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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 168 Jueves, 20 de agosto de 2020 Pág. 33247

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela

EDICTO (ETJ 44/2020).

Yo, María Iria Roman Vidarte, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela, hago saber que en el procedimiento de ejecución de títulos judiciales número 44/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Cristhian Mathias Arias Delgado contra la empresa Fun Kitchen, S.L., sobre reclamación de cantidad, se ha dictado auto de fecha 28 de julio de 2020 y decreto de fecha 29 de julio de 2020, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:

Parte dispositiva del auto:

«Parte dispositiva:

Se declara extinguida con fecha de la presente resolución la relación laboral que unía a Cristhian Mathias Arias Delgado con la empresa Fun Kitchen, S.L., condenando a ésta a que abone al ejecutante la cantidad de 1.577,29 euros en concepto de indemnización y 10.721,16 euros en concepto de salarios de tramitación.

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber que contra la misma cabe recurso de reposición en el plazo de tres (3) días desde su notificación.

Así, lo acuerda, manda y firma Sandra María Iglesias Barral, magistrada jueza del Juzgado de lo Social número 3 de Santiago de Compostela».

Y la parte dispositiva del decreto:

«Parte dispositiva:

En orden a dar efectividad a las medidas concretas, acuerdo:

Dar traslado a Cristhian Mathias Arias Delgado y el Fondo de Garantía Salarial a fin de que en el plazo de quince (15) días pueda designar la existencia de nuevos bienes titularidad de la ejecutada, y en caso contrario, se declarará la insolvencia de la misma.

Notifíquese a las partes y a Fun Kitchen, S.L., por medio de edictos en el Diario Oficial de Galicia, haciéndoles saber que en aplicación del mandato contenido en el artículo 53.2 de la Ley de la jurisdicción social, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados y, en su caso, los profesionales designados, señalarán un domicilio y datos completos para la práctica de actos de comunicación. El domicilio y los datos de localización facilitados con tal fin surtirán plenos efectos y las notificaciones en ellos intentadas sin efecto serán válidas hasta tanto no sean facilitados otros datos alternativos, siendo carga procesal de las partes y de sus representantes mantenerlos actualizados. Asimismo, deberán comunicar los cambios relativos a su número de teléfono, fax, dirección electrónica o similar, siempre que estos últimos estén siendo utilizados como instrumentos de comunicación con el tribunal.

Modo de impugnación: contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante el presente órgano judicial en el plazo de tres (3) días hábiles. Si el recurrente no tuviere la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá consignar la cantidad de 25 euros, en concepto de depósito para recurrir, en la cuenta de consignaciones de este juzgado de lo social número 3, abierta en el Banco Santander, cuenta número 5076 0000 64 0044 20. Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria, deberá ingresarse en la cuenta número 000493569920005001274, y en el campo concepto deberá indicar el número de cuenta 5076 0000 64 0044 20. Si efectuare diversos pagos en la misma cuenta, deberá especificar un ingreso por cada concepto, incluso si obedecen a otros recursos de la misma o distinta clase, indicando en el campo de observaciones la fecha de la resolución recurrida utilizando el formato dd/mm/aaaa. Quedan exentos de su abono, en todo caso, el Ministerio Fiscal, el Estado, las comunidades autónomas, las entidades locales y los organismos autónomos dependientes de ellos.

Así lo acuerda y firma SSª. Doy fe.

Letrada de la Administración de justicia».

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial.

Y para que sirva de notificación a Fun Kitchen, S.L., expido el presente edicto.

Santiago de Compostela, 29 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia