A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de ellas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y previo acuerdo entre las administraciones afectadas.
Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.
El Ayuntamiento de Rois solicita a la Agencia Gallega de Infraestructuras el cambio de titularidad de varios tramos antiguos de las carreteras autonómicas AC-301 y AC-543, así como la cesión de titularidad de los terrenos sobrantes de dominio público viario en las carreteras AC-301 y AC-543 a su paso por el término municipal.
El Ayuntamiento de Rois es atravesado por las carreteras de titularidad autonómica
AC-300, AC-301, AC-308, AC-543 y CG-1.5. La carretera AC-543 (Vidán (rotonda de Brandía)-Noia (AC-550) pertenece a la red primaria básica de la Xunta de Galicia, posee 31,12 km de longitud y discurre por el Ayuntamiento de Rois entre los puntos kilométricos 13+070 y 21+140. Cuenta con numerosos tramos antiguos originados por las obras de mejora y acondicionamiento de esta carretera.
La Agencia Gallega de Infraestructuras, de acuerdo con el informe emitido por los servicios competentes, identifica los tramos antiguos de la carretera autonómica AC-543 los cuales carecen de funcionalidad dentro de la Raega, así como también indica que los identificados como sobreanchos no se consideran transferibles por carecer de entidad, estar fuera de suelo urbano o no estar ordenados. Por lo tanto se considera viable el cambio de titularidad de los tramos antiguos y franjas de dominio público viario, excepto calzada y arcenes, de la carretera autonómica AC-543, así como los tramos antiguos de la carretera AC-543 que se definen en el artículo 1.
De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, previa deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veinte de noviembre de dos mil veinte,
DISPONGO:
Artículo 1
Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de Rois de las siguientes franjas de dominio público viario y de los siguientes tramos antiguos:
Denominación |
P.K.i de la AC-543 |
Coordenadas UTM (ETRS89) |
P.K.f de la AC-543 |
Coordenadas UTM (ETRS89) |
Margen |
Long. (m) |
Tramo antiguo 1 |
13+670 |
X=523.421 Y=4.742.292 |
13+740 |
X=523.356 Y=4.742.263 |
MI |
79 |
Tramo antiguo 2 |
13+780 |
X=523.312 Y=4.742.279 |
13+940 |
X=523.196 Y=4.742.366 |
MD |
146 |
Tramo antiguo 4 |
14+940 |
X=522.414 Y=4.742.560 |
15+010 |
X=522.344 Y=4.742.512 |
MD |
90 |
Tramo antiguo 5 |
15+900 |
X=521.688 Y=4.742.029 |
16+000 |
X=521.607 Y=4.741.963 |
MD |
107 |
Tramo antiguo 6 |
17+730 |
X=520.346 Y=4.741.180 |
17+810 |
X=520.338 Y=4.741.108 |
MI |
81 |
Tramo antiguo 7 |
19+800 |
X=519.087 Y=4.740.053 |
19+950 |
X=518.944 Y=4.740.086 |
MD |
164 |
Tramo antiguo 8 |
20+370 |
X=518.536 Y=4.740.051 |
20+550 |
X=518.375 Y=4.740.068 |
MD |
170 |
Ramal de acceso |
14+050 |
X=523.149 Y=4.742.462 |
14+140 |
X=523.137 Y=4.742.542 |
MI |
82 |
Franja de DP en el MI de la travesía de Urdilde que abarca la zona de aparcamiento y acera y el terreno restante hasta el límite de expropiación. Excluidos calzada y arcén |
15+230 |
X=522.172 Y=4.742.388 |
16+000 |
X=521.611 Y=4.741.956 |
MI |
- |
Franja de DP en el MD de la travesía de Urdilde que abarca la zona de aparcamiento, la acera y el terreno restante hasta el límite de expropiación. Excluidos calzada y arcén |
15+230 |
X=522.172 Y=4.742.388 |
15+900 |
X=521.692 Y=4.742.026 |
MD |
- |
Franja de DP en el MI que abarca la acera que une el núcleo de Urilde con el CEIP Pumar-Urdilde y el terreno restante hasta el límite de expropiación. Excluidos calzada, arcén y barrera metálica |
16+000 |
X=521.611 Y=4.741.956 |
16+260 |
X=521.448 Y=4.741.773 |
MI |
- |
Frranja de DP en el MI que abarca el aparcamiento y la acera. Excluidos calzada y arcén |
16+260 |
X=521.448 Y=4.741.773 |
16+370 |
X=521.370 Y=4.741.686 |
MI |
- |
Artículo 2
En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de Rois deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir los cambios de titularidad a los que se refiere este decreto.
Artículo 3
De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega.
Artículo 4
Le corresponde al Ayuntamiento de Rois, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de los viales, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.
Disposición final
Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Santiago de Compostela, veinte de noviembre de dos mil veinte
Alberto Núñez Feijóo
Presidente
Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad