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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 28 de julio de 2020 Pág. 29758

III. Otras disposiciones

Agencia Turismo de Galicia

RESOLUCIÓN de 15 de julio de 2020 por la que se modifica la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021 (códigos de procedimiento TU404A, TU404B y TU404C).

El 3 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia número 22 la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021.

Dicha resolución tiene por objeto aprobar las bases reguladoras para subvencionar parcialmente el coste de estancias turísticas, en régimen de concurrencia no competitiva, para las personas mayores, jóvenes menores de 30 años y familias con hijos menores residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia, así como efectuar su convocatoria para los años 2020 y 2021.

El 11 de marzo de 2020, la Organización Mundial de la Salud declaró pandemia internacional la situación de emergencia ocasionada por el brote epidémico del COVID-19. El Gobierno, en la reunión extraordinaria del Consejo de Ministros de 14 de marzo de 2020, aprobó el Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 que fue objeto de sucesivas prórrogas.

A través del citado Real decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declaró el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, se adoptaron, entre otras medidas, determinadas restricciones que afectaron a la libre circulación de las personas.

Estas restricciones a la libre circulación de personas acordadas por las autoridades inciden directamente en el desarrollo del programa Elige Galicia, que implica la movilidad de personas en diferentes espacios que se encuentran cerrados por lo que la ejecución del programa se vio paralizada y plantea dificultades en la gestión, tanto como consecuencia de la suspensión de la actividad en el sector, como por las limitaciones a la movilidad de personas, a nivel nacional e internacional, o mismo por las precauciones que puedan decretarse para evitar la propagación de la enfermedad.

El artículo 4 de la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021, fijaba el desarrollo del programa por turnos que se iniciaban en marzo-abril de 2020 y finalizarían en diciembre de 2021.

Esta programación se vio directamente afectada por la declaración del estado de alarma, resultando necesario su modificación.

De este modo, para el año 2020 el plazo de desarrollo del programa será desde el 15 de septiembre y hasta el 10 de diciembre de 2020 y en el convencimiento de la importancia de atraer a la ciudadanía gallega a moverse y consumir en la propia comunidad autónoma, incentivando así el consumo autóctono, se establece también un único precio para los usuarios que se corresponde al precio de la temporada baja establecido en la Resolución de 21 de enero de 2020.

Para el año 2021 también se establece un precio único para los usuarios que en este caso se corresponde con el establecido para la temporada media establecida en la citada resolución.

Asimismo, y dado el carácter plurianual del programa, para el año 2021 se hace necesario habilitar un mecanismo que facilite, teniendo en cuenta las garantías necesarias, la presentación de solicitudes por los interesados y posibles beneficiarios, motivo por el que se reconoció a la entidad que resultó adjudicataria del procedimiento para la contratación de los servicios de creación, organización, gestión y comercialización del programa Elige Galicia, destinado a jóvenes, familias y mayores residentes en la Comunidad Autónoma de Galicia, como entidad colaboradora de la Administración, al amparo de lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en base a la circunstancia excepcional que deriva de la situación creada por el COVID-19 y teniendo en cuenta los beneficios que para los posibles beneficiarios del programa se deriva de tal reconocimiento.

En relación con los procedimientos administrativos el Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 12 de marzo, publicado en el DOG número 49-bis, de 12 de marzo, por la Resolución de 12 de marzo de 2020, de la Secretaría General Técnica de la Consellería de Sanidad, por la que se da publicidad al Acuerdo del Consello de la Xunta de Galicia, de 12 de marzo de 2020, por el que se adoptan las medidas preventivas en materia de salud pública en la Comunidad Autónoma de Galicia, como consecuencia de la evolución de la epidemia del coronavirus COVID-19, dispone en su punto segundo:

«Las consellerías competentes adoptarán, de acuerdo con la legislación aplicable, las medidas de ampliación de plazos que sean precisas en los procedimientos en tramitación, para posibilitar su cumplimiento por los ciudadanos.

Asimismo, se adoptarán las medidas necesarias para posibilitar el cumplimiento de los requisitos establecidos en las correspondientes bases reguladoras a los beneficiarios de subvenciones».

Adicionalmente cabe considerar que, al no estar resuelta la convocatoria, no existen derechos creados frente a la Administración a favor de sus potenciales beneficiarios, al así disponerlo expresamente el artículo 24.6 de la Ley 38/2003, de 18 de noviembre, general de subvenciones, y el artículo 21.6 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, «las propuestas de resolución provisional y definitiva no crean derecho alguno a favor del beneficiario propuesto frente a la administración mientras no se le hubiera notificado la resolución de concesión».

En la presente convocatoria no se dictó resolución de concesión, ni por ende notificación ninguna, sin que se resolviera el procedimiento, no existiendo derecho alguno a favor de las personas solicitantes, que no llegaron a adquirir, así, el carácter de beneficiarias.

Por lo expuesto,

RESUELVO:

Modificar la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021 (códigos de procedimiento TU404A, TU404B y TU404C), como se indica:

Primero. Para el año 2020 el programa se ejecutará de la manera siguiente:

1. El programa se desarrollará entre el 15 de septiembre de 2020 y el 30 de noviembre de 2020 para todas las modalidades y colectivos.

2. La cuantía de la ayuda, a cargo de la Agencia Turismo de Galicia, será variable atendiendo a la temporada de disfrute y la modalidad del programa mientras que el precio, a cargo de las personas beneficiarias (IVA incluido), será fijo atendiendo a la modalidad del programa sin distinción entre temporadas de disfrute.

El precio fijo a pagar por los usuarios es el correspondiente a la temporada baja establecido en la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021:

Usuarios

Temporada

Vacaciones en zonas costeras

Rutas de patrimonio histórico y cultural

Rutas de naturaleza y montaña

Estancias en balnearios

Temporada

144 €

117 €

117 €

198 €

3. La resolución definitiva de la concesión de plazas se notificará a través de su publicación en la página web de la Agencia Turismo de Galicia y se comunicará a los solicitantes que deberán formalizar su reserva en las agencias de viajes comercializadores del programa, en el plazo máximo de 15 días hábiles, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en la página web de la Agencia Turismo de Galicia, pagando el 20 % de la cantidad que se les fija como precio en el momento de efectuar la reserva.

4. Transcurrido el plazo de 15 días, las personas solicitantes que no hubiesen obtenido plaza en la modalidad solicitada podrán optar a otras modalidades con plazas libres, en un plazo máximo de 10 días hábiles desde la finalización del plazo anterior. Lo indicado en este párrafo se gestionará directamente en las agencias de viajes comercializadoras.

5. Si en estos plazos no se cubrieran la totalidad de las plazas disponibles, se admitirán solicitudes por orden de presentación hasta la total cobertura de las plazas y siempre con dos semanas de antelación a la fecha de salida. Lo indicado en este párrafo se gestionará directamente en las agencias de viajes comercializadoras.

Segundo. Para el año 2021 el programa se desarrollará de la manera siguiente:

1. El programa se ejecutará entre el 10 de marzo y el 30 de noviembre de 2021 por turnos que agrupen a las personas beneficiarias por modalidad y colectivo con la excepción del período comprendido entre el 21 de junio y el 10 de septiembre y los períodos de Semana Santa, puentes o festivos.

2. Las solicitudes se presentarán entre el 1 de octubre y el 1 de noviembre de 2020 en las agencias comercializadoras del programa que hayan firmado el correspondiente contrato con la empresa adjudicataria del contrato.

3. La cuantía de la ayuda, a cargo de la Agencia Turismo de Galicia, será variable atendiendo a la temporada de disfrute y la modalidad del programa mientras que el precio, a cargo de las personas beneficiarias (IVA incluido), será fijo atendiendo a la modalidad del programa sin distinción entre temporadas de disfrute.

El precio fijo a pagar por los usuarios es el establecido para la temporada media en la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021:

Usuarios

Temporada

Vacaciones en zonas costeras

Rutas de patrimonio histórico y cultural

Rutas de naturaleza
y montaña

Estancias en balnearios

Temporada

180 €

129 €

129 €

222 €

4. La adjudicación de las plazas se realizará por orden de presentación de las solicitudes en las agencias comercializadoras del programa, conforme a los modelos recogidos en el anexo II de la Resolución de 21 de enero de 2020 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de plazas para el programa de turismo interior Elige Galicia de estancias de ocio para la juventud, familias y mayores, y se procede a su convocatoria para los años 2020 y 2021 (DOG núm. 22, de 3 de febrero), e irán acompañadas de la siguiente documentación:

• Una declaración responsable del solicitante de cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 3 de la convocatoria para ser considerado beneficiario de la ayuda y que acredite que no está incurso en alguna de las prohibiciones para ser beneficiario de las subvenciones señaladas.

• En el colectivo de mayores, el libro de familia cuando se incluyan en la solicitud los/las cónyuges y los/las hijos/as con discapacidad.

• En el caso del colectivo de familias, deberá presentarse el libro de familia o documento que acredite la convivencia y el título de familia numerosa en el caso de no ser expedido por la Xunta de Galicia.

• Documentación justificativa de padecer una discapacidad, en caso de que el órgano que realiza tal reconocimiento no dependa de la Xunta de Galicia.

5. Las agencias comercializadoras del programa harán constar el día y la hora de la presentación de la solicitud y siempre que los solicitantes cumplan todos los requisitos establecidos en el artículo 3 para ser consideradas como personas beneficiarias procederán a hacer la reserva de la plaza previo abono del 20 % del precio.

6. La Agencia Turismo de Galicia podrá en cualquier momento, de ser necesario, consultar automáticamente los datos incluidos en los documentos elaborados por las administraciones públicas que se señalan en el artículo 7 de la convocatoria. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y en el anexo III de la Resolución de 21 de enero de 2020, según corresponda, y presentar los documentos.

7. Transcurrido el plazo de presentación de solicitudes y de no cubrirse la totalidad de las plazas disponibles, se admitirán solicitudes por orden de presentación hasta la total cobertura de las plazas y siempre con dos semanas de antelación a la fecha de salida.

Santiago de Compostela, 15 de julio de 2020

El/la director/a de la Agencia Turismo de Galicia
P.S. (Artículo 19.6 del Decreto 196/2012, de 27 de septiembre;
DOG núm. 193, de 9 de octubre)
Mª Elena Barca Ramos
Gerente de la Agencia Turismo de Galicia