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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 253 Jueves, 17 de diciembre de 2020 Pág. 49673

VI. Anuncios

b) Administración local

Ayuntamiento de A Coruña

ANUNCIO del acuerdo de suspensión cautelar de la tramitación de planeamiento de desarrollo, instrumentos de equidistribución, urbanización y licencias en el ámbito del API S-35 Ría del Burgo (631/2020/174).

El Pleno del Ayuntamiento, en la sesión ordinaria que tuvo lugar el 5 de noviembre de 2020, adoptó, entre otros, el siguiente acuerdo:

«Primero. Aprobar la propuesta de suspensión cautelar de tramitación de instrumentos de planeamiento, equidistribución y urbanización en los siguientes ámbitos del área de planeamiento incorporado API S-35 Ría del Burgo: polígonos y áreas de reparto delimitados en suelo urbano no consolidado, situados al norte de A Ponte da Pasaxe (POL RB1, RB2, RB3, RB4, RB5 y RB6).

En el ámbito de suelo urbano consolidado, se suspende las licencias de nueva edificación, parcelación (artículos 148 LSG/16 y 366 RLSG/16) y demolición de construcciones (artículo 1.4.9 del PGOM/13), en el ámbito de la norma zonal 12 “edificación en bloque” y de la norma zonal 6.2 del PGOM/1998 que se encuentra incorporada al PGOM/2013 en el API S-35 (Ría del Burgo), sin afectar a las obras en las parcelas calificadas como equipamiento.

En el ámbito de suelo urbano consolidado de la norma zonal nº 13 “suelo urbano del núcleo de las Jubias de Abajo” únicamente se suspenden las licencias de parcelación y demolición de las construcciones, permitiéndose las obras en los edificios (artículo 1.4.8 PGOM) y las obras de nueva edificación (artículo 1.4.10 PGOM) excepto las de relevo.

En todos los casos anteriormente señalados, la suspensión no afectará a las obras o actividades señaladas en el artículo 86.3 del Decreto 143/2016, de 22 de septiembre, por el que fue aprobado el Reglamento de la Ley del suelo de Galicia.

Se une a este acuerdo la delimitación del ámbito de suspensión grafiada en el plano que se adjunta, así como el resumen ejecutivo.

Segundo. Incoar el expediente de estudio y análisis de los parámetros de una posible modificación puntual del planeamiento general en el ámbito identificado en el apartado primero, que acoja los criterios del nuevo modelo territorial señalado en las disposiciones referidas.

Tercero. Publicar el acuerdo de suspensión en el Diario Oficial de Galicia y en uno de los periódicos de mayor difusión de la provincia, así como en la sede electrónica del Ayuntamiento.

Cuarto. Notificar este acuerdo a los departamentos municipales implicados en la ejecución del planeamiento».

Contra este acuerdo cabe interponer, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, recurso potestativo de reposición ante el órgano que lo dictó, en el plazo máximo de un mes, o bien, recurso contencioso-administrativo ante la sala correspondiente del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, en el plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de este anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la jurisdicción contencioso-administrativa, sin perjuicio de interponer cualquier otro recurso que se entienda más procedente y sea conforme a derecho.

El plano y el resumen ejecutivo a los que hace referencia el acuerdo se pueden descargar de la página web de Urbanismo www.coruna.gal/urbanismo en el epígrafe «Exposición Pública».

Lo que se publica para general conocimiento.

A Coruña, 20 de noviembre de 2020

La alcaldesa
P.D. (Decreto 3847/2019, de 26.6.2019)
María Hernández García
Directora del Área de Urbanismo