Yo, Elena Pereira Bernárdez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 1 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento modificación sustancial condiciones laborales 4/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de José Plácido Vázquez Varela contra Servicios de Seguridade Integral e Mantenementos A-1, S.L., José Javier Fernández Ramos sobre mobilidad geográfica y funcional, se ha dictado resolución cuya parte dispositiva dice:
Acuerdo: tener por desistido a José Plácido Vázquez Varela de su demanda, y una vez firme esta resolución, se archivarán los autos.
Incorpórese el original al libro de decretos, dejando certificación del mismo en el procedimiento de su razón.
Modo de impugnación: podrá interponerse recurso directo de revisión ante quien dicta esta resolución mediante escrito que deberá expresar la infracción cometida a juicio del recurrente, en el plazo de tres días hábiles siguientes a su notificación (artículo 188.2 de la LJS).
Y para que sirva de notificación en legal forma a Servicios de Seguridade Integral e Mantenementos A-1, S.L., José Javier Fernández Ramos, en ignorado paradero, expido el presente para su inserción en el DOG y tablón de anuncios.
Santiago de Compostela, 9 de octubre de 2020
La letrada de la Administración de justicia