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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 166 Martes, 18 de agosto de 2020 Pág. 32862

V. Administración de justicia

Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña

EDICTO de notificación de sentencia (DSP 16/2020).

Yo, Eva Ortiz Suárez, letrada de la Administración de justicia del Juzgado de lo Social número 5 de A Coruña, hago saber que en el procedimiento de despido/ceses en general 16/2020 de este juzgado de lo social, seguido a instancia de Juan Francisco Penas Cernadas contra Elaborados Metálicos Emesa, S.L., Fogasa y la administración concursal de Elaborados Metálicos Emesa, S.L., sobre despido, se ha dictado sentencia cuya parte dispositiva es como sigue:

«Fallo que debo estimar y estimo la demanda que en materia de resolución de contrato y despido que ha sido interpuesta por Juan Francisco Penas Cernadas, contra la entidad Elaborados Metálicos Emesa, S.L. y su administración concursal, y, en consecuencia, debo declarar y declaro improcedente el despido del que fue objeto el 3 de diciembre de 2019 y, además, extinguida la relación laboral que vinculaba a Juan Francisco Penas Cernadas, con la entidad Elaborados Metálicos Emesa, S.L., en el día de la presente resolución (21.7.2020), y condeno a la entidad Elaborados Metálicos Emesa, S.L. al abono de una indemnización a razón de 6.371,08 euros y, asimismo, la cantidad de 14.465,22 euros por salarios de tramitación devengados entre el 4.12.2019 y el 21.7.2020.

Que debo estimar y estimo la demanda que en materia de cantidad ha sido interpuesta por Juan Francisco Penas Cernadas contra la entidad Elaborados Metálicos Emesa, S.L. y su administración concursal, y, en consecuencia, debo condenar y condeno solidariamente a la entidad Elaborados Metálicos, Emesa, S.L., a que abone al demandante la cantidad de 1.927,76 euros líquidos y 276,62 euros brutos por salarios devengados entre septiembre y diciembre de 2019, con inclusión de pagas extra y compensación económica por las vacaciones no disfrutadas, así como el interés del 10 % por mora y aplicable a los conceptos salariales.

Con la intervención procesal del Fondo de Garantía Salarial».

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoles saber su derecho a interponer contra la misma recurso de suplicación ante la Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, el cual podrán anunciar por comparecencia o por escrito ante este juzgado en el plazo de cinco días a partir de su notificación.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Elaborados Metálicos Emesa, S.L., en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 27 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia