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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 242 Martes, 1 de diciembre de 2020 Pág. 47493

V. Administración de justicia

Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense

EDICTO (614/2019).

Yo, Francisco Javier Crespo Martín, letrado de la Administración de justicia, del Juzgado de Primera Instancia número 4 de Ourense, por el presente, anuncio:

En el presente procedimiento ordinario 614/2019 seguido a instancia de Grúas Pérez Coco, S.L. frente a Estructuras Dabalpo, S.L.U., Martín Díaz Dablanca, se ha dictado sentencia cuyo encabezamiento y fallo son del tenor literal siguiente:

«Ourense, 4 de septiembre de 2020.

Vistos por mí, Susana Conde Fernández, magistrada jueza, en sustitución, del Juzgado de Primera Instancia número 4 con competencia mercantil de Ourense, los presentes autos de juicio ordinario nº 614/2019, seguidos ante este juzgado, siendo parte demandante Grúas Pérez Coco, S.L., representada por el procurador de los tribunales Camilo Enríquez Naharro y asistido por letrado Joaquín Delmonte Angullo, sustituido en el acto de juicio por Roi Deaño Fernández, contra la mercantil Estructuras Dabalpo, S.L.U. y Martín Díaz Dablanca, en calidad de administrador único de la mercantil demandada, ambos en situación procesal de rebeldía, sobre acción de reclamación de cantidad y acción individual de responsabilidad.

Fallo:

Que, estimando íntegramente la demanda presentada por el procurador Sr. Enríquez Naharro, actuando en nombre y representación de Grúas Pérez Coco, S.L., contra Estructuras Dabalpo, S.L.U. y Martín Díaz Dablanca, ambos en situación procesal de rebeldía, condeno a la parte demandada a abonar a la actora de forma conjunta y solidaria la suma de 22.548,95 euros más los intereses legales de la cantidad reclamada desde la presentación de la demanda y hasta la fecha de la presente sentencia, y los previstos en el artículo 576 desde esta hasta su completa ejecución. Todo ello con expresa imposición de las costas procesales causadas a la parte demandada.

La presente sentencia es susceptible de recurso de apelación a interponer en el plazo de veinte días desde su notificación».

Y encontrándose dichos demandados, Estructuras Dabalpo, S.L.U. y Martín Díaz Dablanca, en paradero desconocido, se expide el presente a fin de que sirva de notificación en forma al mismo.

Ourense, 28 de septiembre de 2020

El letrado de la Administración de justicia