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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 231 Lunes, 16 de noviembre de 2020 Pág. 45221

III. Otras disposiciones

Consellería de Infraestructuras y Movilidad

DECRETO 184/2020, de 29 de octubre, por el que se aprueba el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de O Rosal de un tramo antiguo de la carretera provincial EP-3302 Tabagón-O Rosal-Portocelo, desde el punto kilométrico 1+365 al punto kilométrico 1+580 margen derecho.

A tenor de lo previsto en el artículo 9.4 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, los cambios de titularidad de las carreteras o tramos de ellas, cuando no se trate de travesías urbanas o tramos de las mismas que estén incluidos en el inventario de travesías de su Administración titular, deberán ser aprobados por decreto de la Xunta de Galicia, a propuesta de la consellería competente en materia de carreteras y después del acuerdo entre las administraciones afectadas.

Por otra parte, la citada Ley de carreteras dispone en el artículo 9.7 que los cambios de titularidad podrán incluir carreteras, tramos de ellas, elementos funcionales y/o espacios de la zona de dominio público adyacente.

El día 24 de abril de 2019 el Ayuntamiento de O Rosal y la Diputación de Pontevedra firmaron un convenio de colaboración para la ejecución del proyecto de mejora de la movilidad peatonal en la EP-3302 desde el punto kilométrico 1+365 al punto kilométrico 1+940. La cláusula quinta de dicho convenio establece como obligación del Ayuntamiento de O Rosal aceptar la transferencia de un tramo antiguo de la carretera provincial EP-3302 Tabagón-O Rosal-Portocelo desde el punto kilométrico 1+365 al punto kilométrico 1+580. Sus características funcionales y de utilidad son asimilables al viario municipal de tipo urbano, ya que solamente da servicio de acceso a las fincas colindantes, por lo que no reúne las características propias de una carretera provincial. Con la transferencia del tramo que se define en el artículo 1, el Ayuntamiento de O Rosal podrá garantizar un mejor mantenimiento de la carretera, así como llevar un control más directo para evitar posibles ocupaciones indebidas del dominio público.

De conformidad con lo anteriormente expuesto, a propuesta de la conselleira de Infraestructuras y Movilidad, después de deliberación del Consello de la Xunta de Galicia, en su reunión del día veintinueve de octubre de dos mil veinte,

DISPONGO:

Artículo 1

Aprobar el cambio de titularidad a favor del Ayuntamiento de O Rosal de:

Clave

Denominación

p.k.i

p.k.f

Margen

Tramo antiguo EP-3302

Tabagón-O Rosal-Portocelo

1+365

1+580

MD

Artículo 2

En aplicación de los apartados 4 y 6 del artículo 10 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el Ayuntamiento de O Rosal deberá modificar su catálogo de carreteras para incluir el cambio de titularidad a que se refiere este decreto.

Artículo 3

De acuerdo con lo establecido en el artículo 9.6 de la Ley 8/2013, de 28 de junio, de carreteras de Galicia, el cambio de titularidad será efectivo al día siguiente de la publicación de este decreto en el Diario Oficial de Galicia. La entrega de los bienes se formalizará en el plazo de los dos meses siguientes a esta publicación mediante la firma de la correspondiente acta de entrega entre ayuntamiento y diputación.

Artículo 4

Corresponderá al Ayuntamiento de O Rosal, a partir de la formalización de la entrega, todas las actividades de gestión, mantenimiento, conservación y explotación de las vías, así como el ejercicio de las funciones de disciplina viaria y cualquier otra que pudiese corresponderle como nueva Administración titular de las carreteras.

Disposición final

Este decreto producirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Santiago de Compostela, veintinueve de octubre de dos mil veinte

Alberto Núñez Feijóo
Presidente

Ethel Mª Vázquez Mourelle
Conselleira de Infraestructuras y Movilidad