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DOG - Xunta de Galicia -

Diario Oficial de Galicia
DOG Núm. 150 Martes, 28 de julio de 2020 Pág. 29754

III. Otras disposiciones

Agencia Gallega de Innovación

RESOLUCIÓN de 20 de julio de 2020 por la que se amplía el crédito y se adjudican las ayudas de la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020.

El 20 de febrero de 2020 se publicó en el Diario Oficial de Galicia la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento IN853B).

Los artículos 3 y 4 de esta resolución de convocatoria establecen los requisitos que deben cumplir, respectivamente, los beneficiarios y las unidades mixtas de investigación para poder optar a las ayudas.

La Comisión de Selección prevista en el artículo 16 de las bases reguladoras, reunida el 14 de julio de 2020, elaboró una propuesta de financiación de las solicitudes por orden decreciente de la puntuación alcanzada, teniendo en cuenta los informes de valoración emitidos por los evaluadores. La propuesta de la Comisión de Selección contempla ayudas que superan el importe de la convocatoria, con la previsión de que pueda ampliarse el crédito de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 2 de las bases reguladoras.

En este sentido, el artículo 2 establece la aplicación presupuestaria y el importe previsto para la financiación de las citadas subvenciones, así como la posibilidad de ampliar los créditos dedicados a esta convocatoria, previa declaración de disponibilidad de crédito, como consecuencia de las circunstancias establecidas en el artículo 30.2 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y, en su caso, previa aprobación de la modificación presupuestaria que proceda.

Actualmente, en la aplicación presupuestaria correspondiente existe crédito disponible procedente de remanentes de la convocatoria para la creación y puesta en marcha de unidades mixtas de investigación del año 2020 financiada con cargo al mismo crédito y al mismo código de proyecto, por lo que se considera oportuno ampliar la dotación presupuestaria consignada inicialmente e incrementar el importe total de la ayuda convocada en las cantidades necesarias para atender a la propuesta de la Comisión de Selección.

En el artículo 20 de la convocatoria se regulan la resolución y la notificación de estas ayudas, una vez que la Comisión de Selección seleccione las solicitudes admitidas y emita un informe en el cual se concrete el resultado de la evaluación efectuada y la cuantía de la ayuda propuesta, conforme a los criterios establecidos en los artículos 17 y 18.

De acuerdo con lo anterior, una vez declarada la disponibilidad de crédito, vista la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 30.2.b) del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba su reglamento,

RESUELVO:

1. Ampliar el importe total del crédito de las ayudas establecidas en la Resolución de 31 de diciembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de las subvenciones para la consolidación de unidades mixtas de investigación alineadas con los retos estratégicos y prioridades identificados en la RIS3 para Galicia, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020, y se procede a su convocatoria para el año 2020 (código de procedimiento IN853B).

En la tabla siguiente se detalla el crédito definitivo:

Aplicación presupuestaria

Año 2020 (€)

Año 2021 (€)

Año 2022 (€)

Año 2023 (€)

Total (€)

Inicial

09.A3.561A.781.0

2016 00015

240.800,00

679.600,00

679.600,00

400.000,00

2.000.000,00

Ampliación

09.A3.561A.781.0

2016 00015

80.203,01

142.163,56

64.968,30

0,00

287.334,87

Total

09.A3.561A.781.0

2016 00015

321.003,01

821.763,56

744.568,30

400.000,00

2.287.334,87

2. Conceder las ayudas para la consolidación de las unidades mixtas de investigación que figuran como anexo a esta resolución, por orden decreciente de puntuación, por un importe total de 2.287.334,87 euros con la siguiente distribución por anualidades:

Aplicación

presupuestaria

Año 2020 (€)

Año 2021 (€)

Año 2022 (€)

Año 2023 (€)

Total (€)

09.A3.561A.781.0

2016 00015

321.003,01

821.763,56

744.568,30

400.000,00

2.287.334,87

Estas ayudas están cofinanciadas en el marco del programa operativo Feder Galicia 2014-2020: eje 1, Potenciar la investigación, el desarrollo tecnológico y la innovación, prioridad de inversión 1.2, Fomento de la inversión empresarial en I+i, el desarrollo de vínculos y sinergias entre las empresas, los centros de investigación y desarrollo y el sector de la enseñanza superior, en particular mediante el fomento de la inversión en el desarrollo de productos y servicios, la transferencia de tecnología, la innovación social, la innovación ecológica, las aplicaciones de servicio público, el estímulo de la demanda, la interconexión en red, las agrupaciones y la innovación abierta a través de una especialización inteligente, y mediante el apoyo a la investigación tecnológica y aplicada, líneas piloto, acciones de validación precoz de los productos, capacidades de fabricación avanzada y primera producción, en particular, en tecnologías facilitadoras esenciales y difusión de tecnologías polivalentes, objetivo específico 1.2.3, Fomento y generación de conocimiento de frontera y de conocimiento orientado a los retos de la sociedad, desarrollo de tecnologías emergentes y actuación CPSO 1.2.3.2, Actividades de investigación e innovación para el desarrollo de provectos estratégicos público-privados: centros mixtos de I+D+i.

El pago de estas ayudas se realizará conforme a lo establecido en el artículo 27 de la resolución de convocatoria.

Para la justificación de la subvención deberá presentarse la documentación indicada en el artículo 26 de la convocatoria en los plazos establecidos en el punto 2 del citado artículo.

Contra esta resolución, sin perjuicio de que los interesados puedan ejercer cualquier otro que consideren procedente, podrán interponer recurso de alzada en el plazo de un mes desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, ante el presidente de la Agencia Gallega de Innovación.

Santiago de Compostela, 20 de julio de 2020

Patricia Argerey Vilar
Directora de la Agencia Gallega de Innovación

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