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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 165 Lunes, 17 de agosto de 2020 Pág. 32770

V. Administración de justicia

Tribunal Superior de Justicia de Galicia (Sala de lo Social)

EDICTO (RSU 6032/2019-MJC).

Tipo y número de recurso: RSU recurso de suplicación 6032/2019-MJC

Juzgado de origen/autos: IAA impugnación de actos de la Administración 783/2018 Juzgado de lo Social número 1 de Vigo

Yo, M. Asunción Barrio Calle, letrada de la Administración de justicia de la Sala Segunda de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia, hago saber que en el procedimiento recurso de suplicación 6032/2019-MJC de esta sala, seguido a instancia de la Tesorería General de la Seguridad Social contra Inversiones Comodín, S.L., Basilia Giménez González, Génesis Ramírez Ferreira, Gracy Mary Montero Ramos, Anyienne de Vargas Gil, Laura Mariana Rincón Rico, Kelly Estefany Serrano Suárez, Catalina Gratiela Chiper, Georgiane Stanef, sobre otros derechos laborales, se ha dictado la siguiente resolución:

Que desestimando el recurso de suplicación interpuesto por la letrada de la Administración de la Seguridad Social en nombre y representación de la Tesorería General de la Seguridad Social contra la sentencia de fecha dieciséis de julio de dos mil diecinueve dictada por el Juzgado de lo Social número 1 de los de Vigo en los autos número 783/2018 sobre impugnación de actos de la Administración interpuesta por la empresa Inversiones Comodín, S.L., contra la Tesorería General de la Seguridad Social, y como afectadas e interesadas, Génesis Ramírez Ferreira, Gracy Mary Montero Ramos, Anyienne de Vargas Gil, Laura Mariana Rincón Rico, Kelly Estefany Serrano Suárez, Catalina Gratiela Chiper, Georgiane Stanef y Basilia Giménez González, debemos confirmar y confirmamos íntegramente la sentencia recurrida.

Incorpórese el original de esta sentencia, por su orden, al libro de sentencias de esta Sala de lo Social del Tribunal Superior de Justicia de Galicia.

Modo de impugnación: se hace saber a las partes que contra esta sentencia cabe interponer recurso de casación para unificación de doctrina que ha de prepararse mediante escrito presentado ante esta sala dentro del improrrogable plazo de diez días hábiles inmediatos siguientes al de la fecha de la notificación de la sentencia. Si el recurrente no tuviera la condición de trabajador o beneficiario del régimen público de la Seguridad Social, deberá efectuar:

– El depósito de 600 € en la cuenta de 16 dígitos de esta sala, abierta en el Banco de Santander (Banesto), con el número 1552 0000 37, seguida de cuatro dígitos correspondientes al número del recurso y dos dígitos del año del mismo.

– Asimismo, si hay cantidad de condena, deberá consignarla en la misma cuenta, pero con el código 80 en vez del 37 ó bien presentar aval bancario solidario en forma.

– Si el ingreso se hace mediante transferencia bancaria desde una cuenta abierta en cualquier entidad bancaria distinta, habrá que emitirla a la cuenta de veinte dígitos 0049 3569 92 0005001274 y hacer constar en el campo “Observaciones ó Concepto de la transferencia” los 16 dígitos que corresponden al procedimiento (1552 0000 80 ó 37 **** ++).

Así, por esta nuestra sentencia, lo pronunciamos, mandamos y firmamos.

Y para que sirva de notificación en legal forma a Basilia Giménez González, Génesis Ramírez Ferreira, Gracy Mary Montero Ramos, Anyienne de Vargas Gil, Laura Mariana Rincón Rico, Kelly Estefany Serrano Suárez, Catalina Gratiela Chiper y Georgiane Stanef, en ignorado paradero, expido el presente edicto para su inserción en el Diario Oficial de Galicia.

Se advierte al destinatario que las siguientes comunicaciones se harán fijando copia de la resolución o de la cédula en el tablón de anuncios de la oficina judicial, salvo el supuesto de la comunicación de las resoluciones que deban revestir forma de auto o sentencia, o cuando se trate de emplazamiento.

A Coruña, 3 de julio de 2020

La letrada de la Administración de justicia