rural

ANUNCIO de 4 de diciembre de 2020, del Jurado Provincial de Clasificación Montes Vecinales en Mano Común de Ourense, por el que se publica la Resolución de 2 de diciembre de 2020 relativa al acto de conciliación formulado por los representantes del monte vecinal en mano común Comunal de Gondulfes, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Gondulfes y Marbán, el monte vecinal en mano común Comunal de Monteveloso, perteneciente a la Comunidad de Montes Vecinales en Mano Común de Monteveloso, y monte vecinal en mano común de Feilas, en los ayuntamientos de Castrelo do Val y Vilardevós.

Examinada la solicitud de conciliación formulada por los representantes del MVMC Comunal de Gondulfes, perteneciente a la CMVMC de Gondulfes y Marbán, el MVMC Comunal de Monteveloso, perteneciente a la CMVMC de Monteveloso, y el MVMC de Feilas, en los ayuntamientos de Castrelo do Val y Vilardevós, resultan los siguientes

Hechos:

Primero. Con fecha 4 de mayo de 2016 el presidente de la CMVMC de Feilas presentó un escrito en la oficina agraria comarcal de Xinzo de Limia (nº 2459/rx 1211515) con el fin de registrar un acuerdo de deslinde entre las CMVMC de Monteveloso, Gondulfes y Feilas, en los ayuntamientos de Castrelo do Val y Vilardevós.

Entre otra documentación, presentó los acuerdos de las asambleas de las tres comunidades, un acta de conciliación y un informe deslinde con planos.

Segundo. El 22 de agosto de 2019 la CMVMC interesada presentó en el registro electrónico de la Xunta de Galicia (nº 2019/1752757) un nuevo escrito con el que incorporó la siguiente documentación: memoria descriptiva, acuerdos de la asamblea, acto conciliatorio, acta de acuerdo sobre el terreno y archivo gráfico.

Tercero. El informe del Servicio de Montes de la Jefatura Territorial de Ourense de fecha 4 de diciembre de 2019 considera que la solicitud se ajusta a lo establecido en el artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia.

El perímetro límite acordado tiene como inicio un punto acordado por la CMVMC de Gondulfes y Marbán y la CMVMC de Monteveloso, según consta en el acta de conciliación de 19 de marzo de 2015 levantada en el Juzgado de Paz de Castrelo do Val. Desde este punto viene definido por una línea poligonal que sigue la dirección de un área cortafuegos hasta el punto 7, localizado en la orilla de la pista que une Feilas con Monteveloso, al sur del citado área cortafuegos. Como se indica en el acta del deslinde de 13 de febrero de 2019, en este punto confluyen el MVMC Comunal de Gondulfes y el MVMC Comunal de Monteveloso con el MVMC De Feilas y es el punto inicial de los perímetros límites del MVMC de Feilas con el MVMC Comunal de Monteveloso (hacia el este) y con el MVMC Comunal de Gondulfes (hacia el oeste).

Consideraciones legales y técnicas:

Primero. La presente resolución se dicta el amparo del artículo 53 del Reglamento para la ejecución de la Ley 13/1989, de 10 de octubre, de montes vecinales en mano común, aprobado por el Decreto 260/1992, de 4 de septiembre, y de conformidad con lo dispuesto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

Segundo. El artículo 53 de la Ley 7/2012, de 28 de junio, de montes de Galicia, recoge el procedimiento a seguir en el deslinde entre montes vecinales en mano común y establece que el jurado provincial de montes vecinales en mano común, tras el examen de la documentación presentada, dicte resolución que será publicada en el Diario Oficial de Galicia y notificada a las comunidades interesadas.

De acuerdo con los hechos y fundamentos de derecho expuestos, el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común acordó por unanimidad el día 2 de septiembre de 2020:

Aprobar el acto de conciliación acordado por las juntas rectoras de los MVMC Comunal de Gondulfes, perteneciente a la CMVMC Gondulfes y Marbán, el MVMC Comunal de Monteveloso, perteneciente a la CMVMC de Monteveloso, y el MVMC de Feilasl perteneciente a la CMVMC de Feilas, en los ayuntamientos de Castrelo do Val y Vilardevós, de acuerdo con el informe del Servicio de Montes de 4 de diciembre de 2019.

Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el Jurado Provincial de Clasificación de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense en el plazo de un mes, o bien directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Ourense, en el plazo de dos meses contados desde el día siguiente al de esta notificación, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y en los artículos 8 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa.

Ourense, 4 de diciembre de 2020

Yago Borrajo Sánchez
Presidente del Jurado Provincial de Clasificación
de Montes Vecinales en Mano Común de Ourense