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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 172 Miércoles, 26 de agosto de 2020 Pág. 33888

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña

EDICTO (653/2019).

Yo, María Blanco Aquino, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 2 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 653/2019 de este juzgado de lo social, seguidos a instancia de Míriam Dávila García contra la empresa Centro Óptico Bergantiños, S.L. y Fogasa, sobre despido, se ha dictado sentencia cuyo fallo es el siguiente:

«Fallo:

Que estimando en parte la demanda interpuesta por Míriam Dávila García contra la empresa Centro Óptico Bergantiños, S.L., se condena a la demandada a que le abone a la señora Dávila la cantidad de cinco mil doscientos diez euros y ocho céntimos (5.210,08 €), incrementada con el interés por mora del 10 %.

Asimismo, absuelvo al Fondo de Garantía Salarial, sin perjuicio de su responsabilidad subsidiaria en los casos previstos en el artículo 33 del Estatuto de los trabajadores.

Notifíquese esta resolución a las partes haciéndoles saber que la misma no es firme, y frente a ella cabe formular recurso de suplicación ante el Tribunal Superior de Justicia que deberá ser anunciado por comparecencia, o mediante escrito presentado en la oficina judicial dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta sentencia, o por simple manifestación en el momento en que se les practique la notificación.

Adviértase igualmente al recurrente que no fuera trabajador o beneficiario del régimen público de Seguridad Social, o causahabiente suyos, o no tenga reconocido el beneficio de justicia gratuita, que deberá depositar la cantidad de 300 euros en la cuenta abierta en el Banco Santander a nombre de esta oficina judicial.

En todo caso, el recurrente deberá designar letrado o graduado social para la tramitación del recurso, al momento de anunciarlo.

Así por esta sentencia, lo pronuncio, mando y firmo».

Y para que sirva de notificación en legal forma a Centro Óptico Bergantiños, S.L., en ignorado paradero, expido la presente para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 31 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia